Documentación a presentar junto a la solicitud de autorización sanitaria e inscripción en ROESBA

8.1. Para todos los tipos de actividades a registrar:

a) Documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica de la persona solicitante, así como del ejercicio de su actividad, que podrá ser según el caso:

Sociedades: Nota simple actualizada del Registro Mercantil acreditativa de dicho apoderamiento, y en el caso de sociedades que no tengan naturaleza mercantil: escrituras de constitución de la sociedad y alta en licencia fiscal (sellada por Hacienda) y declaración anual de hallarse en vigor.

Personas físicas (Autónomos) Alta en licencia fiscal (sellada por Hacienda) y declaración actual de hallarse en vigor.

Administraciones públicas:Certificado de la administración estatal, autonómica, provincial o local acreditando que la entidad o servicio solicitante pertenece a dicha administración.

Asociaciones: Estatutos de la asociación y Certificado de hallarse inscrita en un Registro Oficial de Asociaciones acreditativo de la personalidad jurídica.

b) Documentación acreditativa de quien ejerza la representación legal de la persona solicitante, que podrá ser según el caso:

Sociedades: Nota simple actualizada del Registro Mercantil acreditativo de dicho apoderamiento, y en el caso de sociedades que no tengan naturaleza mercantil, bastará escritura pública de apoderamiento de la persona que ostente la representación legal. En el caso de que sean los administradores de la sociedad bastará dicha acreditación no debiendo exigirse requisito alguno añadido.

Personas físicas (Autónomos), sólo en el caso de que la representación legal la ostente una persona distinta del titular, escritura pública de apoderamiento de la misma.

Administraciones públicas Certificado de la administración estatal, autonómica, provincial o local acreditando la representación legal de la entidad o servicio.

Asociaciones: Escritura pública de apoderamiento de la persona que ostenta la representación legal correspondiente.

c) Memoria Técnica descriptiva de cada una de las actividades a realizar, que incluya:

  1. Descripción, características y funcionamiento de la actividad a realizar y de las instalaciones, materiales o equipos que se requieran, incluyendo los datos técnicos que acrediten el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigibles en la normativa vigente sobre biocidas.
  2. Capacidad máxima estimada de fabricación anual, envasado o almacenamiento de biocidas y, en su caso, de otros productos químicos relacionados con la actividad.
  3. Descripción de la gestión de los residuos peligrosos que, en su caso, se generen.
  4. Medidas de protección individual o colectiva para prevención del riesgo laboral y medioambiental en aquellas actividades en las que se manipulen biocidas, en base a lo dispuesto en la normativa vigente de prevención de riesgos laborales.
  5. Planos a escala, expresivos de la ubicación del establecimiento, de la distribución y dimensiones de las instalaciones y de su equipamiento, en el caso de fabricación, envasado, almacenamiento o instalaciones fijas de tratamiento.

8.2 Para la fabricación, envasado y comercialización bajo marca o titularidad propia

1) La identificación de la persona o personas que ostentan la responsabilidad técnica de cada actividad así como currículo profesional y acreditación de la capacitación profesional necesaria de acuerdo con la normativa vigente en materia de formación o cualificación profesional. Se aportarán asimismo, documentación acreditativa de la vinculación profesional con la entidad solicitante.

Responsable técnico: Persona responsable de la fabricación, envasado o comercialización de biocidas. Deberá tener relación contractual con la entidad responsable de la actividad. (art. 2.i)

2) Relación de los biocidas a fabricar, envasar, o comercializar bajo marca propia y, en su caso, fichas de datos de seguridad y etiquetas de los mismos.

8.3 Para los servicios biocidas

1) La identificación de la persona o personas que ostentan la responsabilidad técnica del servicio biocida así como currículo profesional y acreditación de la capacitación profesional necesaria de acuerdo con la normativa vigente en materia de formación o cualificación profesional. Se aportará asimismo, documentación acreditativa de la vinculación profesional con la entidad solicitante.

Responsable técnico: Persona responsable del diagnóstico de situación, de la planificación, realización y evaluación de los tratamientos, así como de supervisar los posibles riesgos de los mismos y definir las medidas necesarias a adoptar de protección personal y del medio. Asimismo, será responsable de definir las condiciones en las que se deberá realizar la aplicación y de firmar el certificado del servicio (art. 2b RD 830/2010, de 25 de junio)

2) Relación de todo el personal dedicado al tratamiento con biocidas y acreditación de su capacitación de acuerdo con la normativa vigente en materia de formación o cualificación profesional. Se aportarán asimismo documentación acreditativa de la vinculación profesional de este personal con la entidad solicitante.

3) Relación de los biocidas u otros productos químicos a utilizar en los tratamientos y sus Fichas de Datos de Seguridad.

4) Propuesta de modelos de hoja de diagnosis y certificado de tratamiento o certificado de servicio, en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de control sanitario de plagas u organismos nocivos.

Nota sobre Modelos de Hoja de diagnosis y Certificado de Servicio: ambos documentos contendrán, como mínimo, los epígrafes recogidos en los modelos de anexo I y II del Decreto 8/1995, de 8 de enero, en el caso de control de plagas.

Teniendo en cuenta que las actuaciones de los servicios biocidas deben ir encaminadas a las estrategias del control integrado de plagas, según RD830/2010, los certificados de tratamiento, además de cumplir los requisitos del Decreto 8/1995, deberán adaptarse a las estrategias anteriormente mencionadas. En el Anexo I del Programa ESBA se recoge el contenido del certificado del servicio adaptado al control integrado de plagas, basado en la UNE 171210.

En el caso de tratamiento para la prevención y control de la legionelosis el modelo corresponde con el anexo II del Real Decreto 865/2003.

5) Descripción de las técnicas a utilizar en las aplicaciones de los productos biocidas así como de los medios de transporte y sus características.

Nota: para las técnicas en las aplicaciones: Inventario y descripción detallada de las técnicas, equipos y material a utilizar en la aplicación de los biocidas.Para los medios de transporte: Descripción del tipo de vehículo/s y medidas adoptadas para un transporte seguro: separación de la cabina de conducción, medidas para evitar el movimiento y derrame de los envases, u otras. Cuando los son VEHÍCULOS PROPIOS, se listarán incluyendo marca y matrícula. Cuando es una EMPRESA CONTRATADA para el transporte, se proporcionará el nombre de la empresa y un documento que acredite la condición de cliente.

8.4 Para todas las actividades cuyas características lo requieran:

a) Documento acreditativo del título jurídico en virtud del cual se ocupa el almacén en el que se acopien los biocidas. En caso de que el almacén haya sido inscrito previamente en el Registro por la entidad que lo alquile o ceda, o por la entidad que fuese la anterior propietaria del local, deberá constar en la documentación el número de inscripción.

Nota: acreditación de la ocupación del almacén de biocidas, sea propio, alquilado o cedido, mediante cualquier título jurídico admitido en Derecho.

b) Solicitud de la diligencia de apertura del Libro Oficial de Movimientos de Biocidas en la Consejería competente en materia de Salud, referido en el artículo 21 del Decreto 60/2012, de 13 de marzo.

Para aquellas entidades que trabajen con biocidas Toxicidad Aguda categorías 1, 2 ó 3, Carcinogénicos categorías 1A y 1B, Mutagénicos categorías 1A y 1B, Tóxicos para la Reproducción categorías 1A y 1B, STOT exposición única o repetida categoría 1 y Sensibilización Respiratoria categoría 1 establecidas en el Reglamento (CE) 1272/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008.

Para la elaboración del Libro se podrá descargar los siguientes modelos:

Una vez obtenida la autorización sanitaria y la inscripción en el ROESBA, se procederá al diligenciado del LOMBA en la Delegación Territorial correspondiente.

Teléfono
955006300
Formulario de contacto
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