Subvenciones para la Elaboración y Desarrollo de los Planes Locales de Inclusión

Información general

Título formal:

Subvenciones para la Elaboración y Desarrollo de los Planes Locales de Inclusión

Código:
14092
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
09/05/2018

Descripción

Orden de 3 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a entidades locales para el diseño, implantación, ejecución y desarrollo de los planes locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

La presente orden tiene por finalidad aprobar las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a las Entidades Locales para la elaboración e implantación de los Planes Locales de Intervención en zonas desfavorecidas de Andalucía, su desarrollo y posterior ejecución, estableciéndose al efecto dos líneas de subvenciones: la primera para el diseño y elaboración de los Planes
Locales de Intervención, y la segunda, para la implantación, desarrollo y ejecución de las Estrategias Locales de Intervención en las zonas desfavorecidas, a través del refuerzo de personal en los servicios sociales comunitarios.
 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Plazo de Inicio

  • Convocatoria Subvención Línea 1
  • 14/05/2018 - 01/06/2018 (Convocatoria Subvención Línea 2)

Normativa

Información adicional

Agota vía administrativa

Si

Novedades

  • 13/06/2018 Se ha modificado en este trámite: Denominación del procedimiento

  • Última actualización: 17/01/2024
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