Procedimiento para la concesión de subvenciones para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. Línea 8. (Bases reguladoras 2018)
Información general
Procedimiento para la concesión de subvenciones para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. Línea 8. (Bases reguladoras 2018)
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Las subvenciones reguladas en el presente cuadro resumen tienen por objeto la realización de programas dirigidos a reflejar la realidad LGTBI en la sociedad actual, de manera que situaciones de discriminación de las personas LGTBI y sus familiares se hagan visibles en la sociedad. Igualmente tiene por objeto el mantenimiento de las entidades LGTBI mediante el sostenimiento de las sedes y de la actividad ordinaria de las mismas.
RELACIÓN DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES EN LA PRESENTE CONVOCATORIA (2020)
1. Jornadas divulgativas y encuentros dirigidos a dar a conocer la realidad de las personas lesbianas, gays, personas trans, bisexuales e intersexuales, así como de sus familiares en cualquier sector de actividad.
2. Campañas que fomenten la sensibilización y concienciación de la sociedad andaluza en relación a la realidad de las personas LGTBI y sus familiares.
3. Formación sobre temas LGTBI y situaciones que puedan afectar a sus familiares, dirigida a la sociedad en general y a profesionales de cualquier ámbito de actuación, público o privado, a través de jornadas, cursos, seminarios u otros.
4. Elaboración de guías y/o manuales dirigidos a la sociedad en general, así como a las administraciones públicas y/o empresas, destinadas a la sistematización y conocimiento de los recursos y normas existentes en materia LGTBI
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
Requisitos
4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, período de mantenimiento y excepciones (Artículo 3):
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Para los conceptos subvencionables descritos en los apartados 2.a)1 y 2.a)2 del presente cuadro resumen, las entidades en cuyos estatutos esté previsto que sean LGTBI y que entre sus principales destinatarios se encuentre dicho colectivo o sus familiares.
4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a) Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Estar legalmente constituidas. Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, tener los Estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, puntos 1 y 3 en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para el resto de Fundaciones, la obligación de inscripción y actualización irá referida al registro que por su ámbito le corresponda.
c) Cumplir con las obligaciones en materia de autorización y registro establecidas en Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales de Andalucía. La acreditación del cumplimiento de este requisito se verificará dejando constancia en el expediente de los datos que facilite el Registro de Entidades de Servicios Sociales de Andalucía, referentes a la inscripción de la entidad en el mismo.
d) Carecer de fines de lucro.
4.b) Período o períodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde el último día del plazo de presentación de solicitudes hasta la completa justificación de la subvención concedida.
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: no procede.
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3 del Texto Articulado:
En atención a la naturaleza de la subvención y el sector de personas a que se destina, se exceptúa de la aplicación del artículo 3.3 del texto articulado de la Orden de 5 de octubre de 2015, en los aspectos relativos a:
a) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
b) No hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegros de subvenciones.
c) Tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Documentación
Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II (Artículo 17):
En caso de que no haya sido aportada junto con la solicitud, deberá presentarse la siguiente documentación:
- Fotocopia de los estatutos de la entidad inscritos en su correspondiente registro o documentación acreditativa de encontrarse en proceso de inscripción. Para el caso de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, certificación acreditativa de tener los estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, puntos 1 y 3 en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para el resto de las fundaciones, dicha certificación deberá ser expedida por el registro que por su ámbito le corresponda.
- Fotocopia del certificado de inscripción de la composición de la Junta Directiva de la entidad solicitante inscrita en su correspondiente registro o documentación acreditativa de encontrarse en proceso de inscripción.
- Certificado actualizado del número de socios/as pertenecientes a la entidad.
- Para el caso de las fundaciones, acreditación de la presentación en el correspondiente registro de las cuentas anuales de la fundación.
- Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.
- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Documento acreditativo de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante.
- En caso de cofinanciación con fondos propios, certificado suscrito por el órgano unipersonal o colegiado que tenga competencia para ello, del compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios para el desarrollo de la actuación subvencionada.
- En caso de cofinanciación con fondos ajenos, documentación acreditativa de la misma.
- En su caso, certificación de la implantación de un plan de calidad o documentación acreditativa de estar en proceso de elaboración.
- En su caso, documentación acreditativa de la existencia de enfoque integrado de género en el programa.
A) Para la modalidad de mantenimiento:
En caso de reformulación, memoria adaptada que incluya el programa a realizar debidamente cumplimentado, así como el presupuesto reformulado, detallando los ingresos y gastos y el desglose de conceptos y partidas, conforme al apartado 6 del Anexo I.
B) Para la modalidad de programas:
En caso de reformulación, memoria anual de ingresos y gastos adaptada, así como el presupuesto reformulado, detallando los ingresos y gastos y el desglose de conceptos y partidas, conforme al apartado 6 del Anexo I.
Plazo de Inicio
- 21/07/2020 - 10/08/2020 (Quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA)
Normativa
- Orden de 14 de julio de 2020, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2020
- Extracto de la Orden de 14 de julio de 2020, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2020.
- Extracto de la Orden de 13 de junio de 2019, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2019.
- Orden de 13 de junio de 2019, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de esta Consejería, para el ejercicio 2019.
- Orden de 25 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de adicciones, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
- Corrección de errores a la Orden de 25 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de adicciones, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social y voluntariado, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (BOJA núm. 82, de 30.4.2018).
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2020
20/04/2020. Nota informativa sobre el estado de alarma11/12/2020. Resolución definitiva de concesión
25/09/2020. Requerimiento de subsanación subvenciones LGTBI
21/10/2020. Propuesta de resolución provisional
2019
13/09/2019. SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias08/11/2019. Nota informativa en relación con la propuesta de resolución
08/11/2019. Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación
29/11/2019. Rectificación errores propuesta provisional de resolución
30/12/2019. Resolución dictada por el Director General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones
2018
07/09/2018. SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.05/07/2018. SSCC: Modalidad de Programas: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
05/07/2018. SSCC: Modalidad de Mantenimiento: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
13/12/2018. SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Resolución dictada por la Directora General de Participación Ciudadana y Voluntariado por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones
26/09/2019. Manual de instrucciones para la justificación y anexos
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/213392.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
13/12/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Resolución dictada por la Directora General de Participación Ciudadana y Voluntariado por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones
19/10/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Mantenimiento: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
19/10/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
19/10/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
13/12/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Resolución dictada por la Directora General de Participación Ciudadana y Voluntariado por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones
19/10/2018 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado
19/10/2018 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias.
02/11/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento
30/11/2018 Se ha publicado: Modalidad Programas y mantenimiento: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación.
28/03/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano competente en la materia
29/11/2019 Se ha publicado: Correccion errores resolucion provisional
15/11/2019 Se ha publicado: Nota informativa: reformulación
13/09/2019 Se ha publicado: SSCC: Modalidad de Programas y Mantenimiento: Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias
08/11/2019 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución y trámite de audiencia, reformulación y presentación de documentación acreditativa y aceptación
08/11/2019 Se ha publicado: Nota informativa en relación con la propuesta de resolución
30/12/2019 Se ha publicado: Resolución dictada por el Director General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones
20/04/2020 Se ha publicado: Nota informativa sobre el estado de alarma
21/10/2020 Se ha publicado: Propuesta de resolución provisional
21/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
25/09/2020 Se ha publicado: Requerimiento de subsanación subvenciones LGTBI
11/12/2020 Se ha publicado: Resolución definitiva de concesión