Addressing work-related gender-based violence and harassment Insights from the EU Directive on combating violence against women and domestic violence

Información general

Resumen

Autoría: Ceren Kasım

Publica: European Trade Union Institute

Fecha: 2025

La Directiva 2024/1385 de la Unión Europea relativa a la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Directiva Anti-VAW) marca un momento histórico para la igualdad de oportunidades en la Unión Europea (UE) y destaca en muchos aspectos. 

El objetivo de la Directiva es establecer un marco holístico y eficaz para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres (VCM) y la violencia doméstica (VD) en toda la UE. Ante todo, reconoce que los Estados miembros de la UE tienen la responsabilidad compartida de actuar en estas cuestiones. 

La Directiva contra la violencia contra las mujeres introduce disposiciones detalladas y establece reglas con el objetivo de garantizar la eficacia y la aplicabilidad, mientras que sus obligaciones abarcan cuatro pilares clave: prevención e intervención temprana; protección y acceso a la justicia; apoyo a las víctimas; y coordinación y cooperación. 

Se destaca que la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica representan una amenaza para los valores y derechos fundamentales, en particular la igualdad entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación. Estas formas de violencia socavan el derecho de las mujeres y las niñas a la igualdad en todos los ámbitos de la vida, incluido el mundo laboral. 

Sin embargo, este artículo argumenta que la Directiva no regula exhaustivamente la violencia y el acoso de género (VG) en el ámbito laboral. Por ejemplo, no establece una conexión explícita entre la VD y la vida laboral, ni entre la VCM y la seguridad y salud en el trabajo. La ciberviolencia en el trabajo y la VG mediante la gestión mediante inteligencia artificial, la toma de decisiones algorítmica y la vigilancia digital tampoco están tematizadas, ni se regula explícitamente la violencia de terceros en el lugar de trabajo. Además, al no mencionar directamente a los sindicatos ni al diálogo social, la Directiva ignora importantes estructuras laborales. 

Sin embargo, la Directiva está en vigor y se transpondrá a las legislaciones nacionales de los Estados miembros de la UE para 2027. Además, tiene el potencial de servir de modelo para los Estados no pertenecientes a la UE en su propia legislación nacional sobre violencia de género, como se ha visto anteriormente con respecto a otras leyes de la UE. Por ello, el documento recomienda aprovechar al máximo la Directiva contra la violencia de género y utilizarla para abordar la violencia de género en el ámbito laboral hasta que exista una legislación europea específica sobre la violencia y el acoso de género en el ámbito laboral.

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