Fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas de Andalucía

Introducción

El sector agroalimentario está haciendo grandes esfuerzos para alcanzar un amplio desarrollo, con nuevas estructuras que le permitan ir superando el fenómeno de atomización y pequeña dimensión que ha caracterizado al sector. La estrategia básica a seguir para conseguir estos objetivos se concreta en formar figuras organizativas de cooperación empresarial que le permitan aumentar el tamaño de estas industrias y su ámbito de actuación.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, comprometida con estos objetivos, desarrolla dos líneas de fomento del cooperativismo por la vía de la integración de entidades en otras de mayor dimensión y otra por la vía de la fusión de entidades, bien por absorción o por la constitución de una nueva entidad.

Como medida de apoyo a estos objetivos se publicó la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no cometitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía, en la que se establecen dos líneas de ayudas:
    LÍnea 1. Ayudas para el impulso y la promoción de la integración de las entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
    LÍnea 2. Ayudas para promover e impulsar la fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.    

Las novedades normativas, junto con la experiencia adquirida en la tramitación de las ayudas en sus distintas convocatorias, motivó la necesidad de abordar la la modificación de la Orden de 30 de junio de 2020, mediante la publicación de Orden de 14 de julio de 2021, que recoge al igual que la anterior, las dos líneas de ayudas mencionadas.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas.
- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas de segundo grado.
- Sociedades agrarias de transformación, con sede social en Andalucía, integradas únicamente por titulares de algún derecho que lleve aparejado el uso o disfrute de explotaciones agrarias y por personas trabajadoras agrícolas. 
- Entidades mercantiles siempre que más del cincuenta por ciento (50%) de su capital social pertenezca a algunas de las entidades citadas anteriormente. 

Conceptos Subvencionables

Línea 1

Serán subvencionables los proyectos de integración de una entidad asociativa agroalimentaria en otra entidad asociativa agroalimentaria ya existente (entidad integradora), bien para su actividad principal agroalimentaria o bien para una determinada Sección de producto agroalimentario de la misma.

Línea 2

- Fusión por absorción de una o más entidades asociativas agroalimentarias
- Constitución de una nueva entidad por disolución de dos o más entidades asociativas agroalimentarias que intervienen en el proceso.

Gastos Subvencionables

Línea 1

a) Los gastos previos a los procesos de integración, hasta un máximo de 15.000 euros de inversión subvencionable, que podrán ser: Costes de elaboración de estudios de viabilidad de la integración, comercialización y financiación de la misma, estudios de posibles alternativas y, en su caso, de elaboración del proyecto de integración.
 
b) Los gastos de primera aportación al capital social que deban realizar las entidades asociativas agroalimentarias para la integración en el capital social de otra entidad asociativa agroalimentaria ya existente. Se entenderá como fecha en la que surge el compromiso de este gasto subvencionable, aquella en la que se procede a la aprobación,por parte del órgano competente de la entidad integradora, de la solicitud de admisión de integración de la nueva entidad.

c) Gastos notariales, en su caso, relacionados con el proceso de integración, incluidos los gastos de protocolización de acuerdos.

Línea 2

a) Los gastos previos a los procesos de fusión y constitución con disolución, establecidos como una prima a la consecución de la propia fusión hasta un máximo de 45.000 euros. 
b) Inversiones que tengan como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas.
c) Gastos relacionados para la Tecnología de la Información y Comunicación distintos de los contemplados en apartado b) anterior.
e) Gastos de misiones comerciales.
f) Gastos de personal.

Cuantía de la ayuda

Línea 1

- 60% de los gastos subvencionables con carácter general.
- 10% adicional si la entidad integradora está reconocida como Entidad Asociativa Prioritaria Agroalimentaria de Andalucía, o como Entidad Asociativa Prioritaria suprautonómica. 
- 10% adicional si todas las entidades que forman parte de la integración cuentan en sus órganos de administración con una mujer y una persona joven menor de 41 años.

Línea 2

- 70% de los gastos subvencionables con carácter general, excluyendo los gastos previos.
- 10% adicional si la entidad fusionada o recientemente constituida está reconocida como Entidad Asociativa Prioritaria Agroalimentaria de Andalucía o como Entidad Asociativa Prioritaria supra autonómica. 

Cuantía máxima de subvención:

200.000 euros

Solicitudes de ayuda

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria de esta Consejería y el formulario de solicitud que figura como Anexo I deberá presentarse en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace: Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía - Catálogo de procedimientos (juntadeandalucia.es)

 

Plazo de presentación de solicitudes

Según convocatoria, que lo establecerá dentro del periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de septiembre de cada anualidad

 

Convocatorias

Convocatoria 2022.

Orden de 29 de junio de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Cerrado plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2022.

Resolución definitiva de concesión Convocatoria 2022: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/13741.html

 

Convocatoria 2023

Orden de 20 de julio de 2023, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía

Extracto de la Orden de 20 de julio 2023, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía

Plazo de presentación de solicitudes desde el 01/08/2023 a 15/09/2023

Para la presentación de solicitudes acceda al siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/13741.html

 

Normativa

Toda la normativa en : Junta de Andalucía - Ayudas a la integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía. (juntadeandalucia.es)

 

 

Para cualquier consulta o aclaración dirigirse a :
integrafus.capdr@juntadeandalucia.es ó 955032455 

 

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955032000
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