Secretaría General de Desregulación

Información general

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Titular
Juan Antonio Aguado Peñas

Biografía

Nacido en Sevilla (1983), es abogado licenciado en Derecho por la Universidad San Pablo CEU de Madrid, siendo miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla desde mayo de 2006. Está especializado en Derecho Procesal, Civil, Mercantil, Concursal y Administrativo. Realizó el máster de la Escuela de Prácticas Jurídicas del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla y ha recibido el Certificado de Aptitud Profesional del Consejo General de la Abogacía, además de tener el MBA Executive de la Escuela de Negocios Cámara de Comercio de Sevilla. Cuenta con experiencia como docente, impartiendo varios cursos en los ayuntamientos de la provincia de Sevilla.

Funciones

1. A la persona titular de la Secretaría General de Desregulación, con rango de Viceconsejería, le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

2. En particular, le corresponden las siguientes atribuciones:

  • El impulso, la planificación estratégica, la coordinación y la evaluación de las políticas de simplificación administrativa y desregulación de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • El impulso, la coordinación y el seguimiento de las actuaciones encaminadas a la mejora de la calidad y eficiencia normativa, así como la elaboración de criterios, directrices y metodologías para favorecer la claridad, coherencia y eficacia de la normativa de la Administración de la Junta de Andalucía.
  • La coordinación y evaluación de las actuaciones de racionalización y simplificación de procedimientos administrativos desarrolladas por las consejerías y entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, así como el seguimiento de las medidas de eliminación o reducción de cargas administrativas, trabas burocráticas y duplicidades innecesarias, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras Consejerías en esta materia, y de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • El análisis estratégico, seguimiento y evaluación de actuaciones dirigidas a mejorar la eficiencia de la Administración de la Junta de Andalucía, incluida la propuesta de líneas de actuación para la optimización de los recursos públicos y la eliminación de todo gasto ineficiente o que de cualquier modo no redunde en el interés general de los andaluces, de acuerdo con el ámbito competencial de los distintos órganos y entidades, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • La planificación, coordinación y seguimiento de técnicas e instrumentos de gestión orientados a la mejora de la eficiencia, eficacia y optimización de los recursos económicos y de todo tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • La coordinación de grupos de trabajo, comisiones, así como de los órganos y unidades de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en materia de simplificación administrativa, calidad normativa y mejora regulatoria, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • La elaboración de informes, estudios y propuestas de carácter estratégico relativos a la desregulación económica, la simplificación administrativa y la mejora regulatoria, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de Administración Pública.
  • La propuesta e impulso de las disposiciones de carácter general y de los instrumentos de colaboración, directrices, planes y programas, relativos al ámbito de competencias de la Consejería en el ámbito de la desregulación.
  • La dirección funcional de los sistemas de información sobre las materias de su competencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
  • Las demás competencias que le sean atribuidas por la normativa vigente o que le sean delegadas, desconcentradas o encomendadas.

3. De la Secretaría General de Desregulación dependerá la Dirección General de Simplificación y Eficacia Administrativa.