Planes de Emergencia Exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a Secicar, S. A. en Motril y Cobre Cruces en Gerena

Información general

Organismo
  • Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Instrumentos de aprobación

Decreto 107/2016, de 31 de mayo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Secicar, S.A., en Motril (Granada), y Cobre Las Cruces, en Gerena (Sevilla).

Fecha de aprobación
Descripción

Por el Decreto 107/2016, de 31 de mayo, se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Secicar, S.A., en Motril (Granada. Cobre Las Cruces, en Gerena (Sevilla). Los Planes de Emergencia Exterior (PEE) son el marco organizativo y funcional elaborado por la Junta de Andalucía, con la participación de las distintas Administraciones públicas, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. La elaboración de los Planes de Emergencia Exterior de las empresas afectadas, sedesarrolla teniendo en cuenta los criterios que establece la Directriz Básica de protección civil para el control y la planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas El análisis y evaluación de los posibles accidentes que es obligación del titular del establecimiento afectado, estando incluidos en los Informes de Seguridad. Esta información es validada y acreditada por la Consejería competente en materia de industria.

Objetivos concretos

Este real decreto tiene por objeto la prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como la limitación de sus consecuencias sobre la salud humana, los bienes y el medio ambiente.

El objeto fundamental del Plan de Emergencia Exterior (PEE) es el establecimiento de las medidas de prevención y de información, así como la organización y los procedimientos de actuación, asegurando una mejor eficacia y coordinación en la intervención de los medios y recursos disponibles.

La finalidad del PEE es prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, limitando sus consecuencias para las personas, los bienes y el medio ambiente.

Periodo de vigencia
Desde

Evaluación del plan

La evaluación del Plan de Emergencia Exterior (PEE), se realiza de forma continua durante su implantación y mantenimiento, con el objetivo de que los procedimientos de actuación previstos en el PEE sean operativos. Dicha evaluación se basa entre otras cuestiones en actualizaciones y revisiones periódicas, realización de ejercicios de adiestramiento o simulacros, las cuales se describen en el propio documento.

Es importante señalar que el PEE establece un período de tiempo máximo de 3 años para realizar la revisión del mismo. Además, se considera la conveniencia de hacer la revisión con anterioridad al vencimiento de dicho período, cuando así lo aconsejen los resultados de los ejercicios y simulacros, la evolución de los conocimientos técnicos en la evaluación y formas de actuar ante un accidente dónde intervienen sustancias peligrosas, las modificaciones en los establecimientos a los que da cobertura, alteraciones en los servicios intervinientes, o cualquier otra circunstancia, que afecte sustancialmente la eficacia en su aplicación.

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