Delegación Territorial de Educación en Granada
Información general
Biografía
Nacida en Baza (Granada), es viuda y madre de dos hijos. Es licenciada y diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Almería. Funcionaria de carrera desde septiembre de 2002, es profesora de Educación Secundaria de la especialidad de Administración de Empresas. Ha desarrollado su labor docente en los Institutos de Educación Secundaria Alto Almanzora, de Tíjola (Almería); Acci, de Guadix (Granada); y Pedro Jiménez Montoya, de Baza (Granada). Fue senadora electa por la provincia de Granada durante la X y la XII Legislaturas (2011-2015 y 2016-2019).
En febrero de 2019 fue nombrada delegada territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Granada; en enero de 2021 asumió la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca; y, desde el 12 de septiembre de 2022, es delegada territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.
La consejería