Para poder inscribir una asociación, ésta debe llevar a cabo sus actividades, principalmente, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La solicitud de inscripción (original y copia) se dirigirá a la D.T de Turismo o D.T de Regeneración, Justicia y Administración Local correspondiente al domicilio de la asociación. Deberá contener:
Igualmente se identificará la asociación mediante su denominación, domicilio y la dirección de internet que, en su caso, utilice. El Número de Identificación Fiscal se aportará al Registro de Asociaciones de Andalucía una vez se haya obtenido.
Si la denominación de la asociación no figura en castellano o en alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas, deberá aportarse certificado de la persona que solicita la inscripción registral en el que se expondrá su traducción al castellano o a alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Se entregarán 2 originales del acta funcional, si se trata de una asociación juvenil o de padres y madres del alumnado, en cuyo caso se deberán entregar 3 originales. El acta fundacional deberá estar firmada por todos los socios fundadores, asistentes a la asamblea fundacional.
Los Estatutos deberán estar firmados en todas sus hojas por, al menos, dos personas socias promotoras, o sus representantes legales si fueran personas jurídicas, o por la personas que ocupen los cargos de la presidencia y la secretaría del órgano de gobierno, si estuvieran designados. Se entregarán 2 originales, 3 originales si es una asociación juvenil, de padres y madres del alumnado, o del alumnado.
Si la denominación de una asociación coincide con la de cualquier persona jurídica pública o privada, con la de entidades preexistentes, sean o no de nacionalidad española, o con la de personas físicas, deberá aportarse el consentimiento expreso del interesado o sus sucesores. Si incluye en su denominación la de una marca notoria, deberá aportarse el consentimiento de su titular.
Asociaciones y fundaciones