Arbitraje de Consumo

Información general

Título formal:

Arbitraje de Consumo

Código:
1276
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
18/03/2009

Descripción

El Sistema Arbitral de Consumo es un servicio público mediante el que las personas consumidoras y usuarias finales pueden resolver sus conflictos de consumo de una manera gratuita, sencilla y objetiva. Requiere la aceptación voluntaria de la empresa o profesional reclamado. El laudo que se dicte resuelve la controversia de manera definitiva, es irrecurrible, ejecutivo y excluye la vía judicial.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

  1. Es necesario ser persona consumidora o usuaria final (quedan excluidas, por tanto, para solicitar arbitraje las empresas, profesionales y autónomos). 
  2. No ha de haberse interpuesto reclamación por el mismo asunto en otra Junta Arbitral, Juzgado, Tribunal ni Administración Pública con competencias en la materia.
  3. Ha de ostentarse la legitimación necesaria con relación al conflicto planteado.
  4. El conflicto ha de afectar  a los derechos y intereses legítimos conforme a la normativa aplicable, conforme a la pretensión a la que la solicitud se refiere.
  5. Ha de conocerse que la decisión que se adopte en el laudo arbitral tiene carácter vinculante, impide acudir posteriormente a la vía judicial y no es susceptible de recurso salvo la acción de anulación por los motivos tasados en el artículo 41 la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.

Documentación

La persona consumidora o usuaria deberá acompañar la solicitud de arbitraje de, en su caso, la factura o justificante de pago, el contrato, los folletos informativos, el documento de garantía y cuantas pruebas o documentos sirvan para facilitar la valoración de los hechos. Toda la documentación se presentará en copia, con la obligación de la parte reclamante de conservar los originales para el caso de que la Junta Arbitral de Consumo los requieran para su cotejo.

Plazo de Inicio

  • Hay empresas que limitan el plazo de presentación de solicitud de arbitraje. Puede consultarlas en https://www.consumoresponde.es/sites/default/files/articulos/Empresas%20adheridas%20y%20limitaciones%20principales%20%2814-11-2019%29.pdf

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Dirección General de Consumo (Cód.: A01014175), Tramita la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, órgano administrativo adscrito a la Consejería de Salud..
En la resolucion
  • Dirección General de Consumo (Cód.: A01014175), Tramita la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, órgano administrativo adscrito a la Consejería de Salud..
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 90 Días. La resolución adopta la forma de Laudo arbitral que no es un acto administrativo sino de jurisdicción similar a un fallo judicial. Por eso el silencio no es ni positivo ni negativo y hasta que no se dicte y notifique no se producen efectos.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias cuya dirección es Avenida de la Innovación, s/n, C.P. 41071, Sevilla, y cuyo correo electrónico es dg.consumo.csalud@juntadeandalucia.es.

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Avenida de la Innovación, s/n, C.P. 41071, Sevilla o en el correo electrónico dpd.csalud@juntadeandalucia.es .

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para para tramitar el procedimiento arbitral de consumo cuya finalidad es la resolución del conflicto de consumo a través de un arbitraje de consumo, cuya base jurídica es el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo; la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo; el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; y la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el RGPD: arts 6.1.c (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y 6.1.e (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento); el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo; la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo; y la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Los datos de carácter personal no serán objeto de cesión, pero si podrán ser objeto excepcionalmente de transferencia internacional siempre que sea necesaria para la tramitación de la resolución.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 18/02/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 02/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 17/10/2022 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud

  • 17/10/2022 Se ha modificado en este trámite:Consulta de estado del expediente

  • 17/10/2022 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado

  • 11/11/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 03/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 03/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 02/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 02/09/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 09/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • Última actualización: 17/01/2024
    Índice