Ayudas para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la extensión de la cobertura de redes de banda ancha de nueva generación

Información general

Título formal:

Ayudas para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la extensión de la cobertura de redes de banda ancha de nueva generación

Código:
14861
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
25/09/2018

Descripción

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva cuya objeto es la extensión de la cobertura de servicios de las redes de acceso de banda ancha de nueva generación (NGA) en Andalucía. 

Las actuaciones se podrán realizar en las zonas elegibles que se incluyan en cada convocatoria. Las subvenciones no están condicionadas al despliegue de una solución tecnológica concreta, siendo las entidades solicitantes las que deben expresar y motivar la solución tecnológica más adecuada para cada zona elegible.

Este proyecto está cofinanciado al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el Programa Operativo Andalucía FEDER 2014-2020, Objetivo temático 2: Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a ellas.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

  1. Anteriormente a la publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas, las actuaciones a realizar no deberán encontrarse dentro de los planes de despliegue de la entidad solicitante para los tres años siguientes a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria ni por iniciativa propia en ausencia de subvención ni por cualesquiera otras obligaciones contraídas con anterioridad.
  2. No haber iniciado la actividad para la cual se solicita la subvención con carácter previo a la publicación de la resolución definitiva de concesión.
  3. La cifra global de negocios media de la entidad solicitante en los últimos tres años previos a la presentación de la solicitud deberá ser superior a la suma total de los costes subvencionables presentados por dicho solicitante en todas las solicitudes admitidas en la convocatoria vigente.
  4. Contar con experiencia como operador en el despliegue y prestación de servicios minoristas de redes de comunicaciones electrónicas en los últimos cinco años desde la fecha de publicación de la presente orden. 
  5. En el momento de presentar la solicitud, deben ostentar la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y llevar al menos tres años inscrito en el Registro de Operadores. En el caso de tratarse de un operador controlado directa o indirectamente por administraciones públicas, debe respetarse lo establecido en el artículo 9 de la mencionada Ley.

Documentación

PRIMERA FASE: SOLICITUD mediante la presentación del formulario del ANEXO I publicado en la convocatoria.

SEGUNDA FASE: Presentación del ANEXO II junto con la documentación acreditativa siguiente

  1. Documento acreditativo de la identificación fiscal (NIF) de la entidad solicitante.
  2. DNI del representante legal de la entidad solicitante, cuando se indique expresamente que no se autoriza la consulta de los datos a través del sistema de verificación de datos de identidad.
  3. Documento acreditativo de que la persona firmante de la solicitud ostenta la representación legal de la entidad solicitante.
  4. Justificación de que la entidad solicitante reúne la condición de operador debidamente habilitado. Indicación del nombre, servicio y fecha de la resolución que figura en el correspondiente Registro de Operadores, para proceder a su comprobación.
  5. Documentación acreditativa de la solvencia técnica: declaración responsable de la entidad interesada acompañada de documentación técnica y comercial que acredite la existencia de la red y prestación de los servicios. 
  6. Documentación acreditativa de la solvencia económica: documentación que justifique que la cifra global de negocios media de la entidad solicitante en los últimos tres años previos a la presentación de la solicitud es superior a la suma total de los costes subvencionables presentados por dicha entidad solicitante en todas las solicitudes de la convocatoria correspondiente. 
  7. Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente consignada para realizar el pago.
  8. Memoria técnica que describa el alcance del proyecto y la red diseñada, detallando también la solución técnica adoptada. En las resoluciones de convocatoria podrá especificarse la estructura y contenido mínimo del documento, así como instrucciones o guías para su elaboración.
  9. En el caso de haberse consignado en la solicitud de subvención, certificado correspondiente a la norma ISO 14001:2004 relativo a la implantación de un sistema de gestión medioambiental.

Plazo de Inicio

  • 05/10/2018 - 05/11/2018 (Según establece la convocatoria)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Contados desde la finalización del periodo de solicitud indicado en la convocatoria
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2020

28/05/2020. Presentación Informe de Seguimiento
25/06/2020. Acuerdo de Inicio del procedimiento para la ampliación del plazo de ejecución
08/07/2020. Resolución de ampliación del plazo de ejecución

2019

11/01/2019. Acta de la reunión de la Comisión de Valoración del 10 de enero de 2019 - Acuerdos sobre inadmisión de solicitudes, subsanaciones y valoración de solicitudes.
22/01/2019. Resolución de 15 de enero de 2019 de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, por la que se resuelve la inadmisión a trámite de una solicitud de subvención destinada a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía.
23/01/2019. Propuesta provisional de resolución por la que se propone la concesión provisional de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva al amparo de la orden de 2 de agosto de 2018 y la resolución de 27 de septiembre de 2018 por la que se efectúa su convocatoria.
23/01/2019. Diligencia de publicación de propuesta provisional de resolución.
25/04/2019. Acuerdo por el que se tiene por transcurrido el plazo concedido para la subsanación.
25/04/2019. Diligencia de publicación del acuerdo por el que se tiene por transcurrido el plazo concedido para la subsanación.
07/05/2019. Resolución de 30 de abril de 2019 por la que se amplía el plazo máximo de resolución y publicación de la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones.
28/06/2019. Corrección de errores de la Resolución de 30 de abril de 2019 por la que se amplía el plazo máximo de resolución y publicación de la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones.
19/07/2019. Resolución de la Dirección General de Economía Digital e Innovación por la que se conceden subvenciones destinadas a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía.
19/07/2019. Diligencia de publicación de la Resolución de concesión de subvenciones.
08/08/2019. Resolución de la Dirección General de Economía Digital e Innovación por la que se amplía el plazo de presentación de garantía y aceptación de la subvención concedida.
28/11/2019. Resolución de modificación de concesión
28/11/2019. Diligencia sobre publicación de resolución de 20 de noviembre de 2019
10/12/2019. Presentación Informe de Seguimiento
18/12/2019. Certificado de fin de ejecución del Proyecto
23/12/2019. Resolución de la Dirección General de Economía Digital e Innovación por la que se amplía el plazo de presentación de garantía y aceptación de la subvención concedida

2018

11/12/2018. Acta de la reunión de la Comisión de Valoración del 3 de diciembre de 2018 - Acuerdos sobre inadmisión de solicitudes y requerimiento de subsanación.
20/12/2018. Resolución de 13 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, por la que se resuelve la inadmisión a trámite de solicitudes de subvención destinadas a la extensión de la cobertura de servicios de las redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía.

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

TRAMITACIÓN DE SUBVENCIONES CON FONDOS FEDER PARA FOMENTAR EL DESPLIEGUE DE REDES DE BANDA ANCHA DE NUEVA GENERACIÓN EN ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/205361.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Economía Digital e Innovación cuya dirección es Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 ¿ Sevilla) y cuyo correo electrónico es dgedi.cteicu@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 ¿ Sevilla) o en el correo electrónico dpd.cteicu@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de subvenciones con fondos FEDER para fomentar el despliegue de redes de banda ancha de nueva generación en Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es:

  • El cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.
  • Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Artículo 10.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No se preven cesiones de datos, salvo las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras). No se prevén transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán desde que se formalice la solicitud de subvención y mientras se mantenga la posibilidad de ser designado beneficiario y, en su caso, las obligaciones contraídas como tal.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?

Los datos personales han sido proporcionados por el propio interesado.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 16/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 16/04/2024
    Índice