Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana

Información general

Titular
Miguel Delibes de Castro

Funciones

El Consejo de Participación del Espacio Natural Doñana asume las siguientes funciones:

  • Colaborar en el cumplimiento de los objetivos perseguidos por la declaración del Espacio Natural.
  • Promover el conocimiento y la difusión de los valores del Espacio Natural.
  • Fomentar, facilitar y canalizar en lo posible la participación y las iniciativas de los ciudadanos en la promoción y conservación del Espacio Natural.
  • Velar por el cumplimiento de las normas que afecten al Espacio Natural y proponer todas aquellas actuaciones o disposiciones que se consideren necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos del mismo.
  • Informar los planes que afecten a la ordenación y gestión de los recursos naturales del Espacio Natural y a la conservación de la flora, la fauna y sus hábitats y cualquier instrumento de planificación que afecte al ámbito del mismo, particularmente el plan de desarrollo sostenible, así como cualquier propuesta de revisión de los planes.
  • Informar el plan anual de trabajo e inversiones del Espacio Natural, los planes sectoriales específicos y los programas de investigación científica.
  • Informar todas aquellas actuaciones que puedan modificar la cantidad o calidad de las aguas subterráneas o superficiales aportadas al Espacio Natural.
  • Proponer las posibles modificaciones de los límites de las figuras de protección que integran el Espacio Natural.
  • Recabar y recibir información sobre las actuaciones y actividades que se desarrollen en el Espacio Natural relacionadas con su conservación y uso público.
  • Aprobar la memoria anual de actividades y resultados elaborada por el equipo de gestión del Espacio Natural, proponiendo las medidas que considere necesarias para corregir disfunciones y mejorar la gestión.
  • Informar los proyectos de obras y trabajos que se consideren necesarios realizar y no figuren en el plan rector de uso y gestión o en el plan anual de trabajos e inversiones.
  • Informar el régimen de funcionamiento de las instalaciones y servicios del Espacio Natural, propuesto por el equipo de gestión.
  • Informar sobre la propuesta de distribución de ayudas y subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Espacio Natural.
  • Informar las propuestas de autorizaciones de actuaciones no contempladas en el plan de ordenación de recursos naturales o el plan rector de uso y gestión del Espacio Natural.
  • Informar los convenios de colaboración que el equipo de gestión vaya a proponer a la Administración de la Comunidad Autónoma.
  • Aprobar su reglamento de régimen interno.
  • Acordar la creación de comisiones o grupos de trabajo.
  • Aquellas otras atribuidas legal o reglamentariamente al Patronato de los Parques Nacionales y a la Junta Rectora de los Parques Naturales.

Composición:

  • Las personas que ejerzan la presidencia y la vicepresidencia.

  • Diez personas en representación de la Administración General del Estado, designadas por la misma.

  • Siete personas en representación de la Administración de la Junta de Andalucía, designadas por:

  • - Dos por la Consejería de Medio Ambiente.

  • - Una por la Agencia Andaluza del Agua.

  • -Una por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

  • -Una por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

  • - Una por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

  • - Una por la Consejería de Agricultura y Pesca.

  • Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, Huelva y Sevilla.

  • Una persona en representación de cada una de las Diputaciones Provinciales de Cádiz, Huelva y Sevilla, designada por ellas mismas.

  • Una persona en representación de cada uno de los Ayuntamientos cuyos términos municipales estén comprendidos, total o parcialmente, en el ámbito geográfico del Espacio Natural, designada por ellos mismos.

  • Dos personas en representación de las Universidades públicas andaluzas, designadas por el Consejo Andaluz de Universidades.

  • El Director del Equipo de Gestión.
  • El Director de la Estación Biológica de Doñana.

  • Tres personas en representación de las organizaciones no gubernamentales más representativas y con implantación en el ámbito geográfico del Espacio Natural que, estatutariamente, tengan como finalidad primordial la defensa y conservación de la naturaleza, designadas por ellas mismas.

  • Una persona en representación de los consumidores del ámbito geográfico del Espacio Natural, designada por el Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

  • Dos personas en representación de las organizaciones empresariales más representativas en Andalucía, designadas por las mismas.

  • Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas en Andalucía, designadas por las mismas.

  • Una persona en representación de las que sean titulares de los aprovechamientos tradicionales recogidos en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional, designada entre ellas.

  • Tres personas en representación de las organizaciones profesionales agrarias de mayor representatividad en Andalucía, designadas por ellas mismas.

  • Dos personas en representación de las que sean propietarias de terrenos ubicados en el ámbito geográfico del Espacio Natural, una de las cuales debe representar a las asociaciones conservacionistas propietarias de terrenos en el Parque Nacional, designadas por ellas mismas.

  • Una persona en representación de la Fundación Doñana 21, designada por la misma.

  • Una persona en representación de la Hermandad Matriz del Rocío, designada por la misma.

  • Una persona en representación de la Federación Andaluza de Caza, designada por la misma.

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