Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2020

AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AACID) 63 AGENCIA ND LUZA L ENERGÍA ( AE) ■ Promover y estimular el ahorro energético y el uso racional de la energía, y especialmente evitar pérdidas energéticas en los hogares y en las instalaciones públicas y privadas.. ■ Potenciar la cogeneración. ■ Colaborar con las instituciones públicas y privadas en la puesta en marcha de actividades que mejoren el sistema energético. ■ Contribuir a la disminución de la contaminación y de los impactos ambientales causados por el sistema energético actual. ■ Promover la eficiencia energética en el transporte en la Comunidad Autónoma. ■ Fomentar y colaborar en el desarrollo de dispositivos de utilización más eficiente de la energía. ■ Contribuir a la extensión territorialmente equilibrada de la producción y de los suministros energéticos, promoviendo especialmente la electrificación de las zonas rurales aisladas. ■ Gestionar las líneas de ayuda que la correspondiente Consejería le encomiende, según lo dispuesto en la normativa de aplicación. ■ Conceder subvenciones con cargo a su presupuesto de acuerdo con la normativa de aplicación. ■ Realizar un informe anual del cumplimiento de los objetivos del Plan Energético. ■ Incentivar e impulsar a las Corporaciones Locales en el fomento de las energías renovables. La Estrategia Energética de Andalucía 2020, aprobada en Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en octubre de 2015, sigue siendo la guía de la actividad de la Agencia. Esta estrategia refuerza el compromiso andaluz por la mejora del uso de la energía y el aprovechamiento de los recursos autóctonos y establece objetivos más ambiciosos que la propia política energética europea y española. La consecución de dichos objetivos se traducirá en alcanzar un sistema energético bajo en carbono, competitivo, seguro, de calidad y basado en el uso de los únicos recursos energéticos con los que cuenta Andalucía, los recursos renovables. Asimismo, al amparo de las competencias atribuidas a la Agencia por el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de esta entidad, y en el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, esta Agencia es el órgano competente para la instrucción y resolución de los incentivos acogidos a los siguientes instrumentos: ■ Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía en el periodo 2017 – 2020, que se configura como instrumento dirigido al impulso del desarrollo energético sostenible de Andalucía para alcanzar los objetivos energéticos marcados en la Estrategia Energética de Andalucía 2020. ■ Programa de incentivos a lamovilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES I y MOVES II), regulados respectivamente por el Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, y el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, y cuyo objeto es la concesión de ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. ■ Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 abril, y cuyo objeto es incentivar y promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética. ■ Programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía, regulado por el Real Decreto 737/2020, de 4 agosto, y cuyo objeto es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma en edificios existentes, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento del consumo de energía final. Por otro lado, esta Agencia es la entidad designada como gestora de la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía (REDEJA) creada mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2007, una iniciativa que surgía con el propósito de trasladar a la Administración andaluza los principios de ahorro energético y fomento de las energías renovables, recogidos en la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y la eficiencia energética en Andalucía. DOMICILIO SOCIAL ■ C/ Isaac Newton, nº 6 -Isla de la Cartuja 41092 Sevilla.

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