Subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen Intervenciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Información general

Título formal:

Subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen Intervenciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Código:
17197
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
17/01/2019

Descripción

Concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, en cuanto agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en Andalucía, de conformidad con el artículo 17.1 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Serán objeto de las subvenciones las intervenciones que se incardinen en el PACODE y en los Programas Operativos vigentes aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entendiéndose a los efectos de esta Orden por Proyecto, el conjunto de actividades y recursos enfocados al logro de un objetivo general, concretado en un objetivo específico, y orientado hacia una población destinataria de un país prioritario para la cooperación andaluza o de Andalucía, con una duración establecida, no superior a 24 meses, y financiado con un único desembolso.

Las líneas de subvenciones contempladas en la convocatoria son las siguientes:

 

  • Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
  • Proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia.
  • Proyectos de Educación para el Desarrollo.
  • Proyectos de Formación, de Investigación y de Innovación.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Requisitos de las Entidades beneficiarias (artículo 3 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016)

Podrán ser entidades beneficiarias las ONGD que al cierre del período de presentación de solicitudes de subvención cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía y haber cumplido con las obligaciones de actualización de datos que establece el artículo 25 del Decreto 172/2005, de 19 de julio, en el año inmediatamente anterior a la convocatoria.

b) Tener un mínimo de 50 personas socias por parte de las asociaciones y un mínimo de 50 personas colaboradoras por parte de las fundaciones, en ambos casos residentes en Andalucía.

c) Tener sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con un mínimo de 2 años de antelación a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes del ejercicio presupuestario correspondiente.

d) Tener y acreditar su presencia social activa y demostrable en la Comunidad Autónoma de Andalucía en los dos ejercicios anteriores a la convocatoria.

e) Para el caso de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y en los de acción humanitaria de prevención, preparación y mitigación ante desastres naturales, las ONGD deben tener como contraparte a una o varias entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, que estén legalmente constituidas y/o inscritas como entidades nacionales en los correspondientes Registros oficiales del país en el que se desarrolle la intervención o, excepcionalmente por razones justificadas que deben acreditarse, a una organización cooperativa, con posibilidad de que lo sea con ánimo de lucro, en la que las personas asociadas dirijan sus actividades para hacer frente a sus aspiraciones económicas, sociales y culturales.

En los proyectos de acción humanitaria para crisis crónicas de larga duración o crisis olvidadas, de recuperación temprana y rehabilitación post desastre y las actuaciones de acción humanitaria de emergencia, por su singularidad, las ONGD podrán tener como contraparte a una o varias entidades sin ánimo de lucro con experiencia de trabajo en la zona de intervención o desarrollar directamente la intervención sin necesidad de contraparte debiendo acreditar las primeras en el documento de formulación, su capacidad mediante recursos humanos y materiales.

También podrán obtener la condición de Entidad beneficiaria de subvenciones para la realización de proyectos las agrupaciones sin personalidad jurídica de ONGD, en los términos establecidos en el artículo 3.3 de la Orden de 21 de junio de 2016 reguladora de las bases de concesión de estas subvenciones.

No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones las entidades y agrupaciones de ONGD en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Requisitos Generales de los Proyectos subvencionables (artículo 4 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016):

  1. Tener un plazo máximo de ejecución de 24 meses. 

  2. Incardinarse en el III Plan Andaluz de Cooperación al Desarrollo (III PACODE) y, en su caso, en los instrumentos de planificación estratégica de la cooperación andaluza y contribuir a la realización de sus objetivos, o, en su defecto, en los Marcos de Asociación País de la Cooperación Española en lo que se refiera a la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

  3. Formularse en la aplicación informática, a la que se accederá desde VEAJA: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AACID

  4. Obtener una valoración total mínima de 55 puntos sobre 100, siempre que se alcance, al menos, la mitad de la puntuación máxima de los criterios recogidos en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 1 del artículo 5 de la Orden de 21 de junio de 2016, modificada por la Orden de 10 de junio de 2020, reguladora de la presente convocatoria.

  5. Observar y cumplir, en todas las fases del ciclo de la intervención, las directrices, enfoques, principios operativos, así como la equidad de género y demás prioridades horizontales contenidas en el III PACODE.

  6. En el caso de los proyectos que supongan la continuidad de uno subvencionado por la AACID en ejercicios anteriores, la entidad deberá recoger en su formulación las mejoras incorporadas respecto a la anterior edición. En ningún caso, podrá ser objeto de subvención actividades idénticas a otras financiadas con anterioridad por la AACID.

Requisitos Específicos de los Proyectos subvencionables:

  • Proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y defensa de los derechos humanos (artículo 6 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016): Tener lugar en uno o varios de los países prioritarios establecidos en el III PACODE, así como abordar alguna de sus líneas estratégicas. En Túnez y Colombia únicamente se podrán desarrollar proyectos destinados a las metas del ODS 16, esto es, promover sociedades, justas, pacíficas e inclusivas, concretamente las encaminadas a la defensa de los derechos humanos, la promoción de la paz y los valores democráticos.

  • Proyectos de Acción Humanitaria (artículo 7 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016): Tener lugar en uno o varios de los países prioritarios o preferentes establecidos en el III PACODE, cumplir con los Principios Humanitarios establecidos en el mismo, así como abordar alguna de sus líneas estratégicas.

  • Proyectos de educación para el desarrollo (artículo 8 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016): Desarrollarse en Andalucía, estar incluidos en alguno de los principios recogidos en el III PACODE en torno a la Educación para el Desarrollo de quinta generación con perspectiva transformadora y de género, así incardinarse en una de las tres líneas estratégicas de actuación en los ámbitos de la educación formal, no formal e informal.

  • Proyectos de formación, investigación e innovación (artículo 9 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016): Desarrollarse en Andalucía, abordar alguna de las líneas estratégicas establecidas para estos proyectos en el III PACODE, así como estar incluidos en, al menos, una de las áreas temáticas establecidas en el mismo y, en su caso, en los instrumentos de planificación estratégica de la cooperación andaluza.

Documentación

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2016, se deberán presentar los anexos I (solicitud) y, en su caso, II (ampliación de información) debidamente cumplimentados e irán acompañados de la documentación que se relaciona a continuación, con independencia de la que específicamente se establezca en la Resolución de disponibilidad presupuestaria de la respectiva convocatoria:

  • Declaración responsable, incluida en el Anexo I de solicitud.

  • Documento acreditativo de la presencia social activa y demostrable en la Comunidad Autónoma de Andalucía en los dos ejercicios anteriores a la convocatoria, cuyo modelo está disponible en el apartado “Ayudas a la tramitación” del presente procedimiento.

  • Formulario de la intervención conforme al Anexo II

  • Presupuesto desglosado de la intervención y cronograma, conforme al modelo disponible en el apartado “Ayudas a la tramitación” del presente procedimiento.

  • Proyectos de Cooperación y AH Art 3.1.e) de la Orden reguladora de 21 de junio de 2016: Documentación acreditativa de que la contraparte o contrapartes referidas están legalmente constituidas y/o inscritas como entidades nacionales en los correspondientes Registros oficiales del país en el que se desarrolle la intervención, salvo que se tratara de una Administración Pública en cuyo caso no sería necesario.

  • Proyectos Cooperación y AH: Manifestación por escrito de la(s) contraparte(s) de haber participado en la identificación y formulación de la intervención, así como de sus responsabilidades específicas en la ejecución de la misma

  • Proyectos Cooperación y AH: En su caso, razones que justifiquen la participación de una organización cooperativa.

  • Proyectos AH del artículo 3.1.e) de la Orden reguladora de 21 de junio de 2016: Declaración responsable de la entidad solicitante en la que se indique la experiencia de la contraparte en la zona de intervención o, en su caso, de su propia experiencia.

  • La concesión de financiación de las administraciones o instituciones públicas o privadas cofinanciadoras de la intervención distintas a las provenientes del país o países donde se vaya a desarrollar la intervención.

  • En su caso, acreditación de la propiedad del terreno y su disponibilidad para que se realice la construcción o rehabilitación de inmuebles que contemple la intervención.

  • En su caso, los gastos de identificación y formulación y el documento resultante de la identificación que se contiene en el apartado A.I.1 del artículo 15.1. de la Orden reguladora de 21 de junio de 2016.

  • En su caso, el proyecto de Reglamento del fondo rotatorio definido en el apartado A.I.14 del artículo 15.1. de la Orden reguladora de 21 de junio de 2016.

  • En su caso, Documento de acuerdo de incorporación de personal voluntario utilizado por la entidad, así como compromiso de su suscripción y entrega a la AACID según modelo disponible en el apartado “Ayudas a la tramitación” del presente procedimiento.

  • En su caso, acuerdo de colaboración para la realización conjunta de la intervención (agrupación), según modelo disponible en el apartado "Ayudas a la tramitación" del presente procedimiento.

  • En su caso, declaración responsable sobre cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, según modelo disponible en el apartado "Ayudas a la tramitación" del presente procedimiento.

  • Otra documentación complementaria señalada en el Anexo II de la Orden reguladora de 21 de junio de 2016 a efectos de valoración de las intervenciones

La documentación aportada debe ser original o copia compulsada por Administración española o por cualquier entidad pública del país de ejecución o por un notario debidamente acreditado o por la representación española en el citado país.


 

Plazo de Inicio

  • 15/02/2024 00:00 horas - 01/04/2024 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria será de 30 días hábiles, iniciándose el mismo a las 12 p.m. horas (mediodía), del primer día hábil siguiente al de la publicación de este extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizando a las 23:59 horas, del trigésimo día hábil siguiente al de la referida publicación.)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 4 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165456.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 05/06/2023 Requerimiento de subsanación conjunta.

  • 29/03/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 04/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 03/05/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 03/05/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 16/02/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 16/02/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 20/09/2023 Resolución de solicitudes desestimadas

  • 29/03/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 20/09/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 16/02/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 18/07/2023 Subvenciones regladas concedidas cuarto trimestre 2022

  • 28/07/2023 Resolución excluidas

  • 16/02/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 20/09/2023 Propuesta provisional de resolución de la directora

  • 16/02/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 10/07/2023 Listado provisional de excluidos correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 10/07/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 28/07/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 16/02/2024 Propuesta provisional de resolución de la directora

  • 16/02/2024 Resolución concesión convocatoria subvenciones ONGD 2023

  • 16/02/2024 Requerimiento de subsanación conjunta.

  • 16/02/2024 Resolución excluidas

  • 16/02/2024 Listado provisional de excluidos

  • 16/02/2024 Subvenciones regladas concedidas cuarto trimestre 2022

  • 16/02/2024 Resolución de solicitudes desestimadas

  • 16/02/2024 Resolución sobre corrección de error

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 29/11/2023 Resolución sobre corrección de error

  • 22/03/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 07/11/2023 Resolución concesión convocatoria subvenciones ONGD 2023

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 22/03/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 14/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 15/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

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    Última actualización: 22/03/2024
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