Comunicación - Noticias del Reina Sofía - El Hospital Reina Sofía tramita en un año el registro de más de 1.400 recién nacidos aumentando la comodidad de los familiares
El Hospital Universitario Reina Sofía ha tramitado el registro de 1.405 recién nacidos desde que hace un año se pusiera en marcha este servicio. El registro ofrece la posibilidad de tramitar este proceso en el mismo complejo hospitalario, durante las primeras 72 horas de vida del bebé, incrementando la comodidad de las familias. Las profesionales de administración de la Unidad de Gestión Clínica de Pediatría atienden las solicitudes que desde el mes de mayo de 2017 se están registrando en este centro.
Una de las primeras familias que el año pasado hizo uso de este servicio
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Concretamente, los profesionales de esta unidad se encargan de introducir los datos del familiar en el programa ‘ANDES’, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio de Justicia. De esta forma, se les da la posibilidad a los padres del recién nacido de tramitar el registro sin tener que acudir al Registro Civil para la inscripción del bebé, con mayor rapidez y comodidad.
Tras aportar los documentos identificativos de los progenitores y acreditativos del nacimiento, se registra al recién nacido, generándose una solicitud de inscripción en el registro civil que será remitida telemáticamente a esta entidad para su validación. Una vez aceptada se enviará a los progenitores la partida literal de nacimiento. Por tanto, no será, necesario en la mayoría de los casos acudir personalmente a la oficina del Registro Civil para realizar la inscripción del nacido.
Desde que el Hospital Reina Sofía pusiera en marcha este servicio, la unidad de Pediatría ha resuelto favorablemente en estos 13 meses de funcionamiento un total de 1.367 solicitudes (ya validadas por el Registro Civil), la mayoría de ellas de familias residentes en la capital (1.206), aunque también se ha podido hacer el registro de 187 familias que provenían de diferentes pueblos de la provincia y de otras 12 de otras provincias andaluzas.
Aunque el nacimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, para el pleno reconocimiento de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil, en donde se hace fe del hecho del nacimiento, de la fecha, hora y lugar en que se produjo, del sexo y, en su caso, de la filiación del recién nacido. La inscripción puede realizarse en el lugar de nacimiento o bien en el de residencia.
En términos generales, el padre o madre que desee realizar el registro en el hospital deberá aportar el informe médico de alumbramiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar); un documento acreditativo de identidad de los progenitores y, en su caso, declarante, válido y vigente y, finalmente, el libro de Familia (o documento que acredite el matrimonio debidamente legalizado y traducido en su caso) o declaración de existir matrimonio suscrita por ambos cónyuges.
El plazo para inscribir el nacimiento va desde las 24 horas desde el momento en que éste se produce a 8 días, aunque en casos extraordinarios puede ampliarse hasta los 30 días.
Fecha de creación de la página: 29-Jan-2007
Fecha de la última actualización: 02-Feb-2016
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