Registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía (REAFA).

Información general

Título formal:

Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA)

Código:
11737
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
11/01/2019

Descripción

Mediante la Orden de 27 de octubre, se establecen los procedimientos para inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA), para la declaración anual gráfica de producciones agrícolas y para la habilitación en ambos trámites. También se actualiza y simplifica el formato del DAT (Documento de Acompañamiento al Transporte).

Se aplicará a las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales que radiquen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En los casos en que una explotación esté integrada parcialmente por elementos territoriales situados en otra comunidad autónoma, se considerarán dentro del ámbito de aplicación de este decreto los elementos territoriales de la explotación que estén situados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se excluye expresamente las explotaciones cuya producción agraria, forestal o agroforestal se destine exclusivamente al consumo doméstico privado.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Modos de inscripción en REAFA:

La inscripción en el REAFA se realizará a instancia de parte por el interesado o persona habilitada por él (ver habilitación, último párrafo) o también de oficio por parte de la administración.

1) Inscripción a instancia de parte.

La inscripción en el REAFA a instancia de parte se realizará mediante declaración responsable de la persona titular de la explotación o de su habilitado, en el formulario normalizado (Anexo II) de la Orden de 27 de octubre de 2019 . Dicha declaración habrá de presentarse en todo caso dentro del mes siguiente al inicio de su actividad o desde que se produjera la modificación de los datos ya inscritos.

La persona interesada o habilitada por él podrá verificar la  información  que dispone la administración de su explotación y, en su caso, modificarla y completarla.

La presentación del Anexo II se puede realizar de dos formas, telemática y presencialmente. Si se realiza telemáticamente hay que acceder a través del enlace que aparece en la parte superior de esta página "Cómo realizar el trámite" opción "Por internet" >> "Solicita y tramita en línea", donde aparecerán tres posibles trámites relacionados con REAFA:

  • La declaración responsable a efectos de alta modificación o cancelación de inscripción de la explotación en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía. (Anexo II).

  • La declaración anual gráfica de producciones agrícolas ( Anexo III).

Ambas posibilidades nos llevarán directamente a la aplicación REAFA, en la cual tendremos que realizar los trámites oportunos para dar de alta una explotación, modificarla o realizar la declaración anual de producciones.

En REAFA se dispondrá de una herramienta que permita incorporar la delimitación gráfica de los aprovechamientos de la explotación, incluirá comprobaciones automáticas respecto de los datos que se dispongan, así como un sistema de ayuda interactivo que advierta de posibles errores por inconsistencias de la información suministrada en relación con la anteriormente disponible y ofrecerá información que facilite su cumplimentación. La herramienta permitirá guardar los datos cumplimentados como borrador y generar el formulario de declaración responsable cumplimentado y validado. Además, se le asignará a cada formulario generado un código único (localizador), que permitirá recuperar la información grabada de forma inequívoca.

Una vez que hagamos nuestros tramites en REAFA, tendremos la posibilidad de presentar los modelos de los Anexos II o III, (ver el manual que aparece en la pestaña de ¿seguimientos¿), a través de la Ventanilla Electrónica de Andalucía (programa VEA).

Si solo queremos presentar ¿La declaración responsable del habilitado para realizar transacciones electrónicas en representación de un tercero a efectos de inscripción de explotaciones en el REAFA y declaración anual gráfica de producciones agrícolas (Anexo V)¿, picaremos la tercera opción y entraremos directamente en la aplicación ventanilla electrónica de Andalucía VEA, donde después de presentar el anexo V obtendremos el correspondiente certificado por parte de la administración de forma automática.

Presentada la declaración del Anexo II en VEA, la explotación será inscrita en el REAFA mediante actuación administrativa automatizada según lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Realizada la inscripción se remitirá aviso al dispositivo electrónico y/o dirección de correo electrónico que el titular de la explotación haya designado al efecto, para que este pueda verificar la inscripción.

Si la inscripción resultara materialmente imposible, por carecer de los datos esenciales para su práctica, resultar manifiestamente incoherente con los que dispone la Consejería competente en materias agraria y forestal o suponer un peligro potencial para la integridad de los datos necesarios para otros procedimientos, se pondrá de manifiesto a la persona interesada esta circunstancia en el plazo de 10 días hábiles, advirtiéndole que en tanto no presente la declaración en los términos que exige la normativa de aplicación al REAFA o aporte la documentación justificativa oportuna, no se procederá a la inscripción de la explotación.

Para la presentación de forma presencial del anexo del Anexo II y III, (dado que el Anexo V solo se puede presentar telemáticamente a través de VEA), tendremos que rellenar nuestro formulario y presentarlo junto con el informe que obtendremos en REAFA una vez que hagamos los trámites oportunos para dar de alta o modificar nuestra explotación.

2) Inscripción de oficio.

Serán inscribibles de oficio en el REAFA las altas, modificaciones y bajas de explotaciones comprendidas dentro del objeto del Decreto 190/2018, de 9 de octubre, que a continuación se relacionan:

1. Altas de explotaciones que consten con un nivel de detalle de información suficiente en alguno de los registros o sistemas de información que figuran en el artículo 6 del Decreto 190/2018, de 9 de octubre.

2. Altas de aquellos aprovechamientos de explotaciones que, precisando autorización de la Consejería con competencia en materias agraria y forestal con carácter previo al inicio de su actividad, obtengan la misma.

3. Aquellas altas, modificaciones y bajas de inscripción de explotaciones cuya existencia se detecte y respecto de las cuales se compruebe la falta de inscripción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Decreto 190/2018, las bajas de explotaciones en el REAFA practicadas de oficio serán notificadas a las personas titulares de las mismas.

Los titulares de las explotaciones inscritas de oficio deberán revisar los datos que de las mismas se hayan inscrito en el REAFA y, en caso de que los mismos sean incompletos o erróneos, declarar las modificaciones que sean precisas incluido, en su caso, el cese de actividad, a efectos de que el REAFA refleje verazmente la realidad material de aquellas.

Habilitación para los procedimientos de inscripción en REAFA y de declaración anual gráfica de producciones agrícolas:

Se podrá otorgar habilitación a las personas físicas o jurídicas que cumplan con lo establecido en la  Orden de 27 de octubre, para la realización de transacciones electrónicas relativas a la inscripción en REAFA y de declaración anual gráfica de producciones agrícolas, en representación de los titulares. Dicha habilitación se realizará mediante documento firmado por la Dirección General competente en materia de producción agrícola y ganadera, previa autorización por escrito del titular de la explotación a la persona habilitada (Anexo IV) (disponible en la pestaña de "Seguimiento").

El procedimiento de habilitación se llevará a cabo a través de una herramienta telemática disponible en la dirección web https://ws219.juntadeandalucia.es/vea-web/accesoDirecto/VEA/REA_HAB_INIC (parte superior de esta página, "Cómo realizar el trámite" opción "Por internet" -> "Solicita y tramita en línea").

 

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Alta, modificación de datos y baja en el REAFA.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

EXPLOTACIONES AGRARIAS, FORESTALES Y AGROFORESTALES DE ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165603.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el registro y gestión de la información asociada a las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales andaluzas, así como de su producción y del transporte y comercialización de ésta.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (RGPD: 6.1.e); Ley 19/1995 de 4 de julio, de Modernización de las explotaciones agrarias; RD 9/2015, de 16 de enero por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene agroalimentaria en la producción primaria agrícola; Ley 17/2011 de 5 de julio de Seguridad alimentaria y nutrición, y demás normativa de aplicación. .


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 11/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 14/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 14/03/2024
    Índice