Concesión de Incentivos Complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas de la industria aeroespacial, manufacturera y logística avanzada en Andalucía

Información general

Título formal:

Concesión de Incentivos Complementarios de los Incentivos Económicos Regionales

Código:
24747
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
20/09/2021

Descripción

Incentivos concedidos por la Junta de Andalucía a la inversión privada en proyectos tractores de la industria aeroespacial, manufacturera y de logística avanzada, que tienen carácter complementario y concurrente a los Incentivos Económicos Regionales. Podrán ser beneficiarios de estos incentivos complementarios las grandes empresas que ostenten la condición de beneficiarios de incentivos económicos regionales en la zona de promoción económica de Andalucía. Consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje, a la inversión productiva para fomentar la actividad empresarial, orientando su localización hacia zonas previamente determinadas y contribuyendo así a paliar los desequilibrios interterritoriales.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de estos incentivos complementarios las grandes empresas que ostenten la condición de beneficiarios de incentivos económicos regionales en la zona de promoción económica de Andalucía.

Los requisitos para los beneficiarios y proyectos quedan regulados en los artículos 3 y 4 de las bases reguladoras respectivamente, destacándose los siguientes:

  • Los proyectos incentivables deberán contar con el carácter de proyecto tractor, que implica la existencia de incidencia del proyecto sobre la economía de la zona que se considerará cumplido al obtener la correspondiente resolución individual de los Incentivos Económicos Regionales.

  • Deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.

  • La aportación mínima del beneficiario será del 25 % de la inversión incentivable.

  • El inicio de la inversión solo podrá producirse después de la presentación de la solicitud de Incentivos Económicos Regionales y los incentivos complementarios.

  • La ayuda debe tener un efecto incentivador, consistente en que el solicitante que emprenda el proyecto no lo habría realizado sin la ayuda, o solo lo habría emprendido de una manera limitada o diferente o en otro lugar, por lo que, junto con el requisito mencionado en el párrafo anterior, para las ayudas que requieran de notificación previa, al solicitar la ayuda se debe explicar qué efecto sobre la decisión de invertir o sobre la decisión de localizar la inversión se habría producido si no se recibieran los incentivos regionales. En este caso, además, la empresa solicitante debe presentar pruebas documentales que respalden lo descrito anteriormente

De conformidad con el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando las entidades solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiaria o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley.

Documentación

Conforme se regula en el artículo 11 de Orden de bases reguladoras:

  • La documentación presentada para el expediente de Incentivos Económicos Regionales formará también parte del expediente del incentivo complementario.
  • La entidad solicitante deberá acreditar que las inversiones no se han iniciado antes de la presentación de la solicitud de los Incentivos Económicos Regionales, mediante declaración responsable de «no inicio de las inversiones»
  • La formulación de la solicitud de incentivos complementarios abarcará los elementos necesarios para la justificación por parte de la entidad solicitante de que el incentivo complementario solicitado cuenta con efecto incentivador, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2.f) de la presente Orden, en tanto que:

a) Para aquellos incentivos complementarios por debajo del umbral de notificación previsto en el artículo 15 del Decreto 114/2014, de 22 de julio, antes de que se produzca el inicio de los trabajos, la entidad beneficiaria ha presentado por escrito la solicitud de incentivo incluyendo, al menos: nombre y tamaño de la empresa, descripción del proyecto, incluidas sus fechas de inicio y finalización, ubicación del proyecto, lista de costes del proyecto, forma del incentivo e importe del incentivo necesario para el proyecto.

b) Para aquellos incentivos por encima del umbral de notificación previsto en el artículo 15 del Decreto 114/2014, de 22 de julio, ha quedado suficientemente acreditada la concurrencia de alguno de los dos supuestos previstos en los puntos 70 ó 71 de las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014 - 2020.

  • Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora

Plazo de Inicio

  • 30/01/2023 - 31/12/2024 (Artículo 6º del Extracto de la Resolución de 19 de enero de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan para el ejercicio 2023 y 2024 los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas de la industria aeroespacial, manufacturera y la logística avanzada en Andalucía.)

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 1 Mes. Computado desde la fecha de la aceptación por la entidad beneficiaria de la resolución individual de concesión de Incentivos Económicos Regionales, sin perjuicio de los plazos necesarios, en su caso, para la notificación y autorización del incentivo complementario para aquellos incentivos por encima del umbral de notificación previsto en el artículo 15 del Decreto 114/2014, de 22 de julio.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:

a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaria General de Industria y Minas, cuya dirección es C/ Johannes Kepler, 1 41092, Isla de la Cartuja, Sevilla. sgim.cpie@juntadeandalucia.es 

b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cpie@juntadeandalucia.es

c)Los datos personales que nos proporciona se incorporan a la actividad de tratamiento  de “Incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales”, con la finalidad de tramitar la solicitud de beneficios de incentivos complementarios de incentivos económicos regionales.

d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones automatizadas, como se explica en la información adicional detallada  https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

f) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.

g) La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos, se encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/227884.html
 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 31/01/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 13/02/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 13/02/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 13/02/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • Última actualización: 24/01/2024
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