Espectáculos taurinos

El artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de espectáculos, sin perjuicio de las normas del Estado.

Por ello, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, en cuya disposición final primera se faculta al Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario en materia de espectáculos taurinos.

Haciendo uso de esta habilitación, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 88/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía, el Decreto 143/2001, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares y se regulan determinados aspectos de los espectáculos taurinos y el Decreto 87/2025, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía.

Modelos de actas y documentación taurina

Plan de formación específico para Presidencia / Delegación de la Autoridad

Aprobado por Resolución de la Secretaría General de Interior de 30 de mayo de 2025 el Plan de formación específico sobre el nuevo Reglamento Taurino de Andalucía, aprobado por Decreto 87/2025, de 26 de marzo, destinado a toda aquellas personas que desarrollan las distintas funciones que les atribuye el mismo, fundamentalmente a las personas titulares de la Presidencia y de la Delegación de la Autoridad, se publican continuación las convocatorias provinciales para el año 2025 de Cursos básicos de formación sobre “Régimen Jurídico de los Espectáculos Taurinos”, que se celebrarán de forma presencial durante el último trimestre de 2025 en cada una de las provincias andaluzas, organizado por la Secretaría General de Interior con la colaboración de cada una de las Delegaciones del Gobierno.

En dicha convocatoria se indica el lugar, día y horario de celebración en cada una de las provincias, así como el plazo límite para presentar las solicitudes en el modelo que se publica y que debe ser adjuntado por correo electrónico a la dirección que se indica para cada provincia. Todos los participantes en dichos cursos que lo deseen (y así lo hayan hecho constar en su solicitud de inscripción al curso, con indicación de la/s provincia/s en la/s que esté interesado/a en ejercer como Presidente, serán inscritos de oficio en el Registro de Presidentes de Plazas de Toros de Andalucía.

Normativa taurina