Cuota de Reserva a favor de los Trabajadores con Discapacidad: Autorización de Excepcionalidad

Información general

Título formal:

Cuota de Reserva a favor de los Trabajadores con Discapacidad: Autorización de Excepcionalidad

Código:
1191
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
11/08/2009

Descripción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, se establece que las empresas públicas y privadas que empleen a 50 ó más personas trabajadoras estarán obligadas a que, al menos, el dos por ciento de éstas sean personas trabajadoras con discapacidad, e incluye, asimismo, la posibilidad de que, excepcionalmente, la entidad empleadora obligada al cumplimiento de la referida cuota de reserva pueda quedar exenta de esta obligación mediante un cumplimiento alternativo.

El Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de las personas trabajadoras con discapacidad, prevé diferentes supuestos en los que las empresas obligadas pueden solicitar al Servicio Público de Empleo competente la declaración de excepcionalidad como condición previa a la autorización para aplicar las medidas alternativas que en el mismo se establecen.

Se entiende que concurre la nota de excepcionalidad en los siguientes supuestos:

I. Cuando la no incorporación de una persona trabajadora con discapacidad a la empresa obligada se deba a la imposibilidad de que los servicios públicos competentes, o las agencias de colocación, puedan atender la oferta de empleo presentada después de haber efectuado todas las gestiones de intermediación necesarias para dar respuesta a los requerimientos de aquélla y concluirla con resultado negativo, por la inexistencia de demandantes de empleo con discapacidad inscritos en la ocupación indicada o, aún existiendo, cuando acrediten no estar interesados en las condiciones de trabajo ofrecidas en dicha oferta.

II. Cuando existan, y así se acrediten por la empresa obligada, cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven la especial dificultad para incorporar personas trabajadoras con discapacidad a la plantilla de la empresa. Como acreditación de dichas circunstancias, los servicios públicos de empleo podrán exigir la aportación de certificaciones o informes de entidades públicas o privadas de reconocida discapacidad, distintas de la empresa solicitante.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

  • Aportación de documentos:

    Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.

    Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.

    Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.

Formularios

Requisitos

La declaración de excepcionalidad tendrá una validez de 3 años. Transcurrido dicho plazo, las empresas deberán solicitar una nueva declaración.

Si las solicitudes no reúnen los requisitos que señala el punto anterior y, los exigidos, en su caso, por la normativa aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición (artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Documentación

Los documentos que se aporten serán originales, copias auténticas, copias autenticadas o copias digitalizadas de los documentos originales.

El formulario anexo I se deberá presentar acompañado, si procede, del formulario anexo II, debidamente cumplimentado.

Dependiendo del tipo de supuesto por el que se solicite habrá que aportar:

I. Por imposibilidad de cubrir oferta de empleo:

II. Por cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económicos:

  • ANEXO I. Formulario de solicitud/modificación de Declaración de Excepcionalidad y Aplicación de Medidas Alternativas.

  • Informe de la entidad que acredite fehacientemente la existencia de cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven la especial dificultad para incorporar personas con discapacidad a la plantilla de la empresa. El servicio público de empleo podrá exigir certificaciones o informes de entidades públicas o privadas de reconocida capacidad, distintas de la empresa solicitante, o documentos, según lo dispuesto en el artículo 1.2 b) del Real Decreto 364/2005.

El IPREM http://www.iprem.com.es/ a aplicar para el cálculo del las cuantías de las medidas alternativas es el IPREM de 12 pagas del año en el que se presenta la solicitud. Ese mismo IPREM es el que se toma para realizar los cálculos en caso de modificación de las medidas en los tres años de validez de la autorización.

Una vez emitida resolución favorable de Declaración de Excepcionalidad y Aplicación de Medidas Alternativas, la entidad aportará, en el mes siguiente, los documentos justificativos que a continuación se relacionan:

Cuando la medida alternativa consista en la celebración de un contrato mercantil ó civil con un Centro Especial de Empleo o con una persona trabajadora autónoma con discapacidad:

I. Fotocopia del contrato mercantil o civil con el Centro Especial de Empleo o con la persona trabajadora autónoma con discapacidad. El contrato tendrá el siguiente contenido mínimo

a) Identificación de ambas partes, haciendo constar la denominación social, domicilio, número de identificación fiscal y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social.

b) Determinación precisa del objeto del contrato.

c) Datos identificativos del centro de trabajo donde se va a realizar la obra o prestar el servicio.

d) Duración del contrato.

e) Que a través del mismo, se da cumplimiento a la medida alternativa a la contratación del 2% de la plantilla, de personas con discapacidad.

f) El importe del contrato y su equivalencia con el número de personas con discapacidad que se hubieran contratado.

II. Acreditación del número de Centro Especial de Empleo.

Cuando la medida alternativa consista en la constitución de un enclave laboral (Decreto 290/2004, de 20 de febrero):

I. Fotocopia del contrato para la constitución del enclave laboral. El contrato tendrá el siguiente contenido mínimo:

a) Identificación de ambas partes, haciendo constar la denominación social, domicilio, número de identificación fiscal y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social.

b) Determinación precisa de la obra o servicio objeto del contrato y de la actividad en la que, dentro de la organización general de la empresa colaboradora, vayan a ser ocupadas las personas trabajadoras dentro del enclave.

c) Datos identificativos del centro de trabajo donde se va a realizar la obra o prestar el servicio.

d) Duración prevista para el enclave.

e) Número de personas trabajadoras con discapacidad que se ocuparán en el enclave y número de personas trabajadoras con discapacidad que finalizan contrato.

f) Precio convenido.

Cuando la medida alternativa consista en la donación a una Fundación o Asociación de utilidad pública:

I. Fotocopia de los Estatutos de la Fundación/Asociación donde acredite que su objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.

II. Fotocopia de la Inscripción de la Fundación/Asociación con la que se tiene previsto realizar la donación, en el Registro de Fundaciones/Asociaciones correspondiente.

III. Fotocopia de la declaración de utilidad pública de la asociación con la que se tiene previsto realizar la medida alternativa (sólo para asociaciones).

IV. Descripción del proyecto que va a desarrollar la Asociación/Fundación con la donación o acción de patrocinio, donde se detallen las actividades concretas para “la inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad” así como previsión del número de personas con discapacidad que se beneficiarían de la misma.

Los contratos y acuerdos deben tener firma posterior a la concesión de la declaración de excepcionalidad y autorización para aplicar las medidas alternativas.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Meses. Contados desde la fecha de presentación de las solicitudes.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgiol.sae@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.sae.ceeta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.

La base jurídica del tratamiento es del RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo y Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.


 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 12/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 12/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 09/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 15/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 24/10/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 10/01/2024 CERTIFICADO DE GESTIÓN DE OFERTA PARA LA DECLARACIÓN DE EXCEPCIONALIDAD Y APLICACIÓN DE MEDIDAS ALTERNATIVAS (Real Decreto 364/2005,de 8 de abril (BOE n.º 94 20-04-2005)

  • Última actualización: 15/04/2024
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