Subvenciones destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero

Información general

Título formal:

Subvenciones destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero

Código:
24688
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
16/06/2021

Descripción

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en estas bases reguladoras las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español, en las que concurran los requisitos establecidos en artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010 de 4 de mayo.

Con estas subvenciones se pretende mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en países extranjeros. Dicho ámbito territorial será establecido en cada Convocatoria. Dichas personas han de ostentar o estar en disposición de obtener, la nacionalidad española y la condición política de andaluz o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Serán subvencionable aquellos gastos que no se encuentren cubiertos por el sistema sanitario público o por el sistema de servicios sociales del territorio donde se produzca la situación de extrema necesidad, o por otras
subvenciones y ayudas públicas o privadas de análoga naturaleza que sean necesarios para mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, como son:

1. Pago de medicamentos.
2. Pago de los gastos hospitalarios necesarios en el contexto de una intervención quirúrgica.
3. Pago de alquileres, de agua y luz (suficiencia energética) y cesta básica de alimentos en casos de
extrema necesidad. Para la definición de cesta básica de alimentos seguiremos el concepto de
seguridad alimentaria de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación
(FAO) que estima se consigue cuando la persona tiene acceso físico y económico a suficiente alimento,
seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de
llevar una vida activa y sana.
4. Pago de asistencia social, jurídica y psicológica de las personas presas andaluzas, las mujeres
andaluzas en situación de violencia (incluida trata) y las personas menores de edad andaluzas, en el
exterior.
5. Gastos de gestión, que podrá alcanzar el veinte por ciento sobre el presupuesto aceptado.
6. Gastos de transporte, que podrá alcanzar el treinta por ciento sobre el presupuesto aceptado.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

1. Encontrarse legalmente constituidas y cumplir con los requisitos de inscripción establecidos,en su caso, en el registro público correspondiente a la entidad y exigibles en el lugar donde ejercite su actividad. La entidad deberá regirse por criterios democráticos y de no discriminación.
2. Acoger y/o prestar asistencia social, sanitaria o análoga a las personas contempladas en el punto 1(reuniendo los requisitos del párrafo 3), que se encuentren en situación de necesidad en el extranjero carentes de recursos.
3. Atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de las personas andaluzas en el exterior que cumplan los siguientes requisitos:
- Residir de forma permanente en el extranjero y poseer o estar en disposición de obtener la Tarjeta de Andaluz/a en el Exterior, conforme a lo establecido en el Decreto 303/2011, de 11 de octubre, por el que se crea la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el exterior y se regula el procedimiento para su concesión.
- Carecer de bienes e ingresos que permitan hacer frente a necesidades asistenciales o a situaciones de extrema necesidad (menos del 30% del IPREM en PPA del país correspondiente).

- No pertenecer a ni encontrarse acogidos por organizaciones, comunidades, instituciones que por sus reglas o estatutos estén obligados a prestarles asistencia (no debe entenderse aplicable a la población reclusa o sometida a internamiento).
4. Reflejar en sus estatutos o normas de régimen interno, que entre sus fines se encuentra la realización de actividades relacionadas con el ámbito de la subvención.
5. Disponer de capacidad, solvencia y estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia y recursos necesarios para ello, debiendo presentar, al efecto, una memoria de sus actividades en el último año de funcionamiento.
6. Disponer de experiencia previa en el área de trabajo subvencionable de al menos dos años antes del inicio del procedimiento de la convocatoria de la subvención.
8. Conocer la realidad social del ámbito territorial sobre el que la entidad realiza su actividad, que se reflejará mediante un plan de trabajo de previsión anual.

Documentación

- Solicitud debidamente cumplimentada, con todos los extremos necesarios previstos y exigidos en la convocatoria de la subvención.
- Copia compulsada acreditativa del documento de constitución de la entidad y de los Estatutos que rijan sus fines y actividad y documento, en su caso, de su inscripción registral preceptiva.
- Copia compulsada acreditativa del documento de identidad y título en virtud del cual la persona solicitante actúa en nombre y representación de la entidad.
- Constancia documental o declaración responsable de que la entidad cumple con los requisitos establecidos en el punto 4.
- Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios de actividad.
- Cualquier otra documentación que la entidad considere conveniente para la justificación de su solicitud.

Plazo de Inicio

  • 29/06/2023 - 26/07/2023 (Dispongo cuarto de la Orden de 30 de mayo de 2023)
  • Plazo de aportación de documentos

    20/09/2023 - 03/10/2023

    artículo 26 del Reglamento 2828/2010 de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,

  • Plazo de subsanación

    31/07/2023 - 11/08/2023

    artículo 30 del Reglamento 2828/2010 de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766), Órgano Directivo competente en materia de Comunidades Andaluzas.
En la resolucion
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de atención y apoyo a los andaluces y andaluzas en el exterior.Disposición adicional única.
En la materia
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Subvenciones destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.

Responsable tratamiento de datos: Dirección General de Andalucía Global Avda de la Guardia Civil, 1 (Casa Rosa) 41013 Sevilla andalucesenelmundo.cpidssa@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con el delegado de protección de datos en la siguiente dirección: dpd.cpidssa@juntadeandalucia.es

Finalidad:Los datos proporcionados son necesarios para la gestión de ayudas/subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que atiendan necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero .(https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181265.html)

Datos personales: Datos identificativos. Datos financieros. Datos profesionales. Datos de carácter especial (En su caso, datos de salud de las personas en situación de extrema necesidad en la documentación justificativa)

Cesiones de datos: Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

Transferencias internacionales: No se prevé

Periodo de conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

Base jurídica:Cumplimiento de una obligación legal del responsable, realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos. Estatuto de Autonomía para Andalucía , Ley 8/2006, de 24 de octubre de 2006, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Para el tratamiento de datos de carácter especial de salud de las personas en situación de extrema necesidad concurre la circunstancia recogida en: RGPD: 9.2.h) (Prestación de asistencia social) sobre la base de la Ley 8/2006, de 24 de octubre de 2006, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 19/09/2023 PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN Y APERTURA DE PLAZO PARA TRÁMITE DE AUDIENCIA, REFORMULACIÓN, APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y ACEPTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A ATENDER NECESIDADES ASISTENCIALES Y SITUACIONES DE EXTREMA NECESIDAD EN EL EXTRANJERO, PARA EL AÑO 202 3, CONVOCADO POR ORDEN DE 30 DE MAYO DE 2023

  • 15/11/2023 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANDALUCÍA GLOBAL, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A ATENDER NECESIDADES ASISTENCIALES Y SITUACIONES DE EXTREMA NECESIDAD EN EL EXTRANJERO, PARA EL AÑO 2023, CONVOCADO POR ORDEN DE 30 DE MAYO DE 2023 .

  • Última actualización: 23/04/2024
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