Centros Deportivos de Rendimiento: calificación, autorización y revocación

Información general

Título formal:

Centros Deportivos de Rendimiento: calificación, autorización y revocación

Código:
14621
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Administraciones
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
09/10/2018

Descripción

Regular la clasificación de los Centros Deportivos de Rendimiento de Andalucía, que integran la Red Andaluza de Centros Deportivos de Rendimiento, y el procedimiento para la calificación, autorización y revocación de los centros deportivos ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Los Centros Deportivos de Rendimiento clasificados por el Consejo Superior de Deportes pueden ser:

a) Centros de Alto Rendimiento (CAR). Su finalidad es la mejora del rendimiento deportivo, proporcionando a deportistas de alto nivel las mejores condiciones de entrenamiento y atendiendo prioritariamente a las necesidades de entrenamiento de las Federaciones Españolas.

b) Centros de Tecnificación Deportiva (CTD). Tienen por finalidad atender el perfeccionamiento de deportistas, cuya actividad se desarrolla fundamentalmente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Centros Especializados. Su objetivo es ser centros de entrenamiento para modalidades deportivas concretas. Se subdividen en Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR), que desarrollan para una modalidad las funciones de entrenamiento de deportistas de alto nivel, y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva (CETD), que desarrollan para una modalidad el perfeccionamiento de deportistas.

- La Consejería competente en materia de deporte podrá clasificar los siguientes centros deportivos:

a) Centro Andaluz de Tecnificación Deportiva (CATD). Tienen por finalidad atender el perfeccionamiento de los deportistas.

b) Centro Andaluz Especializado de Tecnificación Deportiva (CAETD). Son instalaciones cuyo objetivo es ser centros de entrenamiento para modalidades deportivas concretas. En cada centro se desarrollará el perfeccionamiento de deportistas sólo para una modalidad deportiva concreta.

- Tipos de programas deportivos. Dentro de los centros de deportivos CATD o CAETD se desarrollarán alguno o algunos de los siguientes tipos de programas deportivos:

a) Formación de talentos deportivos: programa orientado al desarrollo y mejora multilateral de las capacidades identificadas en deportistas en edad escolar seleccionados, con objeto de construir los fundamentos para el rendimiento futuro.

b) Perfeccionamiento de talentos deportivos: programa orientado a la especialización y desarrollo de los factores críticos de rendimiento deportivo en deportistas en edad escolar con objeto de que se traduzcan en elevadas realizaciones en competiciones de ámbito nacional e internacional.

c) Programa de desarrollo y mantenimiento del rendimiento de deportistas: programa destinado a la mejora y/o mantenimiento del rendimiento deportivo de deportistas, fundamentalmente de categoría absoluta o inmediatamente inferior a la absoluta, que ostenten la
condición de deportistas de alto nivel, de alto rendimiento o que se considere que cuentan con potencial para alcanzar los méritos que les den acceso a la misma.

El procedimiento para la revocación de los Centros Deportivos de Rendimiento puede ser iniciado tanto de oficio, como a instancia de parte.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Orden de 2 de octubre de 2018, por la que se regula la clasificación de los Centros Deportivos de Rendimiento de Andalucía y se establece el procedimiento para su calificación y autorización, así como para su revocación:

- Requisitos relacionados con la gestión del centro deportivo, con las instalaciones y equipamientos deportivos y con los servicios (artículo 6.1 de la Orden):

a) Disponer de un órgano de gestión administrativa que controle el funcionamiento del centro deportivo, donde exista un punto de información y atención a la persona deportista.

b) Estar dotado de instalaciones deportivas convencionales o no convencionales adecuadas para el proceso de entrenamiento en función de las necesidades de cada modalidad o especialidad deportiva. Como norma general, los espacios deportivos de las instalaciones deportivas deberán cumplir lo especificado en la normativa sobre instalaciones deportivas y para el esparcimiento (NIDE).

c) Contar con una residencia para atender las necesidades de las personas deportistas, cerca de los espacios deportivos y de los centros académicos. En su defecto, deberá contar con un acuerdo de uso del centro deportivo con la persona titular de la residencia en la que se alojen las personas deportistas.

d) Disponer de un servicio médico-deportivo, dirigido a la prevención y tratamiento de lesiones y enfermedades, readaptación al esfuerzo y servicio de psicología deportiva. En su defecto, deberá contar con un acuerdo para el uso de los servicios médico-deportivos de un centro médico.

e) Disponer de asesoramiento nutricional realizado por personal especializado.

f) Disponer de recursos de apoyo pedagógico necesarios para la conciliación de la vida deportiva con la formación académica y la orientación laboral.

g) En caso de deportistas menores de edad, deberá existir una persona responsable de los mismos en todo momento, con relación contractual con la entidad deportiva que gestiona el centro deportivo.

- Requisitos relacionados con el Programa Deportivo (artículo 6.2 de la Orden):

a) Disponer de un instrumento de planificación estratégica que contemple uno o más programas deportivos por cada una de las modalidades o especialidades que desarrollen, con una previsión anual de actuaciones.

b) Los programas deportivos deberán estar incardinados en la planificación deportiva de la federación o federaciones deportivas andaluzas correspondientes.

c) Los programas deportivos deberán incluir medidas encaminadas al fomento de la práctica deportiva de rendimiento de la mujer y tendentes a la paridad entre hombres y mujeres, así como, medidas para la participación de las personas con discapacidad en los mismos.

- El centro deportivo deberá cumplir los criterios que se establezcan en el desarrollo del Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía (PDIEDA)
respecto a este tipo de instalaciones deportivas (artículo 6.3 de la Orden).

Documentación

Orden de 2 de octubre de 2018, por la que se regula la clasificación de los Centros Deportivos de Rendimiento de Andalucía y se establece el procedimiento para su calificación y autorización, así como para su revocación (artículo 9 y anexo I de la Orden):

1. Certificado acreditativo de la titularidad de la instalación e identificación de la entidad o entidades responsables de la gestión de la instalación.

2. Acreditación de la representación, en su caso.

3. Informe de la relación de puestos de trabajo del centro deportivo u organigrama, así como de las personas con cualquier vínculo laboral en relación con los programas deportivos desarrollados en el mismo, con especificación en todo caso de las funciones de cada uno de los puestos, garantizándose por los mismos el cumplimiento del marco normativo que resulte aplicable en materia de protección de menores y del ejercicio profesional del deporte.

4. Normas de funcionamiento interno, horario de uso y acceso al centro.

5. Documentación técnica, suscrita por el personal técnico competente en la ejecución de obras de instalaciones deportivas, en la que se resuma con detalle la instalación deportiva mediante memoria escrita, documentación gráfica y fotográfica, en la que se recoja:

1.º La situación y emplazamiento de las instalaciones deportivas.
2.º La titularidad y antigüedad de la instalación deportiva.
3.º Los espacios deportivos con medidas de cada uno de ellos, sus características y justificación de su adecuación a las NIDE del Consejo Superior de Deportes.
4.º Los espacios complementarios y servicios auxiliares de los que dispone.
5.º Memoria justificativa del cumplimiento de la normativa de accesibilidad de las personas con discapacidad y, en su caso, de medidas adicionales para su mejora.

En aquellos casos en los que el centro deportivo cuente con instalaciones deportivas que no cumplan con lo especificado en las NIDE, pero se consideren adecuadas para el proceso de entrenamiento de deportistas, en función de las necesidades de cada modalidad o especialidad deportiva, se habrá de presentar además aquella documentación que justifique y acredite dicha adecuación.

6. Documento resumen con el detalle de la residencia: plano de situación, titularidad o título jurídico de la instalación, detalle de la instalación, servicios de los que dispone, convenio o acuerdos o compromiso de utilización, ubicación, transporte.

7. Documento resumen con el detalle del servicio médico-deportivo: organigrama, instalaciones, horario y procedimiento de acceso de los deportistas.

8. Memoria descriptiva del servicio de asesoramiento nutricional.

9. Memoria descriptiva de los recursos de apoyo pedagógico necesarios para la conciliación de la vida deportiva con la formación académica y la orientación laboral.

10. Memoria justificativa del interés de la actividad que se realiza en el centro deportivo, acompañado del plan estratégico del mismo donde se contemple los programas deportivos a desarrollar.

11. Convenio o convenios en vigor entre la federación deportiva andaluza, para el caso en el que ésta no gestione el centro deportivo, y la entidad responsable de su gestión.

12. Informe de la entidad solicitante con medidas concretas encaminadas al fomento de la práctica deportiva de la mujer, así como, para la participación de las personas con discapacidad en los mismos.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Para el procedimiento de calificación y autorización
    Silencio: Positivo
  • Plazo: 4 Meses. Para el procedimiento de revocación. En caso de inicio de oficio, el procedimiento se entenderá caducado
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

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Última actualización: 17/01/2024
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