SESIÓN DEL

El Consejo de Gobierno aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía

El decreto supone la constitución del nuevo organismo encargado de gestionar los ingresos autonómicos y reforzar la lucha contra el fraude fiscal

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía. Esta decisión supone la constitución efectiva del organismo, creado por la Ley 23/2007 para gestionar los ingresos de la comunidad, afianzar su autonomía financiera, agilizar el pago de los impuestos, mejorar la capacidad de recaudación y reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

De acuerdo con su estatuto, la Agencia Tributaria de Andalucía se configura como un ente de derecho público adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda, con régimen especial de autonomía y personalidad jurídica diferenciada.

Entre otras funciones y competencias, la Agencia asume la gestión, liquidación, recaudación e inspección de los impuestos propios y de los estatales cedidos totalmente a la comunidad autónoma; el ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria, y la recaudación en vía ejecutiva de todos los ingresos de derecho público, así como aquellas otras atribuciones que, en su caso, le puedan ser delegadas en relación con los tributos locales.

El nuevo ente prestará una atención prioritaria al ciudadano para ahorrarle burocracia y facilitarle transparencia en la información y la mayor comodidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Su modelo organizativo se orienta también a promover la colaboración y coordinación con las administraciones tributarias estatal, autonómicas y locales.

El funcionamiento de la Agencia se basará en un contrato de gestión en el que se definirán sus objetivos para periodos de tres años. Este documento, que deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno, se desarrollará a través de planes anuales de actuación para cada ejercicio.
En cuanto a la estructura, el Estatuto de la Agencia diferencia entre los órganos de gobierno (Presidencia, Vicepresidencia y Consejo Rector), el ejecutivo (Dirección) y el de seguimiento (Comisión de Control). La Presidencia corresponde a la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de Hacienda y la Vicepresidencia a la persona titular de la Secretaría General del mismo ámbito. Por su parte, el Consejo Rector estará compuesto por diez miembros, nombrados a propuesta de la Junta de Andalucía.

Finalmente, se establece una estructura administrativa de servicios centrales y territoriales. Los primeros, con sede en Sevilla, están integrados por los departamentos de Organización y Gestión de Recursos, Aplicación de Tributos e Innovación Tecnológica y Análisis de la Información. Los segundos se encargan a las denominadas Coordinaciones Territoriales en cada una de las provincias, donde los delegados de Economía y Hacienda ostentarán la representación ordinaria de la Agencia.


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