Corresponderá la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales reguladas en el título II del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, a la Delegación Territorial de la Consejería en la provincia en la que el interesado tenga su domicilio, en la provincia en la que desarrolle su actividad profesional o en la provincia en la que hayan cursado los programas formativos necesarios para acceder a la certificación.
La solicitud se realizará conforme al modelo aprobado por la Resolución 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, debiendo adjuntarse a la misma los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se establecen en el anexo I del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
Una vez comprobada la documentación, si ésta se considera suficiente, el órgano competente emitirá un certificado, que tendrá validez temporal indefinida.
El Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, establece las siguientes categorías para las certificaciones personales:
Mediante la Resolución de 19 de junio de 2017 , de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias y se aprueban modelos de solicitud en relación con el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, se designan las Delegaciones Territoriales de esta Consejería como competentes para la tramitación y la resolución de los certificados de personas previstos en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
Con la Resolución de 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se actualiza el modelo de solicitud de certificación de profesionales que instalan, mantienen, revisan o manipulan equipos o sistemas que contienen determinados gases fluorados de efecto invernadero, incluido como Anexo I de la Resolución de 19 de junio de 2017, adaptándolo a la Orden PRA/905/2017.
Para obtener dicha certificación las personas interesadas tendrán que cumplir los requisitos recogidos en la siguiente tabla, diferenciados según las distintas categorías, aportando en todo caso los documentos que así lo acredite:
Así mismo, deben presentar la siguiente documentación:
Para la certificación es necesaria una formación adecuada y/o experiencia profesional acreditada, para ello es necesario presentar, según el caso, alguno de los siguientes documentos:
La Dirección General de Industria, Energía y Minas, mediante la Resolución de 19 de junio de 2017, ha habilitado el procedimiento para la autorización de los centros previstos en el artículo 8.2 del Real Decreto 115/2017 para impartir y evaluar los programas formativos de su anexo II.
En esta web se informará de los centros que se vayan autorizando.