Subvenciones públicas destinadas a la financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de programas de formación profesional para el empleo que incluyan el compromiso de contratación de personas trabajadoras desempleadas.
Información general
- Empresas
Descripción
Estos programas formativos, tienen por finalidad la financiación a las empresas para la impartición de acciones formativas dirigidas a formar a personas trabajadoras desempleadas en las competencias específicas requeridas, al objeto de cubrir puestos de trabajo vacantes en sus centros de trabajo radicados en Andalucía.
Se trata de un programa que configura la oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas teniendo como finalidad ofrecerles una formación ajustada a las necesidades formativas individuales y del sistema productivo, que les permita adquirir las competencias requeridas en el mercado de trabajo y mejorar su empleabilidad.
Plazo de solicitud
- 24/05/2023 - 31/10/2023 (El plazo de presentación de solicitudes será desde del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOJA y hasta el 31 de octubre de 2023)
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicita y tramita en línea.Presencialmente
Formularios
- Anexo III. Solicitud de participación del alumnado. Subvenciones para el desarrollo de programas formativos de formación profesional para el empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
Nº: 005556/A03 (Obligatorio) - Anexo I. Solicitud. Subvenciones para el desarrollo de programas formativos de formación profesional para el empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
Nº: 005556 (Obligatorio) - Anexo II. Formulario de alegaciones, aceptación y presentación de documentos. Subvenciones para el desarrollo de programas formativos de formación profesional para el empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
Nº: 005556/A02 (Obligatorio)
Documentación
Documentación a presentrar en el momento de la solicitud:
1. En caso de subcontratación de la impartición de la formación, la solicitud de autorización previa del órgano concedente establecida en el artículo 29, apartados 3 y 7.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el contrato o convenio que se prevé formalizar entre la empresa y la entidad de formación.
2. Para el supuesto de que la solicitud se presente a través de persona representante apoderada, que no sea representante legal, habrá de presentarse apoderamiento electrónico o documento que acredite dicho apoderamiento.
Requisitos
1.Haber desarrollado actividad económica durante, al menos, un año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
2.No haber obtenido un volumen anual de negocios negativo durante el ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
3.Disponer, bien por sí misma o con acuerdo con entidad de formación, de instalaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debidamente inscritas y/o acreditadas para la impartición de las especialidades formativas solicitadas en su programa formativo, y de los recursos humanos adecuados, de acuerdo con la normativa reguladora.
4.Presentar su programa formativo con el compromiso de contratación de acuerdo con las condiciones y con la información establecida en el artículo 28 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio y en la correspondiente convocatoria.
5.En los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, la entidad beneficiaria no ha podido resolver contratos de trabajo con personal de su plantilla a voluntad propia de la persona empleadora. A estos efectos, no serán computables las extinciones de contrato de trabajo por el transcurso de tiempo convenido, causas objetivas o despidos disciplinarios declarados o reconocidos como procedentes, ni las bajas producidas por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
6.Se deberá garantizar lo establecido en el apartado 1.4, salvo que por circunstancias debidamente acreditadas por la entidad beneficiaria, y valoradas por el órgano competente para resolver, no sea posible esa participación paritaria, debiendo quedar justificado este extremo en la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
Plazo de justificación
Plazo:
Condicionado
El plazo de justificación no será superior a 3 meses tras la finalización del programa formativo
Normativa
- Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca, para el año 2023, la concesión de las subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
- Extracto de la Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
- Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Dirección General de Formación Profesional para el Empleo (Cód.: A01014031).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Seguimiento
En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.
Estado de tramitación:¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de sus datos la podrá encontrar en las siguientes direcciones electrónicas:
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/172024
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/172025