Ayudas a las inversiones de modernización, mejora del rendimiento y sostenibilidad en explotaciones agrarias. Convocatoria del año 2020.

Información general

Título formal:

Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias. Modernización genérica. (Submedida 4.1). Nuevas bases reguladoras de 2020. Convocatoria de 2020.

Código:
22097
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
04/11/2020

Descripción

Convocatoria de ayudas financiadas con Fondos Europeos a inversiones productivas en las explotaciones agrarias (Submedida 4.1 PDR), efectuada mediante Orden de 24 de septiembre de 2020, en las siguientes operaciones: -Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1, actuación para la modernización genérica de explotaciones agrarias). -Inversiones dirigidas a la realización de mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar (operación 4.1.2)

Se convocan dentro de la operación 4.1.1, las ayudas para las «inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias)» y dentro de la operación 4.1.2, las ayudas para las «inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar», en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020

Las solicitudes de ayuda para inversiones en explotaciones agrarias que cuenten con más de 50% de la superficie o de los animales en la provincia de Cádiz o en la provincia de Jaén contarán con una convocatoria específica dentro de la Iniciativa Territorial Integrada 2014-2020. Estas solicitudes podrán participar en la convocatoria general una vez agotados los créditos destinados a dicho ámbito territorial.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

1. Con carácter general, las personas o entidades solicitantes deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de ayuda, las siguientes condiciones: ( Cuadro Resumen I. 4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención de la Orden de 24 de septiembre de 2020)
a) Ser titular de una explotación agraria ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación
o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
b) Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años contados desde la fecha del pago final de la ayuda.
c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
d) Estar dada de alta en la actividad económica que corresponda a la actividad agraria desarrollada. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición desu cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
e) Ser agricultor activo, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a
los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y no hayan solicitado el tercer pago de la misma.
f) Contar con los permisos, autorizaciones y licencias preceptivos para el ejercicio de la actividad desarrollada.
2. Las personas físicas deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes ayudas,
además de las señaladas con carácter general, las siguientes condiciones:
a) Estar afiliada al Régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que corresponda a la actividad agraria desarrollada. Se exime del cumplimiento de este requisito en el momento de presentar la solicitud de ayudas, con la condición de su cumplimiento antes de la presentación de la solicitud de pago, a los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan
presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y no hayan solicitado el segundo pago de la misma.
b) Tener dieciocho años cumplidos. No obstante lo anterior, cuando la persona solicitante sea mayor de sesenta años a fecha de solicitud, deberá comprometerse a que otra persona, que cumpla los requisitos para ser beneficiaria de estas ayudas, continúe como titular de la explotación desde el momento en el que
la persona beneficiaria se jubile y hasta la finalización del período de compromiso.
3. Las personas jurídicas deberán cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayudas, además de las señaladas con carácter general, la condición de que en su objeto social se encuentre el ejercicio de la actividad agraria.
4. En el caso de agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, el compromiso de formalizar un pacto de indivisión con una duración mínima de seis años legalizado, en caso de resultar beneficiarias. Además, todos los participantes de las agrupaciones deben cumplir con todos los requisitos exigidos a las personas físicas que se citan en este apartado. Para las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin
personalidad jurídica, bastará con que al menos un comunero o miembro cumpla con los requisitos exigidos a las personas físicas.
5. Para los jóvenes agricultores que, con antelación o simultáneamente a la solicitud de estas ayudas, hayan
presentado una solicitud de ayudas al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural deAndalucía 2014-2020 y se beneficien de alguna de las excepciones a los requisitos establecidas, el pago de las subvenciones incluidas en la submedida 4.1 estará condicionada al mantenimiento de la condición de persona beneficiaria al amparo de la submedida 6.1. En caso de pérdida de la condición de persona beneficiaria al amparo de la submedida 6.1, se declarará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda por parte de la submedida 4.1, excepto que en el momento de presentar la solicitud cumpliera todos los requisitos para los que gozaba de una excepción, en cuyo caso la intensidad de la ayuda no se verá incrementada en el 20% correspondiente a esa condición.

Documentación

La establecida en el apartado 12 de los cuadros resumen de la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Plazo de Inicio

  • 05/11/2020 - 04/02/2021 (Plazo de presentación de solicitudes hasta el 4 de febrero 2021.Convocatoria 2020)
  • 05/11/2020 - 25/02/2021 (Plazo de presentación de solicitudes hasta el 25 de febrero 2021.Convocatoria 2020)

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2023

01/02/2023. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE AMPLIA EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES.
21/04/2023. DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 28-07-22 POR LA QUE SE RESOLVIÓ LA CONVOCATORIA 2020
21/04/2023. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 28-07-22 POR LA QUE SE RESOLVIÓ LA CONVOCATORIA 2020
13/07/2023. DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN PÉRDIDA DE EFICACIA POR NO ACEPTACIÓN AYUDA (BENEFICIARIOS RESOLUCIÓN DE 28-07-22 Y DE 21-04-23)
13/07/2023. RESOLUCIÓN PÉRDIDA DE EFICACIA POR NO ACEPTACIÓN AYUDA (BENEFICIARIOS RESOLUCIÓN DE 28-07-22 Y DE 21-04-23)

2022

28/07/2022. RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA
28/07/2022. DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA
25/07/2022. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA INHÁBIL EL MES DE AGOSTO PARA TODOS LOS TRÁMITES RELATIVOS A LA CONVOCATORIA 2020

2021

22/11/2021. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCION
22/11/2021. DILIGENCIA DE PUBLICACION
03/12/2021. DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PRESENTAR FORMULARIO Y DOCUMENTACIÓN
03/12/2021. RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO Y DOCUMENTACIÓN
21/12/2021. DILIGENCIA DE PUBLICACION DE RESOLUCION POR LA QUE SE DA POR TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA PRESENTACION DEL ANEXO II
21/12/2021. RESOLUCION POR LA QUE SE DA POR TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA LA PRESENTACION DEL ANEXO II

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – FONDOS FEADER

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165615.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público ( 6.1.e) , basada en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 18/12/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 28/07/2022 Se ha publicado: DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA

  • 11/10/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 01/02/2023 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE AMPLIA EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES.

  • 03/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 21/04/2023 DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 28-07-22 POR LA QUE SE RESOLVIÓ LA CONVOCATORIA 2020

  • 21/12/2021 Se ha publicado: RESOLUCION POR LA QUE SE DA POR TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA LA PRESENTACION DEL ANEXO II

  • 14/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 05/11/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 21/12/2021 Se ha publicado: DILIGENCIA DE PUBLICACION DE RESOLUCION POR LA QUE SE DA POR TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA PRESENTACION DEL ANEXO II

  • 21/04/2023 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 28-07-22 POR LA QUE SE RESOLVIÓ LA CONVOCATORIA 2020

  • 03/02/2021 Se ha suprimido el plazo de solicitud.

  • 22/11/2021 Se ha publicado: PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCION

  • 22/11/2021 Se ha publicado: DILIGENCIA DE PUBLICACION

  • 03/12/2021 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO Y DOCUMENTACIÓN

  • 03/12/2021 Se ha publicado: DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PRESENTAR FORMULARIO Y DOCUMENTACIÓN

  • 25/11/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 13/07/2023 DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN PÉRDIDA DE EFICACIA POR NO ACEPTACIÓN AYUDA (BENEFICIARIOS RESOLUCIÓN DE 28-07-22 Y DE 21-04-23)

  • 13/07/2023 RESOLUCIÓN PÉRDIDA DE EFICACIA POR NO ACEPTACIÓN AYUDA (BENEFICIARIOS RESOLUCIÓN DE 28-07-22 Y DE 21-04-23)

  • 27/01/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 25/07/2022 Se ha publicado: RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA INHÁBIL EL MES DE AGOSTO PARA TODOS LOS TRÁMITES RELATIVOS A LA CONVOCATORIA 2020

  • 28/07/2022 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA

  • 12/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 24/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 24/01/2024
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