Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación para la investigación biosanitaria de Andalucía Oriental - Alejandro Otero (FIBAO), en materia de contratación de personal facultativo Convocatoria Clínico Junior AECC 2025

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada (mediante delegación de competencias de la Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud)
La Directora Gerente de la Fundación para la Investigación Biosanitaria de Andalucía Oriental - Alejandro Otero (FIBAO)
Duración
La duración del presente Convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta el momento en que se dé por concluida la ayuda Clínico Junior en el Territorio AECC 2025 de la FAECC a FIBAO, todo ello sin perjuicio de su resolución por cualquiera de las causas previstas en la estipulación octava.

En cualquier caso, su duración máxima no podrá exceder de cuatro (4) años desde su firma, no siendo prorrogable.

Objeto

Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación para la investigación biosanitaria de Andalucía Oriental - Alejandro Otero (FIBAO) en materia de contratación de personal facultativo en el marco de la convocatoria de ayudas a investigación Fundación Científica AECC a personal investigador en cáncer: convocatoria clínico junior en el territorio AECC 2025

Constituye el objeto del presente Convenio regular las condiciones de colaboración entre el SAS y FIBAO en relación con la ayuda concedida por parte de la FAECC a FIBAO en el marco de la Convocatoria Clínico Junior en el Territorio AECC 2025 cuyas bases se adjuntan como Anexo I, dirigida a la concesión de ayudas financieras a especialistas médicos para el desarrollo de un proyecto de investigación en cáncer en España, que desarrollarán de forma simultánea con la actividad asistencial correspondiente a su especialidad, con el objetivo de promover la vocación investigadora entre los profesionales clínicos y contribuir así al fomento de la investigación en el entorno clínico, en adelante la “Ayuda Económica”.

Obligaciones económicas

Atendiendo a la estipulación tercera del propio convenio: 

"Las partes se comprometen a realizar cuantas actuaciones contribuyan al buen fin del presente Convenio y, en concreto:

El Servicio Andaluz de Salud se compromete a:

a) Realizar la contratación del Profesional Beneficiario y utilizar los fondos recibidos de FIBAO derivados de este Convenio para la financiación de dicha contratación.

b) Supervisar y garantizar la dedicación exclusiva del Profesional Beneficiario al proyecto de investigación y a las tareas asistenciales vinculadas.

c) Facilitar una copia del contrato del Profesional Beneficiario en el plazo máximo de quince (15) días, así como facilitar cuantos documentos justificativos de la contratación sean requeridos por FIBAO en el plazo máximo de un (1) mes. Los documentos deberán ser originales o copias compulsadas.

d) Facilitar al Profesional Beneficiario para la realización de la actividad asistencial vinculada al proyecto de investigación acceso al sistema SAP asistencial, en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves.

e) El centro se compromete a emitir un certificado reconociendo la actividad asistencial realizada durante la duración del contrato Clínico Junior en el Territorio AECC 2025, con la finalidad de que dicha actividad pueda ser considerada como méritos obtenidos en procesos de selección asistenciales posteriores.

f) Emitir un justificante sobre la actividad asistencial y/o docente realizada, en el que se especifique que en ningún caso se superan las horas anuales establecidas en las bases de la convocatoria.

g) Y, en general, respetar y velar por el cumplimiento de las bases de la convocatoria.

Por su parte, FIBAO se compromete a:

a) Abonar al SAS las cantidades correspondientes de acuerdo con las cuantías que se detallan en la estipulación segunda. Las cantidades serán abonadas mediante un pago único anual en el plazo máximo de un (1) mes desde que fuesen recibidas las cantidades procedentes de la FAECC, bajo el concepto: “Contrato Clínico Junior en el Territorio AECC 2025” seguido del nombre del Profesional Beneficiario y del año a que se refiera, y se harán efectivas en la cuenta X de ingresos del SAS de la que la Tesorería General de la Junta de Andalucía es titular.

b) Asesorar y colaborar con el SAS en todas aquellas actividades que se estimasen por ambas partes para el buen desarrollo de estas ayudas."

Y atendiendo a la estipulación segunda del propio convenio:

"1. Ámbito

La Ayuda Económica se referirá al Profesional Beneficiario que la FAECC ha seleccionado en el marco de la Convocatoria Clínico Junior en el Territorio AECC 2025, de conformidad con el Expositivo IV y cuyos datos se detallan a continuación:

- Centro receptor: Hospital Universitario Virgen de las Nieves. Servicio de Radiodiagnóstico Médica

- Importe concedido por la FAECC: 115.500 € para tres anualidades (38.500€/anualidad)

2. Duración y Cuantía

La Ayuda Económica concedida ha sido otorgada para el plazo de 36 meses, con posibilidad de prórroga por un máximo de 12 meses adicionales con una dotación económica de 38.500 euros brutos para ese periodo adicional.

Lo abonado al profesional seleccionado será 45.000 euros brutos anuales, de los cuales 38.500 euros son los correspondientes a la ayuda de la FAECC. Los 6.500 euros anuales restantes, más las cuotas empresariales a la Seguridad Social y el resto de gastos de contratación serán financiados por la entidad Beneficiaria, esto es, FIBAO."

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