¿Quiénes tienen preferencia?

  • Las solicitudes de la ayuda general se dividirán en tres grupos atendiendo a los ingresos de la Unidad de Convivencia. El grupo 1 lo compondrán las de menores ingresos y el grupo 3 las de mayores ingresos. Puede consultar la clasificación por grupos y la fórmula del cálculo para ser incluido en cada uno de ellos.

      Se tramitarán primero las del grupo 1 por riguroso orden de fecha presentación de la solicitud, una vez finalizado el primero se continuará con el segundo y después con el tercer grupo, siempre siguiendo el mismo orden y hasta que se agote el crédito presupuestario.

  • Las solicitudes de la ayuda a jóvenes no se clasificarán por grupos y se tramitarán atendiendo únicamente a la fecha de presentación de solicitud y también hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Si a la fecha del agotamiento de dicho crédito no se puedan atender todas las solicitudes presentadas ese día en una misma Delegación Territorial, se ordenarán con la siguiente priorización:

    1º. Unidades de convivencia que incluyan personas victimas de violencia de género.
    2º. Familias que hayan sido desahuciadas de su vivienda en alquiler por no haber podido hacer frente a las rentas pactadas.
    3º. Mayor valor de la fórmula recogida en el apartado 2.
    4º. Unidades de convivencia que incluyan personas victimas de terrorismo.
    5º. Cualquier otra circunstancia de las contempladas en el artículo 7.4 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

Nota: Estas condiciones deben haberse producido con anterioridad al periodo subvencionable.

Índice