Autorización de empresas o entidades para la venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico (EVAT).

Información general

Título formal:

Autorización de empresas o entidades para la venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico (EVAT).

Código:
14323
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Empresas
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
30/04/2018

Descripción

Cualquier actuación relacionada con la venta y asistencia técnica de los equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico, incluida su importación, deberá ser realizada por empresas o entidades de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico (EVAT), que precisan de autorización administrativa, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), para la realización de dichas actividades.

Se considera venta la puesta en el mercado, sea con destino a los usuarios finales o a intermediarios, de equipos de rayos X nuevos o usados. Cualquier negocio jurídico como permuta, cesión, donación, alquiler u otro por el que se entregue a una instalación de diagnóstico un equipo de rayos X, incluso entre particulares, se considera venta a los efectos del Reglamento.

Se considera asistencia técnica cualquier actividad de instalación, montaje y mantenimiento preventivo o correctivo, de equipos de rayos X de diagnóstico médico, así como el desmantelamiento y destrucción de equipos.

El procedimiento para la autorización de estas empresas está regulado en el capítulo II del Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico médico, aprobado por Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio. En la Guía de Seguridad 5.9 – Documentación para solicitar la autorización e inscripción de empresas de venta y asistencia técnica de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico, se dan además formularios para la elaboración de la solicitud y se detalla la documentación necesaria. Esta guía se puede consultar en la página web del Consejo de Seguridad Nuclear:

https://www.csn.es/empresas-de-venta-y-asistencia-tecnica-de-equipos-de-rayos-x-medicos

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Requisitos

La autorización como EVAT implica para el titular una serie de obligaciones que se enumeran en el art. 11 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio. A modo de resumen:

  • Cumplir con el condicionado contenido en la autorización de la empresa.

  • Cumplir, en su caso, con las obligaciones de protección radiológica de los trabajadores expuestos y el público.

  • Efectuar la venta de equipos de rayos X a intermediarios sólo en el supuesto de que éstos también estén autorizados como EVAT.

  • Contemplar en los contratos de venta la eventualidad de que la declaración de una instalación de rayos X sea rechazada, en cuyo caso la EVAT deberá hacerse cargo nuevamente de los equipos.

  • Registrar todas las operaciones de venta, asistencia técnica y retorno de equipos, incluidos los que se retiren de uso..

  • Entregar los equipos vendidos al titular de las instalaciones de rayos X de diagnóstico médico con un certificado de pruebas de aceptación.

  • Efectuar una verificación a continuación de cualquier intervención o reparación en un equipo de rayos X, y documentarla en un certificado de restitución a las condiciones de funcionamiento previas a la avería.

  • Archivar, por un periodo mínimo de cinco años, copia de los certificados expedidos, de las pruebas de aceptación de equipos vendidos, de las operaciones de asistencia técnica y de los certificados de destrucción de equipos.

  • Enviar al Consejo de Seguridad Nuclear, en el primer trimestre de cada año natural, un informe de actividades del año precedente.

Documentación

  • La documentación a presentar para solicitar la autorización como EVAT, se indica en el artículo 9 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio.

Atendiendo a las actividades (venta y/o asistencia) para las que se solicita autorización se puede requerir documentación diferente, como se detalla en la Guía de Seguridad 5.9 – Documentación para solicitar la autorización e inscripción de empresas de venta y asistencia técnica de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico, donde se dan además formularios para la elaboración de la solicitud y se pormenoriza la documentación necesaria.

  • Documento acreditativo del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de industria, energía y minas, tarifa 12.2 (Autorización de empresas o entidades para la venta, asistencia técnica o importación de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico), realizado a través del modelo 046

    Para la cumplimentación del modelo 046 se deberán seguir las instrucciones de cumplimentación de dicho modelo, con especial atención a las siguientes indicaciones:

    Obligado al pago: Se deben indicar los datos identificativos de la persona física o jurídica que solicita la prestación del servicio sujeto a la tasa.

    Autoliquidación: Se debe marcar siempre esta opción.

    Descripción: Se debe detallar el hecho imponible u otros datos que faciliten la identificación de la solicitud.

    Fecha de devengo: Indicar la fecha de la solicitud/declaración/comunicación objeto de la tasa.

    Total importe: 93,33 euros.

    Indicar el importe completo de la tarifa, sin descontar la posible bonificación por pago electrónico (*).

    (*) Conforme al artículo 12.2 de la Ley 10/2021, la presentación y pago de la autoliquidación por medios electrónicos da derecho a una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3 € y máximo de 70 €. Esta bonificación se le aplicará automáticamente al seleccionar el pago electrónico siempre que marque la casilla solicitando que se aplique dicha bonificación.

    Código territorial: seleccionar en este apartado PI0060 - SG. INDUSTRIA Y MINAS

    Concepto de pago: Seleccionar 0007 (TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS).

    Más información: Cuadro de tarifas vigentes con sus importes

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185429.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es Calle Johannes Kepler, 1,  Isla de de la Cartuja, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de las solicitudes de autorización de EVATS (empresas o entidades para la venta o asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos x de diagnóstico médico)

Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y el Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

La aportación de los datos es requisito indispensable para la tramitación de la autorización.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos al Ministerio competente en materia de Energía y al Consejo de Seguridad Nuclear .

No están previstas transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 06/06/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Pagos

  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 14/12/2022 Se ha modificado el campo: Órgano de Tramitación

  • 14/12/2022 Se ha modificado el campo: Órgano de Resolución

  • 09/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 19/02/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 08/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 09/04/2024
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