GESTIÓN DE PROGRAMAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Información general

Organismo
Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía
Responsable del tratamiento
Dirección de Evaluación y Acreditación
Agencia Andaluza del Conocimiento
Calle Doña Berenguela s/n, 3ª planta
14006 CÓRDOBA
deva.aac@juntadeandalucia.es
Finalidad
Gestión de los participantes en los distintos programas relacionados con la evaluación del profesorado y la acreditación de títulos y centros universitarios andaluces.
Delegado de protección de datos
dpd.aac@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas interesadas en ser evaluadas para una futura contratación por universidades andaluzas, o la gestión de sus complementos autonómicos.

Datos personales

Nombre y apellidos, DNI/CIF/documento identificativo, dirección, firma y teléfono.

Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares. Datos de circunstancias familiares: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones.

Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional.

Cesiones de datos

No se prevén cesiones de datos.

Transferencias internacionales

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la política de protección de datos y seguridad de la información de la AAC.

Base jurídica

RGPD 6.1 e) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
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