Subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes

Información general

Título formal:

Subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes

Código:
1516
Organismo:
Justicia, Administración Local y Función Pública
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
17/04/2009

Descripción

Concesión de subvenciones por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a la financiación de los gastos corrientes de las mismas.

*NOTA: Estas bases reguladoras se encuentran actualmente derogadas. Las próximas convocatorias se tramitarán conforme a las nuevas bases reguladoras reguladas en la Orden de 11 de Enero de 2023. (BOJA Nº 8 DE 13/01/2023).

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

(Cumplir las obligaciones requeridas en la norma para los beneficiarios)

(No estar incurso en los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario)

Organizaciones Sindicales legalmente constituidas que, tras las últimas elecciones, tengan presencia en los ámbitos del personal laboral y del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía. (Entidades recogidas en la norma)

(Justificación del gasto)

Documentación

Presupuesto detallado y desglosado de los gastos (Presupuesto)

Memoria justificativa de la actividad que se pretenda realizar (Memoria/s explicitada/s en la norma)

Plazo de Inicio

  • 15/01/2022 - 15/03/2022 (Del 15 de enero al 15 de marzo de cada año.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Última actualización: 19/02/2024
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