Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.

Información general

Título formal:

Programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano.

Código:
24846
Organismo:
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
14/12/2021

Descripción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con caracter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía, el programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano tiene por objeto promover la atención personalizada a las mujeres de áreas rurales y urbanas y se desarrollará a través de su participación en itinerarios individualizados que combinen acciones de diferente naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación, adquisición de competencias y habilidades transversales, inserción laboral y acompañamiento en el empleo, su capacitación e inserción laboral, fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo.

El Programa constituye una actuación incluida en la Inversión 2, «Empleo Mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» 

 Los objetivos del Programa son:
a) Que las mujeres participantes en el programa residan preferentemente en municipios de menos de 5.000 habitantes.
b) Que las mujeres desempleadas, sean atendidas al amparo del citado Programa con arreglo a las directrices definidas en este decreto-ley.
c) Que el 35% de las participantes en el programa realicen un itinerario individualizado orientado al desarrollo de competencias y empleos verdes.
d) Que el 35% de las participantes en el programa realicen un itinerario individualizado orientado al desarrollo de competencias y empleos digitales.
e) Que, al menos, el 20% de mujeres participantes en el itinerario individualizado en que se materializa dicho Programa logren su inserción profesional, por cuenta propia o
ajena.

A los efectos del Programa se considerará como participante atendida aquella mujer que desarrolle un itinerario personalizado para la mejora de su empleabilidad y acceso al empleo, definido en base al previo diagnóstico de empleabilidad de la misma según lo previsto en el artículo 34.2.a), e integrado por aquellas actuaciones que, tomando como referencia lo dispuesto en el citado precepto y de acuerdo con su perfil, necesidades y expectativas, posibiliten su incorporación al mundo productivo, incluyendo su calendario de realización y su seguimiento.

En todo caso, para obtener la consideración de atendida, además de lo señalado, se deberá acreditar que la participante ha desarrollado, al menos, una actuación de las indicadas en el artículo 34, que haya recibido al menos dos horas de atención individual y que posee los conocimientos de alfabetización digital estipulados al respecto en las convocatorias correspondientes.

A los efectos de este Programa se considerará participante insertada aquella que alcance la consideración de atendida definida en el apartado precedente, y además se incorpore al mercado laboral por cuenta propia o por cuenta ajena cotizando en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, a partir de la fecha en la que disponga de su diagnóstico de empleabilidad y del correspondiente itinerario para el acceso al empleo.

Con carácter general, se computará una inserción laboral cuando, durante la vigencia del programa, la persona desempleada sea contratada como trabajadora por cuenta ajena o inicie actividad empresarial por cuenta propia, por un período no inferior a tres meses. 

Cuando la actividad profesional se desarrolle en el sector agrario, el período necesario para computar la inserción laboral será no inferior a tres meses. A tales efectos deberá acreditarse, al menos tres meses de alta en el Sistema Especial Trabajadores Cuenta Ajena Agrarios del RGSS.

 El concepto subvencionable será la financiación de los Itinerarios individualizados que desarrollen las mujeres participantes durante el desarrollo del programa.

L

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Los requisitos o condiciones necesarias se indican en el artículo 32 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con caracter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía, podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:
a) Las Corporaciones Locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, con una población preferentemente inferior a 5.000 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales supramunicipales, que atiendan a mujeres residentes preferentemente en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes.
b) Las entidades del sector público andaluz y Agencias vinculadas o dependientes de la Administración andaluza.
c) Las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia. En todo caso, se atenderá a mujeres residentes en municipios preferentemente .de menos de 5.000 habitantes.

Asimismo, de acuerdo al artículo 33 del citado decreto-ley, se consideran destinatarias de este programa las mujeres desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo, residentes preferentemente, en municipios de menos de 5.000 habitantes, necesidades de cualificación o recualificación formativa o profesional y demás características o requisitos establecidos en el presente decreto-ley.

En la identificación del ámbito geográfico de actuación, los proyectos deberán determinar los municipios en que se prevé su desarrollo. Para los proyectos que prevean desarrollarse en un único municipio, la población del municipio afectado no podrá exceder de los 5.000 habitantes. Para los proyectos que prevean llevarse a cabo en varios municipios, su ámbito territorial deberá comprender, al menos el 35% de municipios de menos de 5.000 habitantes.

A efectos de este programa se entiende que una mujer necesita cualificación cuando no disponga de un certificado de profesionalidad, título de graduado en educación secundaria obligatoria, título de formación profesional de grado medio o superior o una titulación universitaria que le permita el desempeño de profesiones en un sector laboral concreto.

Asimismo, se entenderá que una mujer necesita recualificación profesional cuando disponiendo de certificado de profesionalidad, título de graduado en educación secundaria obligatoria, título de formación profesional de grado medio o superior, o titulación universitaria, dichas acreditaciones se hubieran obtenido hace más de cinco años en relación a la fecha de selección, y que en su vida laboral no conste en el año anterior a su incorporación al programa ningún contrato directamente relacionado con el ámbito de su formación, siendo necesaria ésta para desarrollar su actividad.

Además de los requisitos especiíficos señalados, hay que tener en cuenta los requisitos generales para todas las lineas de subvención establecidos en el artículo 5 Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con caracter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

 

Documentación

Las entidades beneficiarias deberán presentar declaración responsable del cumplimiento de las condiciones para el acceso a la subvención; ello sin perjuicio de la posibilidad de que la Administración competente consulte los sistemas de información correspondientes para verificar el cumplimento de las condiciones de las personas beneficiarias de la subvención. Esta comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna condición, procederá la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro.

Junto con la solicitud se presentará una memoria con la descripción del proyecto a desarrollar en el marco del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano que hará referencia, al menos, a las acciones que componen el itinerario personalizado, fechas previstas de realización, ámbito territorial, actividades y sectores laborales en los que se pretende actuar, estimación del número de participantes a atender y objetivos de inserción laboral previstos, así como previsiones de su coste total, conforme a lo señalado en este decreto-ley, distinguiendo entre subvención solicitada y, en su caso, aportación de la entidad beneficiaria.

En la identificación del ámbito geográfico de actuación, los proyectos deberán determinar los municipios en que se prevé su desarrollo.

Cada entidad podrá presentar en su solicitud un único proyecto. Los itinerarios individualizados en que se concrete cada proyecto, así como las actividades subvencionables que los configuren se organizarán de forma que, al menos, el 35% de las participantes desarrollen, respectivamente competencias y empleos verdes, así como competencias y empleos digitales. El importe total solicitado por cada entidad beneficiaria no podrá superar el 20% de la dotación disponible para la convocatoria en cada provincia. Además, cada proyecto debe incluir como objetivo de inserción profesional, la colocación por cuenta propia o ajena de, al menos, el 20% del total de mujeres participantes a las que prevea atender, teniendo presente que solo se subvencionará el 20% de las participantes que logren insertarse en el mercado laboral.

Plazo de Inicio

  • 24/03/2023 00:01 horas - 17/04/2023 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a partir del día siguiente a que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia
  • Servicio Andaluz de Empleo (Cód.: A01004615).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones  https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html


El responsable del tratamiento es el Servicio Andaluz de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.

La base jurídica del tratamiento es el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con caracter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 23/03/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 23/03/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 24/03/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 15/05/2023 Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección Provincial de Cádiz del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen públicas las subvenciones concedidas del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano y el Programa de Nuevos Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía correspondiente a la provincia de Cádiz

  • 17/03/2023 Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, por la que se hacen públicas las subvenciones concedidas del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano y el Programa de Nuevos Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía correspondiente a la provincia de Almería

  • 06/02/2024 Listado de entidades beneficiarias del programa de apoyo a las mujeres en el ámbito rural y urbano. Convocatoria 2022

  • 06/02/2024 Listado de entidades beneficiarias del Programa de apoyo a las mujeres en el ámbito rural y urbano. Convocatoria 2023

  • 14/11/2023 Listado de entidades beneficiarias del programa de apoyo a las mujeres en el ámbito rural y urbano. Convocatoria 2022

  • 06/02/2024 Listado de entidades beneficiarias del Programa de apoyo a las mujeres en el ámbito rural y urbano. Convocatoria 2023

  • Última actualización: 06/02/2024
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