Consejo de Coordinación de la Ciudad Califal de Madinat al-Zahra

Funciones

El Consejo de Coordinación tendrá las siguientes funciones respecto a la ciudad califal de Madinat al-Zahra, sin perjuicio de las competencias que tenga atribuidas el Conjunto Arqueológico Madinat al-Zahra:

a) Impulsar y coordinar su Plan de Gestión, cuyo contenido deberá ser determinado y aprobado por la consejería con competencias en materia de patrimonio histórico, de acuerdo con las directrices operativas de la UNESCO.

 b) Proponer medidas de buenas prácticas en su gestión, trasladando propuestas de actuación a los diferentes organismos que integran la gestión del mismo, en materia ambiental, paisajística y turística, de planificación urbana y patrimonial, y de conocimiento y difusión del sitio.

 c) Promover la participación ciudadana fomentando la divulgación, sensibilización y educación en los valores patrimoniales, y generando espacios de intercambio y reflexión, con continuidad temporal, entre administraciones, empresariado y colectivos vecinales, sociales y culturales del entorno.

 d) Proteger los valores universales excepcionales que motivaron su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial, proponiendo cuantas medidas se estimen necesarias para su fomento y protección, y velando por la consecución de actuaciones coordinadas de los diferentes organismos dedicados a la gestión de cada uno de los bienes que la integran.

 e) Informar y aprobar su memoria de la gestión.

Composición:

El Consejo de Coordinación estará constituido por:

a) La Presidencia, que será ejercida por la persona titular de la consejería competente en materia de patrimonio histórico.

b) La Vicepresidencia, que será ejercida por la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de patrimonio histórico.

c) Las vocalías, que estarán compuestas por los siguientes miembros:

1.º La persona titular de la Secretaría General competente en materia de patrimonio cultural.

2.º La persona titular de la Secretaria General competente en materia de acción exterior.

3.º La persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.

4.º Una persona en representación de la consejería con competencias en materia de universidades, con rango, al menos, de titular de una Dirección General.

5.º Una persona en representación de la consejería con competencias en materia de turismo, con rango, al menos, de titular de una Dirección General.

6.º Una persona en representación de la consejería con competencias en materia de patrimonio histórico, con rango, al menos, de titular de una Dirección General.

7.º Una persona en representación de la consejería con competencias en materia de ordenación del territorio o urbanismo, con rango, al menos, de titular de una Dirección General.

8.º Una persona en representación de la consejería con competencias en materia de medio ambiente, con rango, al menos, de titular de una Dirección General.

9.º La persona titular de la Delegación Provincial o Territorial con competencias en materia de patrimonio histórico en Córdoba.

10.º Una persona en representación del Gobierno de España, designada por el Ministerio con competencias en materia de patrimonio histórico, con rango al menos de titular de una Subdirección General.

11.º Una persona en representación de la Diputación de Córdoba, designada por la persona titular de la Presidencia de la Diputación, con rango, al menos, de Diputado o Diputada, Delegado o Delegada.

12.º La persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Córdoba.

13.º La persona titular de la Dirección del Conjunto Arqueológico de Madinat al-Zahra.

14.º Una persona en representación del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS España), designada por su Presidente o Presidenta.

15.º Una persona en representación de la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba, designada por su Presidente o Presidenta.

16.º Una persona en representación de la Universidad de Córdoba, designada por su Rector o Rectora.

17.º Una persona en representación de las empresas turísticas designada por el Presidente o Presidenta de la Confederación de Empresarios de Córdoba.

18.º Una persona en representación de las fincas linderas.

19.º Una persona designada por la Presidencia de la Casa Árabe.

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