En qué consiste el Sistema Andaluz de lucha contra la ocupación ilegal y de asesoramiento para la protección de la vivienda

Lucha contra la ocupación ilegal de viviendas

La ocupación ilegal de inmuebles es un problema social que se ha venido incrementando en los últimos años y que es motivo de preocupación no solo para los propietarios de las viviendas que pueden verse despojados de ella o recuperarla con daños, sino también de la ciudadanía en general por los problemas de convivencia que genera. En ocasiones estas ocupaciones provocan alteraciones de orden público y quejas vecinales por la actitud incívica de los ocupantes, lo que ha conllevado la organización de patrullas vecinales que se enfrentan a los ocupas, en su afán de conseguir por sus propios medios lo que se les dificulta acudiendo a las vías legalmente previstas.

Por otra parte, en los últimos tiempos se viene detectando la existencia de mafias o bandas organizadas que apoyan estos movimientos con fines lucrativos, pues exigen contraprestaciones tanto a los ocupantes, por localizar inmuebles susceptibles de ocupación y asesorarles en el proceso, como a los propietarios para lograr el desalojo de aquéllos.

Ante estas circunstancias, el objetivo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía es conseguir que Andalucía sea una tierra libre de ocupas, donde se pueda vivir con tranquilidad y seguridad.

Para ello, se pone a disposición de las personas que se encuentren en alguna de las situaciones expuestas una Guía informativa frente a la ocupación ilegal, a fin de clarificar las posibles casuísticas y facilitar la respuesta jurídica idónea, sin olvidar que la singularidad de cada caso será determinante en el proceso.

Existen diferentes procedimientos para luchar contra esta problemática social, y la elección de uno u otro puede acelerar o ralentizar el trámite jurídico. Por ello, además en la Guía se explican las diferentes condiciones de partida que determinan qué vía seguir de cara a conseguir la restitución de la legítima propiedad.

Además, el Sistema Andaluz de lucha contra la ocupación ilegal y de asesoramiento para la protección de la vivienda atenderá a las víctimas de dichas ocupaciones que recibirán atención personalizada y asesoramiento sobre las diferentes vías para lograr el desalojo de la vivienda.

Asesoramiento para la Protección de la Vivienda

La importancia que la vivienda tiene para los ciudadanos es innegable. La misma no solo es un ámbito que proporciona un alojamiento adecuado, sino también la posibilidad de llevar a cabo un proyecto de vida personal y familiar desde el que se garantice la dignidad humana. Por ello, la pérdida forzosa de la misma atenta directamente contra lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos así como en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, que también consagra el derecho a la vivienda como base necesaria para el pleno desarrollo de los demás derechos constitucionales y estatutarios.

El Plan Vive en Andalucía de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, aprobado por el Decreto 91/2020, de 30 de junio, destina su capítulo III al programa Protección de personas afectadas por desahucios, “Nadie sin hogar”, cuyo objeto es proporcionar la información y asesoramiento a las personas incursas en procedimientos de desahucio por ejecución hipotecaria de su vivienda habitual y permanente.

Este programa se configura como un servicio de atención gratuita y personalizada a la ciudadanía, que proporciona información y asesoramiento a aquellos sectores de población con más dificultades económicas, que se han visto en riesgo de perder su vivienda habitual por impago de la hipoteca o de las rentas de alquiler.

El Sistema prevé el desarrollo de estrategias de ayuda que abarcan los diferentes momentos temporales en relación a la vida de un contrato de hipoteca o alquiler y que son identificados con los siguientes tipos de acciones:

  • Prevención. Antes de la contratación de la hipoteca o el alquiler, tendente fundamentalmente a la orientación del consumidor en cuanto a la asunción de compromisos de pago asumibles; o una vez contratado, cuando el ciudadano se encuentra con dificultades para el pago, en cuyo caso se ofrece información y asesoramiento.
     
  • Intermediación. Cuando se produce impago de la hipoteca, y a partir del principio jurídico “pro consumidor”, se intermedia con las entidades financieras para la búsqueda de soluciones que posibiliten el mantenimiento de la vivienda, el reintegro del préstamo o, en todo caso, llegar a la solución menos gravosa para las familias, asesorándolas para garantizar las mejores condiciones posibles para la reestructuración de las deudas contraídas y la recomposición de la economía familiar.
     
  • Protección. Tras la pérdida de su domicilio habitual, como consecuencia de una ejecución hipotecaria o por morosidad del pago del alquiler con causas objetivas y justificadas. Cuando ésta circunstancia sitúe a las familias en grave riesgo de exclusión social se les informa y asesora sobre el cumplimiento de requisitos para obtener beneficios, prestaciones o recursos, así como la interlocución con las entidades financieras en la búsqueda de una alternativa a la vivienda habitual.

O en su caso, derivarlos al Parque  Público de Viviendas de  AVRA, previa obtención del informe de vulnerabilidad y su  exención del procedimiento de  adjudicación del Registro de Demandantes.

Índice