Concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre

Información general

Título formal:

Dominio Público Marítimo-Terrestre: Concesión de ocupación.

Código:
15599
Organismo:
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
08/02/2019

Descripción

Solicitud de concesión de ocupación del dominio público marítimo terrestre, de acuerdo a las prescripciones establecidas en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

Únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que no puedan tener otra ubicación, considerándose las que desempeñan una función o presten un servicio que requiera la ocupación del dominio público marítimo-terrestre y las de servicio público o al público que, por la configuración física del tramo de costa en que resulte necesario su emplazamiento, no puedan ubicarse en los terrenos colindantes con dicho dominio. En todo caso la ocupación deberá ser la mínima posible.

Se solicitará para actividades que requieran instalaciones no desmontables o instalaciones desmontables que por su naturaleza, finalidad u otras circunstancias requieran un plazo de ocupación superior a cuatro años.

La tramitación de la solicitud de concesión de ocupación en Dominio Público Marítimo-Terrestre, o su correspondiente modificación¹, está sometida a la "Tasa por servicios administrativos en materia de gestión del litoral" establecida en la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La cuantía de la tasa² se obtendrá en función del presupuesto de ejecución material presentado junto con la solicitud de acuerdo con la siguiente fórmula:

Tasa tramitación =0,2 * P2/3 (P es el presupuesto de ejecución material presentado junto con la solicitud expresado en euros), los valores mínimo y máximo son los siguientes:

- Tasa mínima de tramitación³: 296,21 €.

- Tasa máxima de tramitación³: 2.495,44 €.

Se entiende por «presupuesto de ejecución material»:

- El asociado a los costes de ejecución de las obras o instalaciones fijas, en su caso.

- En el caso de instalaciones desmontables o bienes muebles, los gastos de montaje y desmontaje, así como el coste de amortización durante el periodo de ocupación solicitado.

- Cuando no lleve aparejado un presupuesto de ejecución material aplicará la tasa mínima de tramitación.

Las autoliquidaciones cuyo pago se realice por medios electrónicos tendrán una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3€ y máximo de 70€, sin que pueda resultar una cuota tributaria negativa.

Tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota tributaria resultante, incluso cuando se trate de la tasa mínima, las solicitudes y trabajos facultativos realizados por personas físicas cuando:

a) Ejerzan una actividad con fines no lucrativos o que no tenga el carácter de onerosa.

b) Ejerzan una actividad económica o profesional a título lucrativo, de forma individual, sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.

Enlace para realizar autoliquidación:

https://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/modelos/modelo046/046.jsp

¹ Se entiende por modificación cualquier procedimiento que implique un cambio en las condiciones del permiso (transmisión o cambio de titularidad, modificación sustancial o no, renuncia,...), salvo que este se provoque por motivos ajenos al titular del permiso, así como las prórrogas.

² Esta tasa será exigible con independencia de las que se devenguen por otras autorizaciones en materia ambiental.

³ Los importes de cuantía fija de las tasas mínimas y máximas podrán ser actualizados en las correspondientes leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

- Prohibiciones:
En el dominio público marítimo terrestre estarán prohibidos, con las excepciones previstas en la Ley:
* Las edificaciones destinadas a residencia o habitación, incluyendo las hoteleras, cualquiera que sea su régimen de explotación. Se excluirán de esta prohibición las acampadas y los campamentos o campings debidamente autorizados con instalaciones desmontables.
* Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento o camping la acampada organizada dotada de los servicios y suministros establecidos por la normativa vigente.
* La construcción o modificación de vías de transporte interurbanas cuyo trazado discurra longitudinalmente a lo largo de la zona de servidumbre de protección, quedando exceptuadas de dicha prohibición aquellas otras en las que su incidencia sea transversal, accidental o puntual y las de intensidad de tráfico superior a 500 vehículos/día de media anual en el caso de carreteras así como de sus áreas de servicio.
* Las actividades que impliquen la destrucción de yacimientos de áridos naturales o no consolidados, entendiéndose por tales los lugares donde existen acumulaciones de materiales detríticos tipo arenas o gravas.
No se entenderá incluido en la prohibición de destrucción de yacimientos de áridos, el aprovechamiento de los mismos para su aportación a las playas.
* El tendido aéreo de líneas eléctricas de alta tensión.
* El vertido de residuos sólidos, escombros y aguas residuales sin depuración.
* La publicidad a través de carteles o vallas o por medios acústicos o audiovisuales.
Excepcionalmente, y en las condiciones que se establecen en el Reglamento de Costas, se podrá autorizar la publicidad siempre que sea parte integrante o acompañe a instalaciones o actividades permitidas en el dominio público marítimo-terrestre y siempre que sea compatible con su protección.

- Requisitos generales de las instalaciones:
* Deberá quedar previamente garantizado el sistema de eliminación de aguas residuales, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
* Las instalaciones que se permitan en las playas serán de libre acceso al público, salvo que por razones de policía, de economía u otras de interés público, debidamente justificadas, se autoricen otras modalidades de uso.
* La tipología de las instalaciones deberá armonizar con el entorno con materiales adecuados y de buena calidad, aspecto estético y buen estado de conservación.

Documentación

En función de las características de las obras o instalaciones y a juicio de la Administración, con la solicitud, el interesado deberá aportar la siguiente documentación:

Documentación acreditativa de la identidad del solicitante: DNI, escritura de constitución de la Entidad, y/o poder del firmante de la solicitud, o acreditación suficiente de la representación con que se actúa.


Declaración responsable o Documentación acreditativa de que el peticionario no incurre en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Resguardo acreditativo del pago de la "tasa por servicios administrativos en materia de gestión del litoral"


En su caso, pronunciamiento sobre el instrumento de prevención y control ambiental correspondiente.


Licencia municipal de las instalaciones existentes, en su caso, o su solicitud.


Tres ejemplares del Proyecto básico de las obras, instalaciones o actividades, uno de ellos en formato digital, suscrito por técnico competente.

Este proyecto debe contener, al menos, lo siguiente:

- Memoria justificativa y descriptiva con las características de las instalaciones, así como identificación de la zona a ocupar, con precisión de su ubicación exacta.

- Justificación de la necesidad de ocupación del dominio público marítimo-terrestre por la naturaleza de las instalaciones o actividades.

- Declaración expresa de que se cumple lo dispuesto en la Ley de Costas y demás normas específicas de aplicación.

- Si las actividades proyectadas pueden suponer una alteración importante del dominio público marítimo-terrestre, se aportará además una previa evaluación de sus efectos sobre el mismo, tanto durante la preparación, como ejecución y explotación, debiendo incluir, en su caso, las medidas correctoras necesarias.

- Evaluación de la influencia de las obras proyectadas sobre la costa y los posibles efectos de regresión de ésta.

- Justificación de la adaptación de las obras al entorno en que se encuentren situadas.

- Evaluación de los posibles efectos del cambio climático sobre la actividad solicitada.

- Planos:


- Plano del emplazamiento de la instalación prevista, sobre cartografía a escala no inferior a 1:5000, con la clasificación y usos urbanísticos del entorno.

- Plano de conjunto a escala 1:500, incluyendo un contorno mínimo de 200 m. a cada lado de la localización y curvas de nivel cada medio metro, indicando la línea de deslinde del dominio público marítimo-terrestre y la superficie a ocupar, líneas de orilla, zonas de servidumbre de tránsito, protección y accesos.

- Plano de detalle para cada parte de las obras o instalaciones, de forma que queden aquellas perfectamente definidas.


- Presupuesto con la valoración de las unidades de obra y partidas más significativas.

- Programa de ejecución de los trabajos y justificación de la necesidad de ocupación temporal de superficie adicional en la fase de obras, en su caso.

- Otros datos relevantes, tales como los criterios básicos del proyecto y, en su caso, el sistema de evacuación de aguas residuales.

- Información fotográfica de la zona (Fotografía aérea en color de la zona y fotografía normal del terreno).

Estudio económico-financiero que contendrá:

- Relación de ingresos estimados, con tarifas a abonar por el público y, en su caso, descomposición de sus factores constitutivos como base para futuras revisiones.

- Relación de gastos, incluyendo los de proyectos y obras y los de cánones y tributos a satisfacer, así como los de conservación, consumos energéticos, de personal y otros necesarios para la explotación.

- Cuando existan, costes derivados de las medidas correctoras a imponer, así como los gastos derivados del plan de seguimiento para la comprobación de la efectividad de dichas medidas.

- Evaluación de la rentabilidad neta, antes de impuestos.
Si las actividades proyectadas contienen previsiones de actuación en el mar o en la zona marítimo-terrestre, se aportará como anejo a la memoria, un ¿estudio básico de la dinámica litoral¿, referido a la unidad fisiográfica costera correspondiente y de los efectos de las actuaciones previstas, que comprenderá los siguientes aspectos:

- Estudio de la capacidad de transporte litoral.

- Balance sedimentario y evolución de la línea de costa, tanto anterior como previsible.

- Clima marítimo, incluyendo estadísticas de oleaje y temporales direccionales y escalares.

- Batimetría hasta zonas del fondo que no resulten modificadas, y forma de equilibrio, en planta y perfil, del tramo de costas afectado.

- Naturaleza geológica de los fondos.

- Condiciones de la biosfera submarina.

- Recursos disponibles de áridos y canteras y su idoneidad, previsión de dragados o trasvases de arenas.

- Plan de seguimiento de las actuaciones previstas.

- Propuesta para la minimización, en su caso, de la incidencia de las obras y posibles medidas correctoras y compensatorias.
En caso de que las actuaciones propuestas puedan suponer una alteración importante del dominio público marítimo terrestre, se deberá incluir un estudio de la incidencia de las actividades proyectadas sobre dicho dominio, tanto durante la preparación, como durante la ejecución y explotación, debiendo incluir las medidas correctoras necesarias.


En caso de que se pueda producir afección a espacios de la Red Natura 2000 o cualesquiera otros dotados de figuras de protección ambiental, se deberá incluir un estudio bionómico referido al ámbito de la actuación prevista además de una franja del entorno del mismo de al menos 500 metros de ancho.
Resguardo acreditativo de la constitución de la fianza provisional, por el importe del 2 % del presupuesto total de las obras a realizar en el dominio público marítimo-terrestre.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

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Información sobre el tratamiento de datos personales

CSMAEA - Actuaciones de prevención y control ambiental (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166246.html)

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

La Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular

dgsaec.csmaea@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en Avda. Manuel Siurot, 50, 41013 Sevilla,   o en el correo electrónico dpd.csmaea@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
La tramitación de solicitudes para las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental incluidas en el anexo I de la ley 7/2007, de 9 de julio,  de gestión integrada de la calidad ambiental

¿Qué datos personales se tratan?
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, firma). Datos de actividad/participación (incluyendo imágenes). Datos contables


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2007 de gestión integrada de la calidad ambiental y al art. 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos? La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/.

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 23/04/2024
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