Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2020

275 NATURALEZA La actual Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía nació como Empresa Pública de Suelo de Andalucía, con la consideración de entidad de derecho público de carácter empresarial, al amparo de lo dispuesto en el artículo 6.1 b) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente a la fecha, y mediante el artículo 28 de la Ley 1/1985, de 11 de febrero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 1985. Se constituyó mediante Decreto 262/1985, de 18 de diciembre, que aprobó sus primeros Estatutos; comenzó su andadura el 25 de enero de 1986. Por Decreto 217/2011, de 28 de junio, de adecuación de diversas entidades de Derecho Público a las previsiones de la Ley 9/2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la empresa pasa a tener condición de agencia pública empresarial. La Disposición final primera de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, establece la nueva denominación: Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA). La agencia, adscrita a 31 de diciembre de 2020 a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio por Decreto 107/2019, de 12 de febrero, se dota también de nuevos Estatutos, aprobados por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, los cuales están plenamente adaptados a las determinaciones de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía. Dichos estatutos determinan en su artículo 4 el objeto social de AVRA. OBJETO SOCIAL Conforme al artículo 4 de los Estatutos constituye el objeto de la Agencia la realización de las siguientes actividades: a) Llevar a cabo en el territorio andaluz las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo de la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los planes de urbanismo por parte de la Comunidad Autónoma, mediante las actuaciones de promoción, preparación y desarrollo de suelo urbanizado para fines residenciales, industriales, de equipamiento y de servicios. b) La promoción de edificaciones en ejecución de actuaciones urbanísticas de la Agencia y, en particular, la ejecución de actuaciones que tengan por objeto el desarrollo de los suelos residenciales de manera integrada con la urbanización y la construcción de los equipamientos básicos. AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA (AVRA)

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