Centros Comerciales Abiertos

Se entiende como Centro Comercial Abierto de Andalucía (CCA), aquella fórmula de organización comercial de todos los agentes económicos que, en el ámbito del comercio interior, estén implicados en un área urbana delimitada, con una tradición comercial en la zona, que cuenta con una imagen y estrategia propia permanente, y que comparten una concepción global de oferta comercial, servicios, cultura y ocio, así como una única unidad de gestión y comercialización.

La competencia de gestión corresponde a la Dirección General de Comercio.

Requisitos generales

Varía según la tipología de Centro Comercial Abierto. Aunque en líneas generales son los siguientes:

  1. Recursos: que se disponga de oficina propia, estar constituido como Centro Comercial Abierto, su representatividad y financiación, el número de asociados con certificación de calidad UNE 175001 (propia del comercio minorista).
  2. Negociaciones y acuerdos. Un factor a valorar a una asociación como CCA es el que tenga suscritos acuerdos o convenios con el Ayuntamiento, la puesta en marcha de fórmulas de funcionamiento con órganos de gestión público-privadas, la existencia de Central de Compras y los acuerdos con proveedores y con entidades financieras.
  3. Campañas de promoción conjunta. Es muy importante la repercusión de las campañas de promoción periódicas, ocasionales, de animación comercial y de publicidad en los medios de comunicación.
  4. Urbanismo Comercial. Se tendrá en cuenta el mayor esfuerzo en aparcamientos para clientes, señalización comercial, mejoras en la trama urbana, normalización de bajos comerciales y homogeneidad en el mobiliario.
  5. Gestión. Se valorará tener contratado un gerente y en función de la mayor dedicación a las labores de gestión del Centro Comercial Abierto.
  6. Servicios generales ofrecidos. Es importante la existencia de Centrales de Servicios, el asesoramiento general, las publicaciones periódicas y la formación.
  7. Imagen y comunicación. Se pretende impulsar la existencia, calidad y puesta en práctica de un manual de imagen, la utilización de la imagen identificativa del CCA, la identificación de los establecimientos y la existencia de portal web.
  8. Fidelización de clientes. Deben valorarse los servicios adicionales ofrecidos a los clientes, las acciones concretas de fidelización, la existencia de tarjetas de fidelización y las de crédito o débito.

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