Profesional que manipule equipos que contengan gases fluorados

Certificaciones personales

Corresponderá la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales reguladas en el título II del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, a la Delegación Territorial de la Consejería en la provincia en la que el interesado tenga su domicilio, en la provincia en la que desarrolle su actividad profesional o en la provincia en la que hayan cursado los programas formativos necesarios para acceder a la certificación.

La solicitud se realizará conforme al modelo aprobado por la Resolución 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, debiendo adjuntarse a la misma los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se establecen en el anexo I del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.

Información de consulta pública

Se ha procedido a la actualización del modelo incluyendo la siguiente información mediante el proceso de información de consulta pública, según lo establecido en la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, los datos personales imprescindibles relativos a los profesionales certificados para la manipulación de equipos que contengan gases fluorados, podrán ser consultados por cualquier ciudadano en este Registro Unificado a través de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Una vez comprobada la documentación, si ésta se considera suficiente, el órgano competente emitirá un certificado, que tendrá validez temporal indefinida.

En base a lo establecido en la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, los datos personales imprescindibles relativos a los profesionales certificados podrán ser consultados por cualquier ciudadano en el Registro unificado de certificados y centros de formación en gases fluorados del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Una vez se informe previamente a los profesionales certificados en Andalucía se comunicarán sus datos al Registro unificado del Ministerio.

El Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, establece las siguientes categorías para las certificaciones personales:

  1. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados RD 115/2017 Anexo I.1
  2. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de transporte refrigerado de mercancíascon de cualquier carga de refrigerantes fluorados RD 115/2017 Anexo I.1
  3. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de carga de refrigerante inferior a 3 kg de gases fluorados RD 115/2017 Anexo I.2
  4. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de transporte refrigerado de mercancías que empleen menos de 3 kg de refrigerantes fluorados RD 115/2017 Anexo I.2
  5. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados destinados a confort térmico de personas instalados en vehículos RD 155/2017 Anexo I.3
  6. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor RD 115/2017 Anexo I.4
  7. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de disolventes que contengan gases fluorados y equipos que los emplean RD 115/2017 Anexo I.5
  8. Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de conmutadores eléctricos fijos que contengan gases fluorados de efecto invernadero. RD 115/2017 Anexo I.6, modificado por Orden PRA/905/2017.

Nota: Actualizado a 10/02/2021. Conforme a la disposición adicional décima del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados, los profesionales que dispongan del certificado de manipulación de equipos con cualquier carga de acuerdo con el artículo 3.1 de dicho Real Decreto, así como los que dispongan del certificado de manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de carga inferior a 3 kg de gases fluorados por el artículo 3.2 del mismo, y no hayan realizado el curso de formación complementaria sobre tecnologías alternativas parar sustituir o reducir el uso de gases fluorados de efecto invernadero y la manera segura de manipularlos, a la finalización del plazo establecido, es decir, 20 de febrero de 2021, dejarán de estar habilitados para la realización de las actividades certificadas. No obstante, según las indicaciones realizadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, podrán seguir realizando esta formación en tecnologías alternativas, con posterioridad a la fecha indicada, con el objeto de poder regularizar su situación y estar de nuevo habilitados en las actividades certificadas. 

Aunque la realización de la citada formación complementaria es requisito obligatorio en los certificados profesionales descritos anteriormente, la inscripción de la misma en los registros de las Delegaciones Territoriales competentes en la materia no es actualmente un requisito reglamentario, por lo que la acreditación de haber realizado dicha formación tendría la consideración de voluntaria.

A pesar de su carácter voluntario, esta información es parte de los datos de los profesionales certificados incluidos en la estructura del registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica, según lo establecido en el anexo de la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados. Por lo que, de cara a su acreditación, se considera beneficioso, tanto para los titulares como para la Administración, la comunicación voluntaria de la realización de la formación complementaria.

Para ello, los titulares de los certificados emitidos conforme al Real Decreto 795/2010 pueden acreditar ante la Delegación territorial correspondiente la realización del curso complementario aportando el correspondiente certificado emitido por el centro de formación autorizado. Por parte de la Delegación Territorial no se emitirá ningún certificado, limitándose a anotar la fecha de realización del curso en el registro de certificados, archivar la documentación en su expediente y disponer de dicha información para su envío al registro unificado del Ministerio. 

Desde el Ministerio se ha publicado en su página web una nota informativa sobre el plazo a realizar la formación en tecnologías alternativas a los gases fluorados (pdf)

Requisitos para obtener la certificación personal

Mediante la Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se actualizan la delegación de competencias y los modelos de solicitud en relación con los procedimientos para la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales y de empresa y para la autorización de los centros formativos y evaluadores, previstos en la normativa reguladora de la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, se designan las Delegaciones Territoriales de esta Consejería como competentes para la tramitación y la resolución de los certificados de personas previstos en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, y se actualiza el modelo de solicitud de certificación de profesionales que instalan, mantienen, revisan o manipulan equipos o sistemas que contienen determinados gases fluorados de efecto invernadero.

Para obtener dicha certificación las personas interesadas tendrán que cumplir los requisitos recogidos en la siguiente tabla, diferenciados según las distintas categorías, aportando en todo caso los documentos que así lo acredite:

Así mismo, deben presentar la siguiente documentación:

Para la certificación es necesaria una formación adecuada y/o experiencia profesional acreditada, para ello es necesario presentar, según el caso, alguno de los siguientes documentos:

  • Certificado, emitido por centro autorizado conforme al artículo 8 del Real Decreto 115/2017, de haber superado el Programa Formativo del Anexo II del Real Decreto 115/2017, y en su caso, la prueba teórico-práctica, acorde a la categoria para la que se pide la certificación.
  • Carné profesional (si ha sido expedido por la Junta de Andalucía no es necesario adjuntarlo, debiendo indicar el nº de carné y la Delegación Territorial que lo expidió)
  • Certificado de profesionalidad (Anexo I de la Resolución de 28 de septiembre de 2018)
  • Titulación académica (de las enumeradas en el Anexo I del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero)
  • Acreditación de experiencia profesional.

En esta web se informará de los centros que se vayan autorizando.

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