Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía.

Información general

Titular
Órgano colegiado.

Funciones

Funciones del Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía:

Contribuir, por vía de asesoramiento, informe, iniciativa y propuesta, a la adecuada adopción de las decisiones del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía en materia de espectáculos taurinos. En particular, son funciones del Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía:

- Emitir informes sobre los asuntos relacionados con los espectáculos taurinos que sean sometidos a su consideración por los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Proponer a los órganos de la Administración autonómica cuantas medidas estime oportunas para el fomento y protección de los espectáculos taurinos en Andalucía.

- Informar los anteproyectos de leyes y proyectos de reglamentos que, en materia de espectáculos taurinos, hayan de ser sometidos a la aprobación del Consejo de Gobierno.

- Proponer a los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía la aprobación o modificación de disposiciones en materia de espectáculos taurinos.

- Emitir informes sobre la idoneidad y evaluación de los equipos gubernativos que intervengan en el desarrollo de los espectáculos taurinos.

- Cuantas otras funciones le sean atribuidas.

Composición del Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía:

a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos

b) Vicepresidencia: La persona titular del órgano directivo central con competencias en materia de espectáculos taurinos.

c) Vocalías:

1. Una persona representante de cada uno de los grupos políticos con representación en el Parlamento de Andalucía, designadas por este.

2. Una persona representante de la Consejería competente en materia de agricultura, designada por su titular, con rango de dirección general o de jefatura de servicio.

3. Una persona representante de la Consejería competente en materia de salud, designada por su titular, con rango de dirección general o de jefatura de servicio.

4. Una persona representante de la Consejería competente en materia de cultura, designada por su titular, con rango de dirección general o de jefatura de servicio.

5. Una persona representante de la Consejería competente en materia de turismo, designada por su titular, con rango de dirección general o de jefatura de servicio.

6. Una persona titular de una Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, designada por la persona titular de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos.

7. Una persona designada por la asociación o asociaciones, con mayor implantación, de los municipios y provincias de Andalucía.

8. Una persona representante del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios.

9. Una persona especialista en cirugía taurina, elegida por la asociación de profesionales de cirugía de mayor representatividad en Andalucía.

10. Un presidente o presidenta de plazas de toros de Andalucía, designado por la persona titular de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos, previa audiencia de  la asociación de presidentes y presidentas de plazas de toros que tenga el mayor número de personas afiliadas en activo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

11. Una persona elegida por las asociaciones de ganadería brava de entre todas las que tengan implantación en Andalucía.

12. Una persona elegida por las asociaciones de profesionales de la tauromaquia de entre todas las que tengan implantación en Andalucía.

13. Una persona elegida por la asociación de empresarios y empresarias organizadores de espectáculos taurinos con mayor número de personas afiliadas en Andalucía.

14. Una persona elegida por la asociación de escuelas taurinas de Andalucía con mayor número de personas afiliadas en la comunidad autónoma.

15. Una persona elegida por la asociación de abonados con mayor número de personas afiliadas en Andalucía.

16. Una persona de reconocido prestigio en materia taurina, designada por la persona titular de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos.

La persona titular de Secretaría, que no tendrá la condición de miembro del Consejo de Asuntos Taurinos de Andalucía, actuará con voz pero sin voto y será designada por la persona titular del órgano directivo central con competencias en materia taurina, de entre el funcionariado con rango de jefatura de servicio de la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos.

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