SESIÓN DEL

La Junta recurrirá la Ley de Unidad de Mercado por vulnerar competencias autonómicas y derechos de los consumidores

El Gobierno andaluz considera que la nueva norma introduce criterios desreguladores y atenta contra los principios de igualdad y seguridad jurídica

Miguel Ángel Vázquez

El Consejo de Gobierno ha autorizado la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado, que entró en vigor el pasado 11 de diciembre. A juicio del Gobierno andaluz, esta norma vulnera los principios constitucionales de seguridad jurídica e igualdad ante la ley, así como las competencias autonómicas en regulación de la actividad económica, protección de los consumidores y defensa de la competencia. Además, introduce criterios desreguladores y recentralizadores que generarán incertidumbre en el sector empresarial. El recurso afecta a diez artículos, una disposición adicional y tres disposiciones finales.

La ley estatal obliga a la autoridad autonómica a aplicar la normativa propia del territorio de origen de los operadores económicos, sin tener en cuenta el lugar donde desarrollan sus actividades. Según la Junta, esta circunstancia puede derivar en una elevada litigiosidad entre instituciones, con la consiguiente inseguridad jurídica, además de generar diferencias de normativa aplicable y situaciones de desigualdad material entre empresas y entidades que realizan una determinada actividad en el mismo territorio.

El Gobierno andaluz subraya que se desprotegen los derechos de los consumidores y usuarios, dado que se reformulan las razones para justificar la exigencia de una autorización, declaración responsable o comunicación previa en el acceso o ejercicio de una actividad económica. Entre otras, se eliminan circunstancias consideradas “imperiosas y de interés general” por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, como la seguridad y salud de las personas consumidoras o la conservación del patrimonio histórico.

Igualmente en materia de consumo, la ley impide a la Junta sancionar incumplimientos de normas de elaboración y calidad aplicables a los productos si éstos se han fabricado fuera de Andalucía.

La propia potestad reguladora de la comunidad se ve afectada con la imposición de una valoración previa y de una evaluación periódica, por parte de otras administraciones, de los proyectos normativos de la actividad económica con incidencia en la unidad de mercado. Además, la ley fija un plazo de seis meses para la adaptación de toda la regulación autonómica afectada por sus disposiciones.

Otro motivo de inconstitucionalidad viene del nuevo sistema de recursos para la defensa de los intereses de los operadores económicos. La norma establece que la presentación de las reclamaciones se realice ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado y, en última instancia, ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Esta atribución a autoridades nacionales anula las funciones de tutela propias de las comunidades autónomas cuando se trata de hacer frente a conductas con incidencia limitada a mercados locales o que no exceden del ámbito regional.

Finalmente, el Gobierno andaluz señala que la ley parte de una premisa falsa, según la cual el modelo autonómico ha conducido a la fragmentación del mercado en España. Según la Junta, no existe este problema generalizado sino situaciones específicas para las que habría sido más apropiado un tratamiento pormenorizado y no una ley que confunde unidad con uniformidad, ajena al criterio descentralizador de la Constitución.

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