Tasa por servicios académicos

Según la Disposición Derogatoria única de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, hasta que no se apruebe la Orden que va a regular como precios públicos estas materias, sigue en vigor lo establecido en el capítulo I del Título VIII y Anexo VII de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los importes son los siguientes teniendo en cuenta la Actualización 2024 (artículo 39, Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.)

 

Tasa por servicios académicos Cuota Tributaria
2. Enseñanzas de música y danza correspondientes a la nueva ordenación del sistema educativo (enseñanzas establecidas en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo) Música y danza

Grado elemental (importes en negrita)

Grado medio (importes sin negrita)

2.1 Alumnos de centros públicos  
  2.1.1 Apertura de expediente 21,50 // 21,50
  2.1.2 Curso completo (por cada asignatura) 42,95 // 51,57
  2.1.3.Asignaturas pendientes 51,57 // 60,18
  2.1.4. Pruebas de acceso     0 // 38,68
  2.1.5. Servicios generales 8,6 // 8,6
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