Convenio de Colaboración entre el Patronato de la Alhambra y Generalife, el Excmo. Ayuntamiento de Granada y Cetursa Sierra Nevada, S.A. para la explotación conjunta de una oficina integral de turismo en la ciudad de Granada

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Patronato de la Alhambra y Generalife
Ayuntamiento de Granada
Cetursa Sierra Nevada, S.A.
Duración
El presente convenio tiene una duración de cuatro años prorrogables por acuerdo unánime por otros cuatro años, sin posibilidad de más prórrogas.

Objeto

Es objeto del convenio la utilización conjunta del espacio denominado “Centro Artístico”, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Granada para el uso compartido como como oficina integral de promoción turística de la Ciudad de Granada, Cetursa Sierra Nevada, SA y el Patronato de la Alhambra y Generalife.

Obligaciones económicas

Las entidades firmantes, de mutuo acuerdo, aportarán para el desarrollo de las actividades previstas en el objeto de este Convenio los medios humanos y económicos y la infraestructura y recursos técnicos necesarios para su desarrollo, según el siguiente desglose: -El Ayuntamiento se hará cargo de los gastos derivados del uso ordinario del inmueble tales como consumo de agua, suministro eléctrico, limpieza, recogida de residuos, telefonía, seguro de responsabilidad, etc. El Ayuntamiento pondrá la instalación de la red de internet a disposición de cada institución mediante la instalación de los puntos que sean necesarios. -El Patronato de la Alhambra y Generalife aportará principalmente el mobiliario necesario para el equipamiento de la instalación. Se detalla el mobiliario necesario y su presupuesto estimado en el Anexo I. La composición y detalles del mobiliario inicialmente prevista podrá ser modificada por la Comisión de seguimiento. -Cetursa Sierra Nevada, S.A. aportará principalmente equipamientos técnicos. Se detallan los equipamientos técnicos y su presupuesto estimado en el Anexo II La composición y detalles de los equipamientos técnicos inicialmente prevista podrá ser modificada por la Comisión de seguimiento. La Comisión de Seguimiento podrá acordar cambios totales o parciales en el reparto de tareas indicados en este punto Séptimo. Los costes de instalación y equipamientos necesarios para la apertura se estiman en 60.000 €.

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