Colaboración de la Junta de Andalucía en campaña de Renta

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El IRPF como tributo parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas constituye un tributo estatal cuyo rendimiento se encuentra parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. En la actualidad, el 50 por ciento del rendimiento del impuesto corresponde a las Comunidades Autónomas en función de la residencia habitual de las personas contribuyentes.
En el marco de las competencias normativas atribuidas por la citada Ley 22/2009, de 18 de diciembre, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado diversas deducciones autonómicas aplicables en la cuota íntegra autonómica, orientadas a atender circunstancias personales y familiares —con especial atención a la natalidad, la estructura familiar y las situaciones de discapacidad o dependencia—, facilitar el acceso, mantenimiento y mejora de la vivienda habitual, especialmente en el caso de jóvenes y colectivos con mayores dificultades, impulsar la actividad económica y la inversión empresarial, favorecer la protección en el ámbito laboral, apoyar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral mediante el reconocimiento de determinados gastos por ayuda doméstica, incentivar la formación y la educación, fomentar comportamientos socialmente responsables —como los donativos con finalidad ecológica—, y promover hábitos de vida saludables, la práctica deportiva, incluyendo la atención a nuevas realidades sociales como el cuidado de animales de compañía o las necesidades específicas derivadas de enfermedades como la celiaquía.

Asimismo, la aplicación del impuesto corresponde a la Administración Tributaria del Estado, en particular a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, si bien la Comunidad Autónoma de Andalucía colabora activamente en el desarrollo de la campaña, mediante la aportación de medios personales y materiales, la habilitación de oficinas de atención a la ciudadanía y la prestación de servicios de información y asistencia para la confección y presentación de declaraciones, incluyendo la participación en el servicio telefónico “Plan Le Llamamos”.

En este contexto, la Comunidad Autónoma de Andalucía participará en la campaña mediante la aportación de medios personales, con un total de 47 funcionarios, distribuidos conforme a las siguientes modalidades y calendario:

  •  Atención telefónica (Plan “Le Llamamos”): 47 puestos, durante los días 11, 12, 14, 18, 19, 21, 25, 26 y 28 de mayo, en horario de 16:00 a 18:30 horas.
  •  Atención presencial: 45 puestos habilitados en las oficinas correspondientes. 

Información sobre deducciones autonómicas de Andalucía en la Renta de 2025

En relación con el ejercicio 2025, las personas contribuyentes residentes en Andalucía podrán beneficiarse de un amplio conjunto de deducciones autonómicas, entre las que destacan:

  • Deducciones por inversión en vivienda habitual protegida y para personas jóvenes. 
  • Deducción por alquiler de vivienda habitual. 
  • Deducciones por nacimiento, adopción o acogimiento de hijos. 
  • Deducciones por familia numerosa y por familias monoparentales. 
  • Deducciones por gastos educativos. 
  • Deducciones por discapacidad y asistencia a personas con discapacidad. 
  • Deducción por ayuda doméstica. 
  • Deducciones por inversión empresarial. 
  • Deducción por donativos con finalidad ecológica. 
  • Deducción para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva. Deducción por gastos veterinarios y por enfermedad celíaca.

Como principales novedades aplicables en el ejercicio 2025, cabe destacar:

  • El incremento del límite de la deducción por alquiler de vivienda habitual desde 900 euros hasta 1.200 euros anuales, ampliado desde 1.000 euros a 1.500 euros en caso de contribuyentes con discapacidad. 
  • El aumento desde el 5 al 6 por ciento del porcentaje de deducción por inversión en vivienda habitual protegida o para personas jóvenes. 
  •  La eliminación del requisito de renta en la deducción por nacimiento, adopción o acogimiento. 
  •  La incorporación de nuevas deducciones destinadas a fomentar la práctica deportiva, atender gastos veterinarios de animales de compañía y apoyar a las familias con enfermedad celíaca.