Parejas de Hecho: Registro

Información general

Título formal:

Parejas de Hecho: Registro

Código:
14
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
31/03/2009

Descripción

Inscripción en Registro de Parejas de Hecho, establecido por el artículo 6 de la Ley 5/2002, de 16 de diciembre. Este Registro tendrá carácter administrativo y será único, sin perjuicio de su gestión descentralizada en los municipios andaluces, donde se podrán tramitar los correspondientes procedimientos, previa solicitud de las personas interesadas.

La información sobre parejas de hechos que consta en el Registro de Parejas de Hecho, así como la posibilidad de obtener un certificado acreditativo del estado de la inscripción, están disponibles en "Carpeta Ciudadana"

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán inscribirse como Parejas de Hecho, quienes acrediten las siguientes circunstancias:

  • Identificación personal.
  • Estado civil.
  • Ser mayores de edad o menores emancipados.
  • No estar incapacitados judicialmente.
  • No estar ligados con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en cualquiera de los Registros de uniones o parejas de hecho creados por los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de baja por disolución de la pareja de hecho.
  • Tener residencia habitual, al menos uno de sus miembros, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • No ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni colaterales por consanguinidad en segundo grado.
  • Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho, que podrá realizarse mediante comparecencia personal de los interesados ante el titular del órgano encargado del Registro correspondiente o ante el Alcalde o Alcaldesa, Concejal o Concejala, o personal funcionario en quien deleguen, en la que manifiesten su consentimiento de mantener una relación de convivencia estable, según lo dispuesto de la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.

Documentación

Certificación del Registro civil acreditativo de la emancipación, Certificación de estado civil

Declaraciones responsables exigidas. Ver formulario

Escritura pública o medio de prueba acreditativo de la voluntad de constituir pareja de hecho

Artículos 5 y 18 del Decreto 35/2005, de 15 de febrero.

 

 

Plazo de Inicio

  • Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Actualizado mediante Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, cuya dirección es Avda. de Hytasa nº 14. 41006 Sevilla, y cuyo correo electrónico es sgfamilias.ivgd.cisjufi@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección. Avda. de Hytasa nº 14. 41006 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es

.¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión y tramitación de los procedimientos de inscripción básica, complementaria, marginal y de baja de las personas interesadas realizadas desde las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y Ayuntamientos de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es RGPD: art 6.1.e (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento). Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de parejas de hecho

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a las personas interesadas, terceras personas autorizadas por

las personas interesadas, otros órganos de la Administración General del Estado y otras Administraciones Públicas.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Qué datos personales se tratan?

Las categorías de datos personales tratados son: Identificación (nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono); características personales y otros datos especialmente protegidos.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en : 

www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165998.html

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 16/02/2024
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