Servicios de atención residencial

El Servicio de Atención Residencial es aquel que ofrece, desde un enfoque biopsicosocial, servicios continuados de carácter personal y sanitario.

Al igual que en el caso del Servicio de Centro de Día, existen distintos tipos de servicios especializados según la tipología de la situación de dependencia:

  • Servicio de Atención Residencial para personas mayores.
  • Servicio de Atención Residencial para personas con discapacidad.

SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

El Servicio de Atención Residencial para personas mayores en situación de dependencia se presta en centros de carácter social que, como sustitución del hogar familiar, ofrecen alojamiento, convivencia y atención integral.

Existen dos modalidades de prestación de este servicio:

  • Servicio de Atención Residencial en Centros para personas mayores asistidas.
  • Servicio de Atención Residencial en Psicogeriátrico para personas mayores.

Actuaciones que ofrece el servicio.

Las personas usuarias del Servicio de Atención Residencial tendrán garantizadas las siguientes prestaciones: atención a la salud, estimulación de las capacidades biopsicosociales y ayuda en el desarrollo de las actividades de la vida diaria.

Para ello, los centros deberán ofrecer los siguientes servicios: alojamiento, lavandería, actividades de promoción de la salud y medidas higiénico-sanitarias, seguimiento sanitario, ayudas en el desarrollo de actividades de la vida diaria, atención social individual, grupal y comunitaria, atención social familiar y comunicación con el exterior.

Estos servicios deberán adaptarse a las necesidades concretas de cada persona con arreglo a su grado de dependencia.

Intensidad del servicio.

La prestación de este servicio está garantizada todos los días del año y durante las 24 horas del día.

Perfil de persona a la que está destinado.

El Servicio de Atención Residencial para personas mayores asistidas está indicado, con carácter general, para personas mayores de 65 años en situación de dependencia en grado II (dependencia severa) o III (gran dependencia).

El servicio de Atención Residencial en Psicogeriátrico para personas mayores está orientado hacia personas mayores de 65 años en situación de dependencia en grado II (dependencia severa) o III (gran dependencia), en aquellos casos en los que a la situación de dependencia se suma la existencia de trastornos graves y continuados de conducta.

Régimen de compatibilidad.

El Servicio de Atención Residencial es incompatible con el resto de servicios y prestaciones del catálogo.

Criterios de participación en la financiación.

La participación en la financiación del servicio por parte de la persona usuaria estará condicionada por su capacidad económica en los términos previstos en las disposiciones vigentes. Deberán aportar el 75% de sus ingresos líquidos anuales, excluidas las pagas extraordinarias.

Esta aportación nunca podrá superar el 90% del coste del servicio.

SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

El Servicio de Atención Residencial para personas con discapacidad en situación de dependencia se presta en centros residenciales destinados a servir de hogar sustitutorio, de forma temporal o permanente, a personas que por su grado de discapacidad, unido a su problemática socio-familiar y económica, tengan dificultades para ser atendidas en su unidad de convivencia o no puedan vivir de forma independiente.

Existen las siguientes modalidades de servicios:

  • Servicio de Atención Residencial para personas gravemente afectadas por discapacidad intelectual: Atiende de forma integral a personas con discapacidad intelectual que precisen la ayuda generalizada de otras personas para realizar las actividades de la vida diaria y que no pueden ser atendidas en su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial para personas adultas: Presta atención integral a personas con discapacidad con cierta autonomía personal que tienen dificultades para la integración social y familiar en su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial para personas gravemente afectadas por discapacidad física y/o visual o parálisis cerebral: Atiende de forma integral a personas con discapacidad física y/o parálisis cerebral que precisen la ayuda generalizada de otras personas para realizar las actividades de la vida diaria y que no pueden ser atendidas en su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial para personas con trastorno del espectro autista: Atiende de forma integral a personas con trastorno del espectro autista que precisen la ayuda de otras personas para realizar las actividades de la vida diaria y que no pueden ser atendidas en su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial para personas psicodeficientes: Orientado hacia aquellas personas con discapacidad intelectual con alteraciones graves y continuadas de conducta que no remiten con tratamiento ambulatorio y/o en unidades de agudos, y cuyas circunstancias familiares, sociales y económicas son tan graves que no pueden ser atendidas por su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial en Casas-Hogar para personas con enfermedad mental: Servicio dirigido a personas con escaso nivel de autonomía personal como consecuencia de una enfermedad mental, debiendo garantizar la cobertura de sus necesidades de atención no sanitaria y con una función sustitutoria del hogar familiar.
  • Servicio de Atención Residencial en Viviendas tuteladas para personas con discapacidad: Unidades de alojamiento ubicadas en edificios o zonas de vivienda normalizadas, destinadas a aquellas personas con discapacidad con un grado suficiente de autonomía, y que tengan dificultad para una integración social y familiar en su unidad de convivencia.
  • Servicio de Atención Residencial en Viviendas supervisadas para personas con enfermedad mental: Unidades de alojamiento y convivencia ubicadas en edificios o zonas de viviendas normalizadas, destinadas a personas con enfermedad mental que posean un grado suficiente de autonomía personal, por lo que no precisan personal específico durante las 24 horas. Cuentan con la distribución de espacios de una vivienda familiar y están dotadas de todo el equipamiento y servicios necesarios para las personas que las habitan.

Actuaciones que ofrece el servicio

El Servicio de Atención Residencial ofrece a las personas usuarias alojamiento, manutención, higiene personal y todas aquellas actividades que no puedan realizar por sí mismas, así como, en su caso, atención sanitaria y psicosocial. A tal efecto, cada persona usuaria cuenta con un programa individual de desarrollo personal: estimulación sensitivo-motriz, psicomotricidad, comunicación, actividades de vida diaria y terapia ocupacional en función de sus necesidades.

Intensidad del servicio.

La prestación de este servicio se garantiza todos los días de año y las 24 horas del día.

Perfil de persona a la que está destinado.

La persona destinataria de este servicio debe tener reconocida una situación de dependencia en grado II o III y hallarse afectada por discapacidad intelectual, física, parálisis cerebral, trastornos del espectro autista, alteraciones graves de conducta o cualquier otro tipo de discapacidad que fuera necesario atender en este régimen.

Debe tener entre 16 y 65 años, límite superior que no se tendrá en cuenta en el caso de personas con discapacidad intelectual.

Régimen de compatibilidad.

El Servicio de Atención Residencial sólo es compatible con el Servicio de Centro de Día con Terapia Ocupacional.

Criterios de participación en la financiación.

La participación en la financiación del servicio por parte de la persona usuaria estará condicionada por su capacidad económica en los términos previstos en las disposiciones vigentes. Deberán aportar el 75% de sus ingresos líquidos anuales, excluidas las pagas extraordinarias.

Esta aportación nunca podrá superar el 90% del coste del servicio.

Teléfono
955048000
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