Seguro coberturas crecientes explotaciones planta viva, flor cortada, viveros y semillas
Bienes asegurables
Planta ornamental (planta viva)
Árboles frondosos, coníferas (árboles y arbustos), arbustos (excepto los de coníferas), trepadoras, palmáceas, cícadas, cactáceas y crasas, aromáticas, medicinales y culinarias, plantas de temporada, césped precultivado, plantas de interior (bajo cubierta), planteles ornamentales y plantas acuáticas y palustres.
Flor cortada
Viveros
- Viveros de vid
- Resto de viveros
Cítricos, forestales, fresón y fresa, frutales no cítricos, frutales tropicales y subtropicales, frutos secos, olivar, plantas aromáticas y resto de especies.
Semilleros Hortícolas
Producción de semillas
- Alcachofa, alfalfa, cardo, cebolla, remolacha, zanahoria, resto de semillas hortícolas y no hortícolas.
Helada, pedrisco, viento, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas.
Período de garantías
1. Garantía a la producción.
a) Inicio de garantías: con la toma de efecto, una vez finalizado el periodo de carencia, y nunca antes de:
1.º Para trasplantes: el arraigo.
2.º Para siembra directa: la primera hoja verdadera.
3.º Fechas o estado fenológico que figuran en el anexo IV.
b) Final de garantías: en la fecha más próxima de las siguientes:
1.º En el momento de la recolección.
2.º Sobre madurez comercial.
3.º Fechas especificadas para cada cultivo en el anexo IV.
4.º Toma de efecto del seguro de la campaña siguiente para la misma parcela.
5.º En el momento en el que, la suma del valor de las producciones perdidas en la parcela asegurada, supere el capital asegurado inicial de la misma.
2. Garantía a las instalaciones.
a) Inicio de garantías: con la toma de efecto.
b) Final de garantías: en la fecha más próxima de las siguientes:
1.º Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
2.º La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente para la misma parcela.
Período de suscripción
Teniendo en cuenta los períodos de garantía anteriormente indicados y lo establecido en el Cuadragésimo Primer Plan de Seguros Agrarios Combinados, el plazo de suscripción se iniciará en las fechas que se determinan a continuación:
Sectores asegurables |
Inicio de suscripción |
Final de suscripción |
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Planta ornamental (planta viva) |
Árboles frondosas, coníferas, palmáceas y cícadas |
1 de febrero de 2021 |
30 de septiembre de 2021 |
Modalidad primavera |
1 de febrero de 2021 |
31 de marzo de 2021 |
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Modalidad verano |
1 de junio de 2021 |
30 de septiembre de 2021 |
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Flor cortada |
Aire libre |
1 de marzo de 2021 |
15 de agosto de 2021 |
Resto tipos |
1 de junio de 2021 |
30 de septiembre de 2021 |
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Viveros de vid |
Cepas madre de patrones |
1 de febrero de 2021 |
31 de marzo de 2021 |
Cepas madre de injertos |
1 de febrero de 2021 |
31 de marzo de 2021 |
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Estacas injertadas |
1 de febrero de 2021 |
15 de abril de 2021 |
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Resto de viveros |
1 de marzo de 2021 |
30 de septiembre de 2021 |
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Semilleros hortícolas |
1 de febrero de 2021 |
31 de agosto de 2021 |
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Producción de semilla de alfalfa |
1 de febrero de 2021 |
30 de junio de 2021 |
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Producción de resto de semillas |
1 de febrero de 2021 |
31 de agosto de 2021 |
Normativa
Normativa anterior
Aviso: Este texto es un resumen de carácter informativo sin validez legal realizado a partir del contenido de las disposiciones publicadas en diferentes boletines oficiales. Para consultar las versiones oficiales y auténticas de dichas disposiciones puede acceder a sedes electrónicas de los boletines oficiales correspondientes.