Subvenciones públicas destinadas a la financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de programas de formación profesional para el empleo que incluyan el compromiso de contratación de personas trabajadoras desempleadas.

Información general

Título formal:

Subvenciones para programas formativos con compromiso de contratación

Código:
25183
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
13/04/2023

Descripción

Estos programas formativos, tienen por finalidad la financiación a las empresas para la impartición de acciones formativas dirigidas a formar a personas trabajadoras desempleadas en las competencias específicas requeridas, al objeto de cubrir puestos de trabajo vacantes en sus centros de trabajo radicados en Andalucía.

Se trata de un programa que configura la oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas teniendo como finalidad ofrecerles una formación ajustada a las necesidades formativas individuales y del sistema productivo, que les permita adquirir las competencias requeridas en el mercado de trabajo y mejorar su empleabilidad.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

El apartado 4.a).2º del cuadro resumen de la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, establecde los requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

1. Haber desarrollado actividad económica durante, al menos, el ejercicio económico anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
2. No haber obtenido un rendimiento negativo en su actividad económica en la forma y ejercicio que establezca la convocatoria.
3. Disponer, bien por sí misma o con acuerdo con entidad de formación, de instalaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debidamente inscritas y/o acreditadas para la impartición de las especialidades formativas solicitadas en su programa formativo, y de los recursos humanos adecuados, de acuerdo con la normativa reguladora.
4. Presentar su programa formativo con el compromiso de contratación de acuerdo con las condiciones y con la información establecida en el artículo 28 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio y en la correspondiente convocatoria.
5. La empresa que desarrolle el compromiso de contratación no podrá reducir el número medio de personas trabajadoras en su plantilla desde el momento de la publicación de la convocatoria hasta la propuesta de resolución de concesión.
6. Se deberá garantizar lo establecido en el apartado 1.4, salvo que por circunstancias debidamente acreditadas por la entidad beneficiaria, y valoradas por el órgano competente para resolver, no sea posible esa participación paritaria, debiendo quedar justificado este extremo en la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
 

Documentación

En el apartado 22.b.3º punto 2 del cuadro resumen de la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, se establece la documentación que acompaña a la solicitud:

1.  En caso de subcontratación de la impartición de la formación, la solicitud de autorización previa del órgano concedente establecida en el artículo 29, apartados 3 y 7.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el contrato o convenio que se prevé formalizar entre la empresa y la entidad de formación.
2. Para el supuesto de que la solicitud se presente a través de persona representante apoderada, que no sea representante legal, habrá de presentarse apoderamiento electrónico o documento que acredite dicho apoderamiento.

Asimismo, el punto 3 del apartado 22.b.3º del cuadro resumen de la citada Orden de 24 de febrero de 2023 señala lo siguiente: En el caso de las agrupaciones temporales de empresa, se deberá presentar junto a la solicitud, convenio entre las partes donde se haga constar al menos, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, el período de vigencia de la agrupación, así como el porcentaje de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo deberá presentarse documentación acreditativa de la capacidad legal suficiente para firmar el convenio, en nombre y representación de la entidad, para cada una de las entidades que formen parte de la agrupación.

Plazo de Inicio

  • 03/08/2024 00:00 horas - 30/09/2024 23:59 horas (Desde el día siguiente a la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria, á hasta el 30 de septiembre de 2024 o hasta agotamiento de crédito establecido.)
  • Plazo de subsanación

    Condicionado

    10 días desde la puesta a disposición de la notificación a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Administración de la Junta de Andalucía.

  • Plazo de alegaciones

    Condicionado

    10 días desde la puesta a disposición de la notificación de la propuesta provisional de resolución a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Administración de la Junta de Andalucía

  • Plazo de justificación

    Condicionado

    El plazo de justificación no será superior a 3 meses tras la finalización del programa formativo

  • Plazo de aportación de documentos

    Condicionado

    10 días desde la puesta a disposición de la notificación de la propuesta provisional de resolución a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Administración de la Junta de Andalucía

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

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Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de sus datos la podrá encontrar en las siguientes direcciones electrónicas:

http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/172024

http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/172025

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 02/08/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Ayuda en el trámite

    Preguntas frecuentes

    Última actualización: 30/09/2024
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