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Directo a Justicia Gratuita. Solicitud de reconocimiento Bolsas de Trabajo de Personal Laboral Inscripción en el Registro de Asociaciones de Andalucía
Resultado de la simulación Pregunta 1 1. ¿Eres víctima de violencia de género, de terrorismo o de trata de seres humanos, y solicitas la justicia gratuita para un proceso que está vinculado o relacionado con tu condición de víctima?SíNoPregunta 2 2. ¿Eres menor o persona con discapacidad psíquica, y solicitas la justicia gratuita para un proceso que tiene que ver con tu condición de víctima de situación de abuso o maltrato?SíNoPregunta 3 3. ¿Has sufrido un accidente que te ha dejado secuelas permanentes acreditadas, y requieres la ayuda de otra persona para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, y solicitas la justicia gratuita para reclamar indemnización por los daños personales y morales sufridos?SíNoPregunta 4 4. ¿Cuántas personas forman tu unidad familiar?(se entiende por unidad familiar la constituida por cónyuges no separados legalmente o por el padre o la madre y los hijos menores que convivan con ellos. Además, se equiparan las parejas de hecho inscritas legalmente al matrimonio)12 ó 34 ó másPregunta 55. Introduce tu salario bruto anual y el de la unidad familiarSolicitante: Cónyuge: Hijos: Pregunta 66. Introduce otros recursos o ingresos brutos percibidos por cualquier otro concepto (arrendamientos, intereses de cuentas...)Otros recursos: Pregunta 7 7. ¿Tienes alguna propiedad inmueble, además de tu vivienda habitual, inscrita a tu nombre o al de tu cónyuge o pareja?¿Y depósitos bancarios o acciones?SíNoPregunta 8 8. ¿Te encuentras en alguna de las circunstancias especiales descritas en el artículo 5 de la Ley 1/1996 de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita? (circunstancias familiares, número de hijos o personas a tu cargo, costes derivados del proceso, tasas judiciales, familia numerosa de categoría especial, por circunstancias de salud, personas con discapacidad y personas que los tengan a su cargo...)Nota aclaratoria: La valoración de esta circunstancia excepcional es competencia de la comisión de asistencia jurídica gratuita.SíNo