Elección de las vocalías que integrarán el Pleno del Consejo Andaluz LGTBI en representación de las entidades

Información general

Título formal:

Elección de las vocalías que integrarán el Pleno del Consejo Andaluz LGTBI en representación de las entidades

Código:
21600
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
02/04/2024

Descripción

Elección de las vocalías que integrarán el Pleno del Consejo en representación de las entidades previstas en el artículo 6.1. párrafo g) del Decreto 9/2020, de 30 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Andaluz LGTBI

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 9/2020, de 30 de enero, podrán presentar candidatura a vocalía del Consejo Andaluz LGTBI, en representación de las personas LGTBI, aquellas entidades a las que se refiere el artículo 11.1 del decreto que reunan todos los requisitos siguientes:

 

a) Ser una entidad privada, sin ánimo de lucro y de carácter social, con forma jurídica de asociación, federación o fundación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3 del decreto y una antigüedad desde su constitución al menos de cinco años para las asociaciones y de dos para las federaciones de asociaciones LGTBI y fundaciones.

 

b) Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Andalucía, o en el Registro Nacional de Asociaciones con delegacion en Andalucía y en el Registro de fundaciones en el caso de las fundaciones.

 

c) Tener contemplado en sus Estatutos como principales fines y objetivos, de conformidad con lo establecido en el art. 11.3 del Decreto 9/2020, de 30 de enero, algunos de los siguientes:

 

- Atención, promoción o mejora de la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, en el caso de las Federaciones de asociaciones LGTBI, fundaciones y asociaciones LGTBI a las que se refiere el artículo 11.3.a) y b) del decreto.

- Atención, promoción, investigación o acción para la defensa de los Derechos Humanos, en el caso de caso de asociaciones a las que se refiere el artículo 11.3 c) del decreto..

- Atención, promoción, investigación o acción contra el VIH/SIDA y otras Enfermedades de Transmisión sexual (ETS), a las que se refiere el artículo 11.3 d) del decreto..

- Atención, promoción, investigación o acción para la defensa de las familias e infancia LGTBI, a las que se refiere el artículo 11.3 e) del decreto..

- Atención, promoción, investigación o acción para la defensa de las familias e infancia de menores transexuales, a las que se refiere el artículo 11.3 f) del decreto..

- Atención, promoción, investigación o acción para la defensa de las personas LGTBI, en el caso de Asociaciones cuyo ámbito exclusivo de actuación sea el entorno rural, entendiendo éste como el de los municipios inferiores a 50.000 habitantes, a las que se refiere el artículo 11.3 g) del decreto..

d) Tener domicilio o delegación autónoma en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentación

1. Las solicitudes de participación se acompañará de la siguiente documentación:

 

a) Copia de los estatutos de la entidad y, en su caso, de sus modificaciones, vigentes en la fecha de la solicitud.

 

b) Certificación del registro correspondiente, acreditativa de la actual composición del órgano de representación, con los datos de identificación de sus representantes.

 

c) Relación y acreditación de las actividades, proyectos y programas en materia de defensa de la garantía de los derechos y la igualdad de trato por razón de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), ejecutados subvencionados o contratados con la Junta de Andalucía durante los últimos diez años, detallando de cada proyecto: la denominación, breve resumen, localización geográfica, presupuesto total, financiación recibida de las distintas entidades financiadoras.

 

d) Relación y acreditación de reconocimientos científicos y distinciones por investigación, universitarios, o académicos obtenidos en defensa de la garantía los derechos y la igualdad de trato por razón de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y de sus familiares, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con las limitaciones indicadas en el punto 2 c) del apartado quinto de esta Orden.

 

d) Acreditación de las circunstancias similares a las que se refiere el punto 2 d) del apartado quinto de esta Orden.

 

e) Acreditación de la presencia activa de la entidad, a la que se refiere el punto 1 del apartado quinto de esta Orden.

Plazo de Inicio

  • 03/04/2024 - 16/04/2024 (Plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/395596.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/04/2024 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar

  • 03/04/2024 Orden de 25 de marzo de 2024, de convocatoria pública para la elección de las vocalías que en representación de las entidades LGTBI y otras entidades asociativas que integran el Consejo Andaluz LGTBI y para la Vicepresidencia segunda del Pleno de este Consejo. correspondiente a la provincia de Sevilla

  • Última actualización: 05/04/2024
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