SESIÓN DEL

Firmado el convenio con el Ministerio para recibir las ayudas estatales a autónomos y empresas

El Consejo muestra su criterio favorable a las Proposiciones de Ley de Tributos Cedidos de Andalucía presentadas en el Parlamento

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la firma, por parte de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, del convenio impuesto por el Ministerio de Hacienda para activar las ayudas directas que el Ejecutivo central ha aprobado para autónomos y empresas de los sectores económicos más afectados por la pandemia, y cuya gestión ha delegado en las comunidades autónomas.

El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, ha informado de que el Gobierno central no ha incorporado las propuestas que desde la Junta de Andalucía se remitieron sobre el texto del Real Decreto Ley que aprueba las ayudas, y cuya finalidad era que tanto la tramitación como la llegada de dichos apoyos por la caída de ingresos derivada de la crisis del Covid-19 pudiera ser lo más sencilla y ágil posible.

En los últimos días, la Junta de Andalucía ha remitido a los ministerios de Hacienda y de Asuntos Económicos y Transformación Digital sendos informes pormenorizados en los que se desglosan las deficiencias detectadas, las probables consecuencias que las mismas podrían acarrear a la hora de que las ayudas puedan llegar con rapidez a los beneficiarios, así como propuestas a tener en cuenta para mejorar y aumentar la eficiencia del protocolo.

De una parte, la Consejería de Hacienda ha subrayado que se trata de subvenciones y no de ayudas directas, lo que implica que se establecen una serie de obligaciones perjudiciales para los destinatarios de las ayudas, dada la excepcionalidad de los efectos de la pandemia. Por ello, Andalucía ha propuesto excluirlas del Régimen de Subvenciones.

También se advierte al Ministerio de que se perjudica y se discrimina claramente a aquellas empresas y empresarios que han hecho un esfuerzo en pagar sus facturas a proveedores y demás acreedores en tiempo y forma, favoreciendo a

aquellas que no lo han hecho y mantienen la deuda, debido a que, según el Real Decreto Ley que regula las ayudas, éstas deben destinarse a “satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores (…)”.

En este sentido, la Consejería de Hacienda y Financiación Europea había planteado considerar beneficiarios a quienes pudieran acreditar una relación contractual con proveedores, trabajadores u otros acreedores, aunque no mantengan deudas pendientes de pago. En definitiva, se proponía que la ayuda llegue a los que han sufrido la bajada estipulada en su volumen de operaciones, independientemente de si tiene pendiente de pago o no las deudas.

Otra de las cuestiones sobre las que la Junta había advertido al Ejecutivo central es la relativa a la prioridad de los pagos “por orden de antigüedad” y posteriormente al nominal de la deuda bancaria, “primando la reducción del nominal de la deuda con aval público”. Todo ello supone, según ha expuesto la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en los informes remitidos al Ministerio, una dificultad innecesaria tanto para el empresario, que va a tener que destinar la subvención a los pagos en un orden que sólo atiende a un criterio temporal y no a otras variables jurídicamente relevantes, como para las propias administraciones autonómicas a la hora de la comprobación de la prelación de pagos, dado que con esta redacción se exige una labor de identificación y seguimiento que impide una mínima automatización del procedimiento.

Por otro lado, también se solicitó al Ministerio mayor información relativa a la población potencialmente beneficiaria de la ayuda, separando entre las distintas tipologías de beneficiarios, para que las comunidades autónomas pudiesen decidir sobre las cantidades a aplicar en cada uno de los casos, ya que muchas de ellas, como es el caso de Andalucía, tienen abierto un proceso de definición de ayudas directas a pymes con recursos propios o afectados, y que en estos momentos se hace necesario reorientar en el contexto de la definición de estas ayudas. Por ello, cobra especial significado la atención a otros colectivos o CNAE diferentes de los establecidos en el Anexo I del Real Decreto Ley.

Además, entre otras cuestiones, la Junta también advertía al Ministerio de las dificultades y obstrucciones que puede generar el hecho de que sean las autonomías las que deban regular las ayudas, al utilizar datos que provienen de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Esto puede generar importantes retrasos a la hora de hipotéticas comprobaciones y cotejo de datos de solicitantes y, en consecuencia, dilatar innecesariamente todo el proceso.

No obstante, y pese a que el Ministerio de Hacienda no ha atendido ninguna de las propuestas realizadas desde la Junta, se ha procedido a la firma del convenio por responsabilidad, para salvaguardar a las empresas y el mantenimiento de los puestos de trabajo.

Toma en consideración de las Proposiciones de Ley de Tributos Cedidos

Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha mostrado su criterio favorable tras analizar las dos Proposiciones de Ley de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía presentadas en el Parlamento por los grupo PP y Ciudadanos y PP y VOX, respectivamente, ya que se incardinan en la actual política de simplificación administrativa y reducción de cargas impositivas, mediante la implementación de medidas de apoyo tributario para el impulso de la actividad económica, especialmente castigada en la actual coyuntura.

Las proposiciones de ley se alinean con el cambio en el sistema tributario iniciado por el Gobierno andaluz, que se basa en ocho pilares de la actual política fiscal del Consejo de Gobierno: continuar con la bajada de impuestos iniciada en 2019; favorecer el acceso a la vivienda; desarrollar políticas sociales y de apoyo a las familias, especialmente a jóvenes, e incluyendo como colectivo de especial protección a las familias numerosas y a las personas que han sufrido violencia doméstica y de terrorismo; apoyar decididamente a las personas más vulnerables, como son las personas con discapacidad; desarrollar políticas de empresa dirigidas a atraer inversión y a garantizar la continuidad de las empresas y del empleo; incluir políticas medioambientales complementando la fiscalidad medioambiental; implementar políticas para luchar contra la despoblación; y desarrollar políticas de simplificación, eficiencia administrativa y transformación digital que faciliten la reducción de costes indirectos en el cumplimiento de obligaciones fiscales de ciudadanos y empresas.

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