Subvenciones, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento específico ecológico a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

Información general

Título formal:

Ayudas dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias.

Código:
25088
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
09/01/2024

Descripción

 

Ayudas a a el fomento del uso de los servicios de asesoramiento en agricultura sostenible en producción ecológica por los titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía

 A estos efectos, se considera asesoramiento en agricultura sostenible en producción ecológica lo definido en la Intervención 7202, artículo 78 como “Servicio de asesoramiento en agricultura sostenible”

Será subvencionable el 100% de los gastos en los que incurra la entidad beneficiaria, por la prestación del servicio de asesoramiento, sin que la entidad pueda cobrar al destinatario final del mismo importe alguno por dicho servicio. La ayuda mínima que podrá solicitarse será del 5% del presupuesto total destinado a cada convocatoria. La cuantía máxima de la ayuda se calculará multiplicando el número de asesoramientos a prestar por la entidad en todo el periodo de ejecución por el coste unitario de dicho servicio. Ninguna entidad podrá recibir más del 25% del presupuesto total destinado a la convocatoria de que se trate, de cara a facilitar la incorporación de un mayor número de entidades beneficiarias. El coste unitario por asesoramiento asciende a 658,74 euros.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Punto 4.a).2º del Cuadro Resumen de la Orden Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC.

Las personas jurídicas o entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos, a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda: 1. Gozar de personalidad jurídica propia y tener entre su objeto social el asesoramiento técnico en producción ecológica a titulares de explotaciones agrarias.

2. Contar con personal técnico, con contrato laboral en vigor, o el compromiso de contratarlo antes de iniciar el servicio, que cumpla con:

a) Las personas que presten el asesoramiento como personal técnico, dentro de las entidades beneficiarias de las ayudas, deberán disponer de perfiles profesionales definidos con Titulaciones universitarias de grado o máster: Ingeniería Agrónoma, Ingeniera Técnica Agrícola, Veterinaria, Ingeniería de Montes, Ingeniería Técnica Forestal, Biología, Ciencias Ambientales, o titulaciones equivalentes.

b) La formación que, a través del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, lleve a cabo la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,a través de la Submedida 2.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, o a través de la Intervención 72-02; 78 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027. En caso de no haberse convocado los cursos referidos, deben indicar el compromiso de presentarse a los mismos una vez se convoquen, entregando la solicitud de inscripción, o el certificado de haberlo realizado, junto al Anexo II de solicitud de pago, de la correspondiente convocatoria.

c) Formación específica acreditable en Producción Ecológica impartida por Entidad u Organismo reconocido en este tipo de producción de al menos un curso, cuya carga lectiva mínima sea de 80 horas, o experiencia previa de al menos un año en asesoramiento específico en Producción Ecológica mediante la participación como asesor en Servicios de asesoramiento, gestión y sustitución destinados a las explotaciones agrarias desarrollados por empresas acreditadas en materia de asesoramiento en producción ecológica durante los últimos 5 años.

d) La proporción establecida entre el número de técnicos que van a llevar a cabo los servicios de asesoramiento y número de servicios que se van a prestar, será como mínimo de 1 técnico por cada 63 asesoramientos. Siendo no subvencionable los asesoramientos realizados por encima de esta cantidad por técnico. Un miembro asociado solo puede participar en una solicitud de ayuda.

3. Disponer de instalaciones adecuadas para prestar los servicios de asesoramiento, debiendo contarse con,al menos,una por cada provincia en la que vayan a efectuarse los mismos.

4. Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos profesionales derivados del trabajo de asesoramiento, con indicación expresa de los riesgos cubiertos y con una vigencia completa que cubra el periodo de trabajo de prestación del servicio y con un límite de garantía no inferior a 100.000 euros. Para acreditar los requisitos señalados anteriormente la persona o entidad solicitante podrá basarse en los medios de otras entidades federadas asociadas o dependientes de la misma, siempre y cuando se demuestre que se va a disponer de dichos medios desde la fecha de la solicitud de la subvención hasta el final del periodo de ejecución y que las entidades que los presta no se encuentren en situación legal que impida la posibilidad de obtener subvenciones ni exista conflicto de intereses entre las empresas del mismo grupo, siendo extensivo el cumplimiento de los requisitos de estas bases reguladoras a todas las entidades implicadas en el ejecución enumeradas en el Anexo I apartado 4. Los asesoramientos que se lleven a cabo con los medios de entidades federadas o dependientes a la entidad solicitante se entenderán efectuados por la entidad solicitante. Para la acreditación deberá presentarse cualquier documento válido en Derecho que acredite el compromiso efectivo de los miembros asociados. Asimismo los solicitantes pueden hacer uso de otras entidades federadas o dependientes de la misma, es decir, en una solicitud de un servicio provincial o regional solo puedan ser miembros asociados otros servicios provinciales y no puede incluir a la federación regional de la que depende como asociado. Los requisitos señalados en este apartado se extienden en su aplicación a aquellas entidades federadas o integradas en la entidad solicitante. Se establece la posibilidad de que los solicitantes puedan hacer uso de otras entidades federadas o dependientes de la misma, es decir, en una solicitud de un servicio provincial o regional solo puedan ser miembros asociados otros servicios provinciales y no puede incluir a la federación regional de la que depende como asociado.

5.De acuerdo con el artículo 15.4 del Reglamento (UE) 2021/2115 de 2 de diciembre el solicitante deberá presentar un programa de actuaciones de asesoramiento y/o un plan para la prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en el Anexo A, de la presente Orden.

Documentación

Las personas beneficiarias provisionales y suplentes, para el cumplimiento de los requisitos y de los correspondientes criterios de valoración, deberán presentar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la propuesta provisional de resolución, la siguiente documentación acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones responsables, junto al correspondiente Anexo II publicado en la correspondiente convocatoria, debidamente cumplimentado, y en caso de no presentarla, se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución:

1.Documentación acreditativa de la entidad solicitante:

a) Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF).

b) Escritura de constitución y estatutos de la entidad, así como las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente, donde conste el domicilio y el objeto social de la entidad. Los interesados podrán aportar al expediente copias autenticadas de documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.

2. Documentación acreditativa de la representación: Siguiendo lo establecido en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, referido a los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas: 00292260 Número 216 - Viernes, 10 de noviembre de 2023 página 17262/20 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja (Página 12 de 20) - Documentación acreditativa de la representación que ostenta, debiendo ser la persona firmante de la solicitud el representante legal designado en los estatutos de la entidad solicitante. A tal efecto, se presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que conste la persona que ocupa el cargo de representante legal. En caso de que el firmante ocupe un cargo diferente al indicado en los estatutos para ejercer la representación legal de la entidad, se presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, mediante la que se indique de forma específica que se otorga la representación legal a la persona designada para la presentación de la solicitud de ayuda y demás trámites correspondientes a la misma.

3. Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario donde conste el acuerdo de solicitar la ayuda y el compromiso de realizar la actividad, así como de cumplir las obligaciones establecidas en la Orden, durante el período subvencionable.

4. Documentación acreditativa relativa a la actividad para la que se solicita la subvención:

a) En caso de disponer de personal técnico contratado para la prestación del servicio de asesoramiento específico en producción ecológica, la siguiente información relativa al mismo: a.1. Lista identificativa del personal contratado según el modelo del Anexo V publicado en la correspondiente convocatoria con la siguiente información: Nombre, apellidos, DNI, sexo, Entidad contratante, titulación, formación IFAPA, consentimiento para la consulta de identidad y de historial académico y firma. a.2. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación. a.3. La documentación que proceda a la vista de lo dispuesto en el artículo 4 en caso de haber recibido la formación necesaria, o compromiso de formación en caso de no haberla recibido. a.4. Contrato en vigor antes de iniciar el servicio.

b) Relación de oficinas de las que dispone para la prestación del servicio de asesoramiento, junto con la documentación acreditativa de la disposición de la misma (escritura de propiedad, contrato de alquiler, cesión o cualquier otro título válido en derecho que acredite su vinculación y/o uso por parte de la entidad). En el caso de que se produzca algún cambio de ubicación de oficinas durante el periodo de ejecución de los asesoramientos se debe presentar una comunicación al órgano gestor por ventanilla electrónica en un plazo de 15 días naturales desde que se produzca el cambio en la dirección https://juntadeandalucia.es/ servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25088.html, aplicándose en su caso la sanción correspondiente por incumplimiento del criterio de valoración 12.a)2.b.

c) Documentación acreditativa de suscripción de la póliza con cobertura de daños y perjuicios referida en el artículo 4. a) 2º.4. En caso de no disponer de dicha póliza en el momento de presentación de este Anexo II, se debe presentar posteriormente junto con el Anexo IV, también publicado en la correspondiente convocatoria.

d) En el caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de la subvención, mediante el uso de medios de entidades federadas o integradas en la entidad solicitante, deberá aportarse el oportuno documento que las relacione y donde conste el compromiso efectivo de todas las entidades de destinar dichos medios a los servicios de asesoramiento, durante todo el periodo de ejecución.

e) Documentación acreditativa de que la entidad solicitante está certificada por la ISO 9001, en su caso.

f)Programa de actuaciones de asesoramiento y/o un plan para la prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en el Anexo A, de la presente Orden.

g)En el caso de que se produzca algún cambio en el personal que va a realizar el asesoramiento se debe presentar una comunicación al órgano gestor por Ventanilla electrónica en un plazo de 15 días naturales desde que se produzca el cambio en la dirección. https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/ procedimientos/detalle/25088.html, aplicándose en su caso la sanción correspondiente por incumplimiento del criterio de valoración 12.a)4.

5. Documentación acreditativa que refleja la federación o dependencia a la entidad solicitante, en caso de que corresponda.

Plazo de Inicio

  • 10/01/2024 - 04/03/2024 (Un mes a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2023 (BOJA nº 6. 09.01.2024))

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

AYUDAS PARA EL APOYO DE USO DE SERVICIIOS DE ASESORAMIENTO SOSTENIBLE EN PRODUCCIÓN ECOLÓGICA A EXPLOTACIONES AGRARIAS

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25088.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgiica.capadr@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.capadr@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de ayudas  apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias,

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Reglamento (UE) núm. 2016/791 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016 Reglamento (UE) núm. 1305/2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER), entre otros.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial y a posibles encargados del tratamiento, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
Datos identificativos (DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos)
Datos de contacto.
Datos socioeconómicos Datos de la Explotación,Medios de producción y Mano de obra,Medios de producción y Mano de obra:

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 01/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 01/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 01/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Alegación

  • 02/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 02/02/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 18/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 18/04/2024 Diligencia de publicación de propuesta provisional de resolución.

  • 18/04/2024 Propuesta provisional de resolución.

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 02/02/2024 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento

  • Última actualización: 18/04/2024
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